1º Juzgado de Letras de San Fernando

TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA/INGENSSAP SPA

Rol

C-2526-2020

Fecha

3 de octubre de 2022

Materia

EXCEPCIONES ART. 179, RESOLUCIÓN

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don David Muse Ortíz, abogado de la Tesorería General de la República, en representación del Fisco de Chile, conforme a lo dispuesto en el artículo 186 del Código Tributario, ambos domiciliados en calle Chacabuco 740, San Fernando, exponiendo que en los autos administrativos Rol 10547-2020, San Fernando, se ha notificado y requerido de pago a INGENSSAP SpA, por la deuda que en el cuaderno administrativo de excepciones se detalla, domiciliado para estos efectos en calle La Tonada 709, de San Fernando. Señala que dentro de plazo legal y de acuerdo a lo establecido en los artículos 168 y siguientes del Código Tributario, el contribuyente dedujo la excepción de prescripción establecida en el artículo 177 número 2 del mencionado Código, la que fue rechazada por el abogado del Servicio de Tesorerías en sentencia del 03 de diciembre de 2020. Hace presente que el principal fundamento para rechazar la excepción radicó en que no se cumplieron todos los presupuestos que exige el Código Tributario en sus artículos 200 y 201, el plazo de 3 años que determina si la acción de cobro está prescrita o no, no se cumplen este caso, pues entre la fecha de vencimiento del impuesto, tal como consta en la nómina de deudores morosos, y la notificación de esta última y el mandamiento de ejecución y embargo practicado el 11 de septiembre de 2020, no se cumple el plazo exigido en el artículo 200 del Código Tributario, en relación el artículo 201, sin siquiera ser necesario efectuar un estudio concerniente a si existió o no una interrupción o suspensión del plazo. Termina solicitando al tribunal se pronuncie respecto de la oposición interpuesta por el contribuyente, confirmando en todas sus partes la resolución que la rechazó. SEGUNDO: Que debidamente emplazada la demandada, nada dijo respecto de los hechos expuestos por la demandante, sin que tampoco rindiera probanza alguna tendiente a acreditar la procedencia de la excepción opuesta en sede administrativa. TERCERO: Que la demandante acompañó a la causa el cuaderno administrativo Rol 10547-2020, donde consta que los impuestos adeudados por el demandado, por concepto de IVA, vencieron el 20 de marzo de 2020 y 20 de junio Código: TXXXXBCHGFP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de 2020, efectuándose el requerimiento de pago mediante carta certificada el día 11 de septiembre de 2020. CUARTO: Que de igual forma, se encuentra agregada a dicho expediente la sentencia dictada por Tesorería rechazando en su oportunidad la excepción de prescripción interpuesta por el demandado por no haber transcurrido el plazo de 3 años exigido para estos casos. QUINTO: Que el asunto de fondo en este caso recae en si se encuentran o no prescritos los impuestos adeudados por el demandante, y en tal sentido, establece la norma tributaria, artículo 200 y 201 del Código del ramo, que el cobro de los mismos prescribe dentro del plazo de 3 años c

Fallo

fallo que “no merece duda que el contribuyente pudo haber solicitado el abandono del procedimiento como lo indica el Tribunal de base, empero, no hay que olvidar que históricamente el Servicio de Tesorería ha sostenido el criterio de que ello es improcedente al no tener cabida en la etapa administrativa reservando tal figura sólo para la etapa judicial, lo que demuestra cierta inconsistencia de sus actuaciones en esta materia”. OCTAVO: Que atento a lo razonado en los motivos precedentes, la prescripción extintiva que en autos corría a favor del contribuyente y demandado Código: TXXXXBCHGFP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de autos, INGENSSAP SpA, se interrumpió civilmente al notificársele el requerimiento de pago formulado por el Fisco el día 11 de septiembre de 2020, de acuerdo a lo expuesto en el motivo tercero de este fallo. Asimismo, no consta de los antecedentes acompañados a la causa que, con posterioridad a las fechas señaladas, el Fisco haya realizado alguna gestión para activar el procedimiento de cobranza, razón por la que, a partir del requerimiento, comenzó a transcurrir un nuevo término de prescripción. NOVENO: Que habiendo el contribuyente alegado la excepción de prescripción de las deudas antes mencionadas con fecha 23 de septiembre de 2020, conforme a lo mencionado en resolución de fecha 28 de septiembre de 2020 que rola en el expediente administrativo acompañado a esta causa, se tiene que

Texto Completo (Preview)

FOJA: 10 .- diez .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de San Fernando CAUSA ROL : C-2526-2020 CARATULADO : TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA/INGENSSAP SPA San Fernando, tres de Octubre de dos mil veintidós VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don David Muse Ortíz, abogado de la Tesorería General de la República, en representación del Fisco de Chile, conforme a

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica