2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

BRAVO/TUIN CELTUS SPA

Rol

M-825-2023

Fecha

25 de mayo de 2023

Materia

Costas, Despido injustificado, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X SENTENCIA X Se deja constancia que habiéndose realizado los tres llamados a viva voz en la antesala, la parte demandada no comparece a la presente audiencia, permaneciendo rebelde durante todo el proceso. Contestación a la demanda: Se tiene por contestada la demanda en rebeldía. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a las partes a conciliación, ésta no se produce atendida a la incomparecencia de la parte demandada. Fija hechos controvertidos: 1) Efectividad que entre las partes Juan Carlos Bravo Vásquez y la demandada Tuin Celtus Spa existió una relación laboral en los términos del artículo 7° del Código del Trabajo, esto es, bajo subordinación y dependencia. En la afirmativa; fecha de inicio de dicha relación laboral, labores asignadas al trabajador, lugar donde prestaba sus servicios, jornada de trabajo que debía cumplir o si se encontraba exenta de aquella y la remuneración pactada y efectivamente percibida y los ítems que la componían. 2) Hechos y circunstancias que rodearon el término de la relación laboral. Efectividad que el actor fue despedido por necesidades de la empresa. En la afirmativa; fecha de dicho despido, y si los hechos contenidos en la misiva configuran la causal invocada y si el empleador dio cumplimiento a las formalidades legales del despido. Hechos y circunstancias en que se funda. 3) Efectividad de adeudarse al actor diferencias en el pago de la indemnización sustitutiva de aviso previo y año de servicio. En su caso; monto adeudado. Medios de Prueba: La parte demandante ofreció e incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Contrato de trabajo de fecha 13 de Mayo de 2021 entre don Juan Carlos Bravo Vásquez, y TUIN CELTUS SpA. 2) Liquidaciones de remuneraciones por los periodos Septiembre, Octubre y Noviembre de 2022. 3) Carta de despido emitida por TUIN CELTUS SpA. Con fecha 3

Fallo

se declara: I.-SE ACOGE la demanda interpuesta por don JUAN CARLOS BRAVO VÁSQUEZ, Rut 15.940.277-0, en contra del exempleador TUIN CELTUS SPA, Rut 76.449.628-0, representado por don Gonzalo Soteras León, Rut 13.952.103-K, en cuanto se declara que entre las partes existió una relación laboral que se extendió entre el 1 de junio de 2021 y hasta el 5 de diciembre del año 2022 y que el despido al que afectó al trabajador se declara improcedente debiendo entonces la demandada pagar al actor las siguientes prestaciones: 1) recargo legal del 30% por la suma de $939.919.- y la devolución del descuento del aporte patronal al seguro de cesantía por la suma de $859.584.- II.-Que las sumas ordenadas a pagar deberán ser reajustadas y aplicarse los intereses que señala el artículo 173 del Código del Trabajo. III.-No se condena en costas al demandado por no haber totalmente vencido y al no haber comparecido no se opuso a la acción impetrada por el actor. Ejecutoriada la presente sentencia, cúmplase con lo previsto en el artículo 462 del Código del Trabajo, devuélvanse los documentos a la parte demandante en su oportunidad. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia doña MARITZA VÁSQUEZ DÍAZ, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposic

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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 25 DE MAYO DE 2023 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 15 PRESENCIAL RUC 23-4-0464603-6 RIT M-825-2023 MAGISTRADO MARITZA VASQUEZ DÍAZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS KATHERINE SPULER RIFFO HORA DE INICIO 10:29 HORAS HORA DE TÉRMINO 11:35 HORAS N° DE CUSTODIA 1218-2023 N° RE

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