GONZÁLEZ/BANCO DE ESTADO DE CHILE
Rol
C-4392-2022
Fecha
30 de septiembre de 2022
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Con fecha 19 de mayo de 2022, comparece Mónica Elizabeth González Vargas, cédula nacional de identidad N°12.897.856-9.-, domiciliada para estos efectos en Huérfanos N°1117, oficina 1020, comuna de Santiago, y expone: Que viene en deducir demanda de prescripción extintiva de las acciones de cobro en contra de Banco del Estado de Chile, representada por Jessica López Saffie, ambos domiciliados en Avenida del Libertador Bernardo O'Higgins N°1111, comuna de Santiago. Funda su demanda en que suscribió un pagaré a la orden de Banco del Estado de Chile, por la suma de $2.370.753.-, venciendo la primera cuota el 25 de marzo de 2019. Añade que no cumplió con la referida obligación, cayendo en mora desde la primera cuota por lo que adeuda el total del importe del pagaré ante singularizado, más los intereses, reajustes correspondientes. Señala que a la fecha de interposición de la demanda, el Banco acreedor no ha realizado ninguna acción judicial o extrajudicial para obtener el pago de su acreencia, de manera que a la fecha, la acción ejecutiva se encuentre prescrita. En cuanto a los
Fundamentos
fundamentos de derecho, dice que el artículo 2514 del Código Civil señala que la prescripción que extingue las acciones y derechos ajenos exigiendo sólo cierto lapso de tiempo durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Por su parte el artículo 98 de la Ley N°18.092 establece que “El plazo de prescripción de las acciones cambiarias del portador contra los obligados al pago es de un año, contado desde el día del vencimiento del documento”. Asimismo el artículo 100 de la misma Ley dispone en su inciso primero que: “La prescripción se interrumpe sólo respecto del obligado a quien se notifique la demanda judicial de cobro de la letra, o la gestión judicial necesaria o conducente para deducir dicha demanda o preparar la ejecución”. Refiere que en la especie ha transcurrido más de un año desde que las acciones se hicieron exigibles, de manera que tanto la deuda y la consecuente Código: XXQLXBGDBVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4392-2022 Foja: 1 acción contenida en el pagaré de autos, están extinguidas por la prescripción, por lo que con el mérito de las disposiciones legales que invoca, pide se tenga por interpuesta demanda de declaración de prescripción extintiva en contra del Banco del Estado de Chile, representada por Jessica López Saffie, ambos ya individualizados, acogerla a tramitación y declarar en definitiva la prescripción del pagaré por la suma de $2.370.753, más los intereses correspondientes, con costas. Que con fecha 8 de septiembre de 2022, comparece el abogado Marcelo Davico Ramírez, en representación del demandado, Banco del Estado de Chile, quien señala que por instrucciones de su representado, viene en allanarse en todas sus partes, a la demanda de prescripción deducida pro Mónica Elizabeth González Vargas, haciendo presente que la demandante o registra protestos ni información publicada respecto a esta deuda en el Boletín de Informaciones Comerciales. Asimismo solicita se exima al Banco de una eventual condena en costas. Con fecha 12 de septiembre de 2022, se citó a las partes para oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y TENIENDO EN CONSIDERACIÓN: PRIMERO: Que con fecha 19 de mayo de 2022, comparece Mónica Elizabeth González Vargas, quien deduce demanda de prescripción extintiva de las acciones de cobro en contra de Banco del Estado de Chile, representada por Jessica López Saffie, fundada en que suscribió un pagaré a la orden de Banco del Estado de Chile, por la suma de $2.370.753.-, venciendo la primera cuota el 25 de marzo de 2019. Añade que no cumplió con la referida obligación, cayendo en mora desde la primera cuota por lo que adeuda el total del importe del pagaré ante singularizado, más los intereses, reajustes correspondientes. Señala que a la fecha de interposición de la demanda, el Banco acreedor no ha realizado ninguna acción judicial o extrajudicial para obtener el pago de su acreencia, de manera que a la fecha, la acción ejecutiva se enc
Fallo
SE DECLARA: a) Que ha lugar a la demanda deducida en autos el 9 de mayo de 2022, por Mónica Elizabeth González Vargas, declarándose prescritas las acciones para el cobro ejecutivo de las obligaciones emanadas del pagaré N°00007221763.-, operación N°00022248089.-, suscrito por la demandante el 29 de enero de 2019, por la suma de $2.370.753.-, a favor de Banco del Estado de Chile; Código: XXQLXBGDBVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4392-2022 Foja: 1 b) Que no se condena al demandado al pago de las costas de la causa, por estimar el tribunal que ha litigado con fundamento plausible, y atendido especialmente el allanamiento efectuado. Regístrese y archívense los autos, en su oportunidad. DICTADA POR DOÑA CLAUDIA NATALIA VELOSO BURGOS, JUEZA TITULAR. AUTORIZA DON MARIO LUIS ROJAS GALLEGUILLOS, SECRETARIO SUBROGANTE. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, treinta de Septiembre de dos mil veintid só Código: XXQLXBGDBVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-09-30T16:53:17-0300
Texto Completo (Preview)
C-4392-2022 Foja: 1 FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 28 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-4392-2022 CARATULADO : GONZ LEZ/BANCO DE ESTADO DE CHILEÁ Santiago, treinta de Septiembre de dos mil veintid só VISTOS Con fecha 19 de mayo de 2022, comparece Mónica Elizabeth González Vargas, cédula nacional de identidad N°12.897.856-9.-, domiciliada para estos efectos en Huérf
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