1º Juzgado Civil de Viña del Mar

GUZMÁN/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VIÑA DEL MAR

Rol

C-1766-2022

Fecha

30 de septiembre de 2022

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Con fecha 15 de Junio de 2022, folio 1, comparece don Mar a Ang licaí é Guzm n Lagosá , jubilada, domiciliada en calle Rio Ri ihue N°51, Bosque Santañ Julia, comuna de Vi a del Mar, representado legalmente por do a Gilda Benitañ ñ Chamorro Maldonado, quien en m rito a los antecedentes de hecho y de derechoé que expone, lo dispuesto en los art culos 1567 Nº10, 2493, 2514, y en especial elí Art. 2521, como los dem s aplicables del C digo Civil; lo sancionado por elá ó Decreto Ley Nº3.063 del a o 1979, Ley de Rentas Municipales, lo dispuesto enñ los art culos 254 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, viene ení ó interponer demanda sobre Prescripci n Extintiva contra la ó Ilustre Municipalidad de Vi a del Marñ , representada por su Alcalde, don Macarena Carolina Ripamonti Serrano, ambos domiciliados en calle Arlegui N°615, Comuna de Vi a del Mar, añ fin de que el Tribunal declare prescritas, por extinci n las acciones, derechos yó obligaciones que le asist an a la demandada por el no pago de Derechos de Aseoí Domiciliario del actor, desde el 31 de Marzo de 2015 hasta el d a 31de Mayo deí 2019, y que seg n la Direcci n de Administraci n y Finanzas, Secci n Gesti n deú ó ó ó ó Cobranzas Administrativas de la demandada, ascienden a la suma de $1.304.961, que incluye intereses y reajustes y se d lugar a la demanda, declarando prescritasé dichas acciones, derechos y obligaciones, como los montos adeudados, en la forma pedida o como se determine, en m rito del proceso, con expresa condena ené costas de la demandada. En subsidio interpone demanda de prescripci n de la acci n para el cobroó ó de Derechos de Aseo en contra de la Ilustre Municipalidad de Vi a del Mar, a finñ de que el Tribunal declare prescrita la acci n destinada a obtener el pago de laó deuda por concepto de derechos de aseo municipal de los periodos que van desde el 31 de Marzo de 2015, ya hasta el vencimiento de fecha 30 de Junio de 2017, que equivale al monto de $1.136.823, que incluye int

Fundamentos

Considerando: Primero: Demanda. Con fecha 15 de Junio de 2022, folio 1, comparece do a Mar a Ang lica Guzm n Lagos, jubilada, representado legalmente por do añ í é á ñ Gilda Benita Chamorro Maldonado, quien en m rito a los antecedentes de hecho yé de derecho que expone, lo dispuesto en los art culos 1567 Nº10, 2493, 2514, yí en especial el Art. 2521, como los dem s aplicables del C digo Civil; lo sancionadoá ó por el Decreto Ley Nº3.063 del a o 1979, Ley de Rentas Municipales, loñ dispuesto en los art culos 254 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, vieneí ó en interponer demanda sobre Prescripci n Extintiva contra la Ilustre Municipalidadó de Vi a del Mar, representada por su Alcaldesa, do a Macarena Carolinañ ñ Ripamonti Serrano, ambos domiciliados en calle Arlegui N°615, Comuna de Vi añ del Mar, a fin de que el Tribunal declare prescritas, por extinci n las acciones,ó derechos y obligaciones que le asist an a la demandada por el no pago de Derechosí de Aseo Domiciliario. I.- Los hechos. El demandante es due o del inmueble ubicado en ñ R o Ri ihue 51, Bosqueí ñ Santa Julia, Re aca, comuna de Vi a del Marñ ñ , individualizado en el plano agregado bajo el N°4997, fojas 4049 vuelta, en el Registro de Documentos del Conservador de Bienes Ra ces de Vi a del Mar del a o 2010.í ñ ñ Habiendo solicitado un certificado de deuda de Derechos de Aseo, indica que existe una deuda por derechos de aseo domiciliario desde el 31 de Marzo de 2015 hasta la cuota N°55, cuyo vencimiento tiene como fecha 30 de Noviembre de 2022, que a la actualidad ascender a a la suma de $1.555.083, habiendoí transcurrido el plazo de prescripci n de tres a os para intentarlo respecto de losó ñ Derechos de Aseo devengados desde el 31 de marzo de 2015 hasta el 31 mayo de 2019, ascendente a la suma de $1.304.961. II.- Del derecho. Refiere que el art culo 201 en relaci n con el art culo 200, ambos delí ó í C digo Tributario, establece el plazo de prescripci n de la acci n del Fisco paraó ó ó perseguir el pago de impuestos, intereses, sanciones y dem s recargos. Donde seá establece que el plazo de prescripci n de la acci n de cobro es de tres a osó ó ñ contados desde la expiraci n del plazo legal en que debi efectuarse el pago.ó ó A ade tambi n el art culo 2521 inciso primero del C digo Civil que dispone:ñ é í ó Código: XZXSXBRFRXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl “Prescriben en tres a os las acciones a favor o en contra del Fisco y de lasñ Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos”. Es decir, se trata una prescripci n en corto tiempo que se aplica a los cobros de derechos municipales. ó Indica que el Decreto Ley N°3.063 del a o 1979 en su art culo 40, sobreñ í Rentas Municipales, expresa que: “Ll mense derechos municipales las prestacionesá que est n obligadas a pagar a las municipalidades, las personas naturales o jur dicasá í de derecho p blico o de derecho privado, que obtengan de la admin

Fallo

por tanto el pago as efectuado,á í extinguir la obligaci n pertinente hasta el monto de la cantidad enterada, pero elá ó recibo de sta no acreditar , por s s lo, que se est al d a en el cumplimiento deé á í ó á í la obligaci n respectiva. ó Se ala adem s que si bien la Municipalidad de Vi a del Mar se encuentrañ á ñ compelida a efectuar todas las acciones tendientes a recuperar y percibir los derechos e impuestos municipales devengados, no es menos cierto, que conforme a las consideraciones legales antes consignadas, no es procedente ni cuentan con facultad alguna para declarar o constatar la prescripci n de los derechos oó impuestos municipales adeudados, atribuci n exclusiva a los Tribunales de Justicia.ó Respecto a la solicitud de prescripci n, a ade que, corresponde la aplicaci nó ñ ó estricta del derecho al caso sub judice y -por tanto- determinar la naturaleza jur dica del gravamen de autos, a fin de establecer el estatuto al cual habr deí á sujetarse y, conforme a ello, pronunciarse respecto de la prescripci n de lasó Código: XZXSXBRFRXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl acciones para cobrar los derechos de aseo domiciliario devengados entre el 31 de marzo del a o 2015 y hasta el 31 de mayo del a o 2019, ambos periodosñ ñ inclusive. As tambi n y al respecto, refiere lo se alado en los dict menes de laí é ñ á Contralor a General de la Rep blica. As , el dictamen N°29.729, de fecha 11 deí ú í junio de 2

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NOMENCLATURA: SENTENCIA JUZGADO: 1° CIVIL DE VI A DEL MARÑ CAUSA ROL: C-1766-2022 CARATULADA: GUZMAN/I.M. VI A DEL MARÑ Vi a del Mar, treinta de septiembre de dos mil veintid s. ñ ó Vistos: Con fecha 15 de Junio de 2022, folio 1, comparece don Mar a Ang licaí é Guzm n Lagosá , jubilada, domiciliada en calle Rio Ri ihue N°51, Bosque Santañ Julia, comuna de Vi a del Mar, representado legalmente por

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