PRADENAS/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COBQUECURA
Rol
C-138-2022
Fecha
29 de septiembre de 2022
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: PRIMERO: Que, con fecha 26 de agosto de 2022, compareci donó Jorge Rosauro Pradenas Rodr guez, í interponiendo demanda de Prescripci n Extintivaó , en contra de Ilustre Municipalidad De Cobquecura, todos ya individualizados. Fund su demanda en que la demandante es due a de un veh culo cami n marcaó ñ í ó Mercedes Benz de color azul modelo Unimog 426 del a o 1974 n mero chassisñ ú 426124-10-00 motor 341918-10-001546, Placa Patente nica UY.7471-7. DichoÚ veh culo tiene deuda actual por concepto de impuesto de permiso de circulaci ní ó por un monto total de $2.276.323 por los periodos a o 2006 al a o 2021 seg n señ ñ ú constata en certificado de deuda n mero 07 de 22 de junio del a o 2022 emitidoú ñ por la secci n de permisos de circulaci n de la Ilustre Municipalidad deó ó Cobquecura. Refiere que conforme a la normativa vigente, las acciones para exigir el pago de los impuestos por permisos de circulaci n prescriben en el plazo de 3ó a os, requiri ndose una declaraci n judicial que establezca que ha operado de esteñ é ó modo de extinguir las acciones y derechos, por lo que debe ser alegada por quien a cuyo favor se establece. Que por lo expuesto, corresponde la declaraci n deó prescripci n de las acciones para cobrar los montos adeudados relativos a los a osó ñ 2006 al 2019 lo que corresponde a la suma de $2.136.103. En cuanto al Derecho aplicable, se ala que la Prescripci n Extintiva es un modo de extinguir las accionesñ ó por no haberse ejercido durante un cierto lapso de tiempo seg n reza el art culoú í 2492 del C digo Civil. El art culo 2521 del C digo Civil expresa: “Prescriben enó í ó tres a os las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidadesñ provenientes de toda clase de impuestos”. Los tres a os se deben contar de lañ fecha en que se devengue el impuesto donde surge la acci n de cobro para laó Municipalidad Respectiva, lo que corresponde al 31 de marzo de cada a o, por loñ que a la fecha de presentaci n de su demanda, se encuentran
Fallo
por lo expuesto, corresponde la declaraci n deó prescripci n de las acciones para cobrar los montos adeudados relativos a los a osó ñ 2006 al 2019 lo que corresponde a la suma de $2.136.103. En cuanto al Derecho aplicable, se ala que la Prescripci n Extintiva es un modo de extinguir las accionesñ ó por no haberse ejercido durante un cierto lapso de tiempo seg n reza el art culoú í 2492 del C digo Civil. El art culo 2521 del C digo Civil expresa: “Prescriben enó í ó tres a os las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidadesñ provenientes de toda clase de impuestos”. Los tres a os se deben contar de lañ fecha en que se devengue el impuesto donde surge la acci n de cobro para laó Municipalidad Respectiva, lo que corresponde al 31 de marzo de cada a o, por loñ que a la fecha de presentaci n de su demanda, se encuentran prescritas las accionesó judiciales tendientes al cobro de los permisos de circulaci n de los a os 2006 aló ñ 2019 inclusive debiendo declar ndose la prescripci n de las acciones de cobranza deá ó dichos periodos indicados en el certificado de deuda n mero 07 de 22 de junio delú a o 2022 emitido por la secci n de permisos de circulaci n de la Ilustreñ ó ó Municipalidad de Cobquecura, lo que asciende al monto de $2.136.103. Por tanto, solicita al tribunal tener por interpuesta demanda de declaraci n de prescripci nó ó extintiva de las acciones de cobro de impuesto de permiso de circulaci n deducidaó en contra de la Ilustre Municipalidad de Cobquec
Texto Completo (Preview)
FOJA: 8 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Quirihue CAUSA ROL : C-138-2022 CARATULADO : PRADENAS/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COBQUECURA Quirihue, veintinueve de Septiembre de dos mil veintid só VISTO: PRIMERO: Que, con fecha 26 de agosto de 2022, compareci donó Jorge Rosauro Pradenas Rodr guez, í interponiendo demanda de Prescripci n Extintivaó , en contra de Ilus
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica