VIAL/
Rol
V-113-2022
Fecha
29 de septiembre de 2022
Materia
DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Al folio 1, y complementada a los folios 8 y 18, comparece don Eduardo Andrés Torretti Schmidt, abogado, en representación de don JOSÉ IGNACIO VIAL RUIZ-TAGLE, constructor civil, ambos con domicilio en Avenida Apoquindo Nº3.500, piso 9, comuna de Las Condes, quien de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 1.386 y siguientes del Código Civil; 889 y 890 del Código de Procedimiento Civil, en representación de su mandante, viene en solicitar autorización judicial o insinuación para donar irrevocablemente y por mera liberalidad, un 83,9% de los derechos sociales que ostenta sobre la sociedad “Constructora Ruiz-Tagle y Vial Limitada” en partes iguales, esto es aproximadamente un 13,98% de los derechos sociales, a cada uno de sus hijos José Ignacio Vial Barros, cédula nacional de identidad N°16.213.689-5, Alejandra Vial Barros, cédula nacional de identidad N°16.610.097-6, Pablo Vial Barros, cédula nacional de identidad N°17.406.277-3, María Francisca Vial Barros, cédula nacional de identidad N°18.208.007-1, Teresita Vial Barros cédula nacional de identidad N°18.753.289-2, Trinidad Vial Barros, cédula nacional de identidad N°19.790.259-0. Al folio 11, rola información sumaria de testigos. Al folio 16, consta certificado de pago de impuesto a las donaciones, emitidos por el Servicio de Impuestos Internos. Al folio 19, ingresaron los autos para fallo. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°.- Que se indica el solicitante que actualmente es dueño del 84% del total de los derechos sociales de “Constructora Ruiz-Tagle y Vial Limitada”. Explica, que esta sociedad fue constituida por escritura pública de 3 de mayo de 1979, suscrita en la Notaría de Santiago de Patricio Zaldívar Mackenna, un extracto de esta escritura fue inscrito a fojas 5.807 número 3.771 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago; y, publicado en el Diario Oficial el 26 de mayo, todo de mismo año 1979. Indica, que de acuerdo a su balance cerrado al 31 de diciembre de 2021, su patrimonio ascendió a $187.269.480. Hace presente, que al efectuar su mandante esta donación a sus hijos, no causará un perjuicio a su situación patrimonial, pues el monto líquido de su haber en la actualidad corresponde al menos a un monto de $727.002.426, contando en consecuencia con bienes suficientes para solventar sus medios de vida y sustento. Expresa, que dentro de sus bienes patrimoniales se encuentra la participación en “Aserradero Polincay Limitada”, según da cuenta la copia con vigencia que rola a fojas 123V número 101 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas del año 1993. Agrega, que en la mencionada sociedad, su representado tiene una participación equivalente a un 80% del interés social según da cuenta la última modificación de la sociedad cuya inscripción rola a fojas 496V número 475 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas del año 2012. Explica, que en ese sentido, la participación de su representado en “Aserradero Polincay Limitada”, está valorizada en la suma de $181.002.745 aproximadamente, según el balance de la sociedad al 31 de diciembre de 2021. Añade, que además su representado es dueño del 38% de los derechos de dominio del inmueble ubicado en Calle Los Trapenses N°4413 que corresponde al sitio N°22 de la manzana A del plano respectivo, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, Rol 3612- 8, cuya inscripción consta a fojas 32.430 número 52.076 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2007, y que conforme al certificado de avalúo fiscal del primer semestre de 2022, el inmueble tiene un valor de $547.945.316, de lo cual le corresponde a su representado un total de $208.219.220. Añade, que conforme al informe de propiedad del 15 de marzo de 2022, el valor comercial del inmueble antes individualizado es de $1.105.492.291, de lo cual le corresponde a su representado un total de $420.087.071. Indica, que también es dueño del 50% de los derechos de dominio del inmueble ubicado en Los Coigues, parcela N°18 del Lote B, comuna de Puerto Varas, Región de Los Lagos, Rol 1400-169, cuya inscripción consta a fojas 542V número 885 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas del año 1992, y que conforme al certificado de avalúo fiscal del primer semestre de 2022, el inmueble individualizado en el párra
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, ha lugar a lo solicitado en lo principal en folio 1 en la forma propuesta, y en consecuencia, se concede a don JOSÉ IGNACIO VIAL RUIZ-TAGLE, constructor civil, domiciliado en Avenida Apoquindo Nº3.500, piso 9, comuna de Las Condes, la autorización que solicita para que done a don José Ignacio Vial Barros, cédula nacional de identidad N°16.213.689-5; a doña Alejandra Vial Barros, cédula nacional de identidad N°16.610.097-6; a don Pablo Vial Barros, cédula nacional de identidad N°17.406.277-3; a doña María Francisca Vial Barros, cédula nacional de identidad N°18.208.007-1; a doña Teresita Vial Barros, cédula nacional de identidad N°18.753.289-2; y a doña Trinidad Vial Barros, cédula nacional de identidad N°19.790.259-0, el 83,9% de los derechos sociales que ostenta el donante en la sociedad “Constructora Ruiz-Tagle y Vial Limitada” en partes iguales, esto es, en un 13,9833% a cada uno. La donación se efectúa a título de mera liberalidad y en calidad de irrevocable. II.- Que de acuerdo a lo informado por el Servicio de Impuestos Internos en los Certificados de Pago de Impuesto a las Donaciones de folio 16, la presente donación se encuentra afecta al pago del impuesto de Herencias y Donaciones, contenidos en la Ley 16.271, los cuales se encuentran pagados. III.- La donación deberá ser otorgada en una Notaría de esta ciudad, y dentro de los sesenta días hábiles siguientes a la fecha en la presente sentencia quede firme y ejecutoriada. Regístrese, otórguese
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 20º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : V-113-2022 CARATULADO : VIAL/ Santiago, veintinueve de Septiembre de dos mil veintidós VISTOS: Al folio 1, y complementada a los folios 8 y 18, comparece don Eduardo Andrés Torretti Schmidt, abogado, en representación de don JOSÉ IGNACIO VIAL RUIZ-TAGLE, constructor civil, ambos con domicilio en Avenida Apoquindo N
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