28º Juzgado Civil de Santiago

EDWARDS/

Rol

V-209-2022

Fecha

29 de septiembre de 2022

Materia

DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que a folio 1, con fecha 29 de junio de 2022, se presentó don Antonio Eugenio Dittborn Chadwick, abogado, en representación de María Margarita Chadwick Piñera, cédula de identidad número 6.615.852-7, Alfonso Edwards Chadwick, cédula de identidad número 19.638.514-2, y de José Edwards Chadwick 20.164.443-7, todos domiciliados en Avenida Nueva Costanera 4.040, oficina 41, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, y señala: Que por el presente acto, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 889 del Código de Procedimiento Civil, solicita se otorgue autorización judicial para la celebración de un contrato de donación en virtud del cual doña María Margarita Chadwick Piñera, don Alfonso Edwards Chadwick y, don José Edwards Chadwick (los «Donantes»), donarán, actuando de consuno, a la sociedad Agrícola California Limitada (la «Donataria»), rol único tributario número 77.270.110-1, la propiedad correspondiente al Lote A, de la subdivisión del lote 3 del Fundo denominado Hijuela A o Hijuela Las Casas, correspondiente a parte del Fundo Los Perales, ubicado en la comuna de Nancagua, Región del Libertador Bernardo O’Higgins, inscrito a nombre de los Donantes a fojas 701, número 6403 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Fernando correspondiente al año 2019 (en adelante el «Inmueble»). 1. DONANTES, DONATARIO Y SU CONDICIÓN JURÍDICA. 1.1. Donantes. Tal como señaló precedentemente, los Donantes en la presente solicitud son doña María Margarita Chadwick Piñera, don Alfonso Edwards Chadwick y don José Edwards Chadwick. Código: JSNXXBNBXMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl « V-209-2022» Doña María Margarita Chadwick es viuda, y tiene dos hijos, Alfonso y José, ambos de apellidos Edwards Chadwick, quienes son también donantes bajo la presente solicitud. Los donantes don Alfonso Edwards Chadwick y don José Edwards Chadwick, por su parte, son solteros y no t

Fundamentos

considerando que la donación que por el presente acto se insinúa no se encuentra dentro de alguno de los casos de exención del artículo 18 de la Ley nº 16.271, se requiere insinuar esta donación, solicitando la autorización para llevarla a cabo. 1.2. Donataria. La Donataria, Sociedad Agrícola California Limitada, rol único tributario número 77.270.110-1, es una sociedad de responsabilidad limitada constituida por escritura pública de fecha 5 de abril de 1999, otorgada en la Notaría de Chillán de don Jaime Bernales Valenzuela. Un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas 27, número 32 del Registro de Comercio de San Fernando correspondiente al año 1999, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 13 de abril de 1999. La sociedad ha sido objeto de dos modificaciones. A la fecha de defunción de don Alfonso Edwards Código: JSNXXBNBXMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl « V-209-2022» Fernández, 27 de septiembre de 2017, los socios de Sociedad Agrícola California Limitada eran los siguientes: (i) Doña María Margarita Chadwick Piñera, titular de un 70% de los derechos sociales; y (ii) don Alfonso José Edwards Fernández, titular de un 30% de los derechos sociales. El 30% de los derechos sociales de propiedad de don Alfonso José Edwards Fernández pertenece hoy a su sucesión, compuesta por los Donantes, doña María Margarita Chadwick Piñera, don Alfonso Edwards Chadwick y don José Edwards Chadwick. En consecuencia, existe identidad entre los Donantes y los únicos y actuales socios de Sociedad Agrícola California Limitada. 2. COSA QUE SE TRATA DE DONAR. Según ha señalado, los Donantes pretenden donar a la Sociedad Agrícola California Limitada los derechos que en conjunto tienen sobre el Lote A, de la subdivisión del lote 3 del Fundo denominado Hijuela A o Hijuela Las Casas, correspondiente a parte del Fundo Los Perales, ubicado en la comuna de Nancagua, rol de avalúo fiscal número 149- 292, en los términos que a continuación se indican. 2.1. El Inmueble. Como indicó anteriormente, los Donantes son los únicos herederos de don Alfonso Edwards Fernández, y el Inmueble que pretenden donar forma parte de la masa hereditaria de bienes de la sucesión. En efecto, el Inmueble cuyos derechos se insinúan donar por este acto corresponde a la propiedad denominada Lote A, de la subdivisión del lote 3 del Fundo denominado Hijuela A o Hijuela Las Casas, correspondiente a parte del Fundo Los Perales, ubicado en la comuna de Nancagua, Región del Libertador Bernardo O’Higgins. La inscripción especial de herencia a nombre de doña María Margarita Chadwick, Alfonso Edwards Chadwick y don José Edwards Chadwick del Inmueble se encuentra inscrita a fojas 701, número 6403 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Fernando correspondiente al año 2019, en razón de lo cual, de acuerdo a lo establecido en el artículo 688 del Código: JSNXXBNBXMX Este documento tiene firma electrónic

Fallo

se declara que: Ha lugar a la solicitud de autos, autorizándose la donación de acuerdo con los artículos 1386 y siguientes del Código Civil, a título de mera liberalidad, de doña María Margarita Chadwick Piñera, cédula de Código: JSNXXBNBXMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=172986 « V-209-2022» identidad número 6.615.852-7, de don Alfonso Edwards Chadwick, cédula de identidad número 19.638.514-2, y de don José Edwards Chadwick 20.164.443-7, a la Sociedad Agrícola California Limitada, rol único tributario número 77.270.110-1, de los derechos que le asisten a estos en la propiedad denominada Lote A, de la subdivisión del lote 3 del Fundo denominado Hijuela A o Hijuela Las Casas, correspondiente a parte del Fundo Los Perales, ubicado en la comuna de Nancagua, Región del Libertador Bernardo O’Higgins. La inscripción especial de herencia a nombre de doña María Margarita Chadwick, Alfonso Edwards Chadwick y don José Edwards Chadwick del Inmueble se encuentra inscrita a fojas 701, número 6403 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Fernando correspondiente al año 2019. Notifíquese, regístrese y archívese en su oportunidad. Rol V- 209-2022 DICTADA POR DOÑA LILIAN LIZANA TAPIA JUEZ ARTICULO 47 C.O.T. AUTORIZA MARIO ROJAS GALLEGUILLOS SECRETARIO SUBROGANTE. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 d

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« V-209-2022» FOJA: 7 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 28 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-209-2022 CARATULADO : EDWARDS/ Santiago, veintinueve de Septiembre de dos mil veintid só VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que a folio 1, con fecha 29 de junio de 2022, se presentó don Antonio Eugenio Dittborn Chadwick, abogado, en representación de María Margarita Chadwick Piñera, cédula de

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