1º Juzgado Civil de Puente Alto

FISCO DE CHILE/MORALES

Rol

C-6420-2020

Fecha

3 de octubre de 2022

Materia

HACIENDA,PROCED.CUANTÍA INFERIOR ART. 749 C.P.C.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Que con fecha 23 de abril de 2020 don Marcelo Eduardo Chandia Peña, Abogado Procurador Fiscal de San Miguel del Consejo de Defensa del Estado, en representación judicial del Fisco, Corporación de Derecho Público, ambos con domicilio en calle Almirante Latorre Nº4820, comuna de San Miguel, interpone demanda de cobro de pesos en contra de doña Daniela Morales Valenzuela, ignora profesión u oficio, con domicilio en Pasaje Santa Gladys 2315, comuna de Puente Alto, a fin de que se le condene al pago de $6.273.570, más reajustes e intereses para operaciones de crédito de dinero en moneda nacional reajustable a contar del 18-08-2020, fecha en que se le notificó la obligación de pago, todo con costas. Funda su pretensión señalando que, en representación de Fisco-Servicio Médico Legal, la demandada fue objeto del Sumario Administrativo ordenado instruir por Resolución Exenta 1800, de 20-07-17, incoado a raíz de denuncia de irregularidades informada mediante correo al Servicio Médico Legal de Santiago, sobre hallazgos en el uso del servicio de radiotaxi. Señala que en el sumario se acreditó que la demandada hizo uso malicioso de vales de radio taxi Astral para uso personal, sin previa autorización de su jefatura directa, durante los años 2016 y 1017 (se entiendo que es 2017), bajo las identidades de distintas personas, aplicándosele la medida disciplinaria de destitución, a la vez de requerirla de pago por la cantidad de $6.273.570, percibidos por ella en forma indebida. Manifiesta que las medidas antes señaladas se aplicaron a la demandada mediante Resolución Afecta 21, de fecha 23-08- 18, modificada por Resolución 24, de 25-10-18 en cuanto al segundo apellido de la señora Morales. Hace presente que con fecha 22-08-18 se notificó a la deudora, por parte de la Jefatura del Servicio Médico Legal, el deber de pagar al ente público, el monto total adeudado, informándole, además, que se encontraba facultada para concurrir a la Contraloría General de la República y soli

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 23 de abril de 2020 Fisco, Corporación de Derecho Público, interpone demanda de cobro de pesos en contra de doña Daniela Morales Valenzuela, a fin de que se le condene al pago de $6.273.570, más reajustes e intereses para operaciones de crédito de dinero en moneda nacional reajustable a contar del 18-08-20200, fecha en que se le notificó la obligación de pago, todo con costas, atendido los fundamentos de hecho y de derecho señalados en la expositiva. SEGUNDO: Que se tuvo por contestada la demanda en rebeldía de la demandada, rebeldía que importa el rechazo a los fundamentos de hecho en que ésta se sustenta, debiendo,

Fallo

por tanto, la demandante probar la obligación señalada atendido lo dispuesto en el artículo 1698 del Código Civil. TERCERO: Que la parte demandante a fin de probar sus asertos acompañó la siguiente prueba documental, no objetada: 1. Copia de Resolución exenta N°1884, de fecha 10 de julio de 2018, que aplica medida disciplinaria en sumario administrativo ordenado instruir por resolución exenta N°1800 de fecha 20 de junio de 2017, a funcionaria doña Daniela Morales Soto, C.I. 17.245.368-6, que resuelve aplicar medida disciplinaria contemplada en el artículo 121, letra d, y artículo 125 del D.F.L N°18.834, sobre Estatuto Administrativo, esto es: Destitución y dándose curso a la tramitación de la sanción legal, requiriéndose de pago a la misma por el total de $6.273.570. 2. Copia de Resolución N°21 de Término de fecha 3 de agosto de 2018, materializa aplicación de Medida Disciplinaria en Sumario Administrativo, por Resolución Exenta N°1800 de fecha 20 de junio de 2017. 3. Copia de Resolución N°24, que rectifica Resolución N°21, con fecha 24 de octubre de 2018. Se rectifica el nombre de la funcionaria afecta de la medida disciplinaria, debiendo decir: Daniela Morales Valenzuela. 4. Copia de Ref. N°198.092/18, por la Contraloría General de la República. Unidad de Personal y Responsabilidad Administrativa, de fecha 13 de agosto de 2019. Señala que la demandada se ha dirigido solicitando la condonación o, subsidiariamente, facilidades de pago para reintegrar la cantidad de $6.273

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C-6420-2020 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Puente Altoº CAUSA ROL : C-6420-2020 CARATULADO : FISCO DE CHILE/MORALES Puente Alto, tres de octubre de dos mil veintid só VISTO: Que con fecha 23 de abril de 2020 don Marcelo Eduardo Chandia Peña, Abogado Procurador Fiscal de San Miguel del Consejo de Defensa del Estado, en representación judicial del Fisco, Corporación de

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