REBOLLEDO/MALLEO
Rol
C-2590-2019
Fecha
18 de octubre de 2022
Materia
OTROS SUMARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos Que a folio 1 comparece Mar a de las Nieves Rebolledo Olivaresí , due a deñ casa, C.I. 9.600.633-0, domiciliada en Isla Benjam n 0836, Villa Los Rosales,í comuna de La Granja, Regi n Metropolitana, quien deduce demanda de t rmino deó é goce gratuito de la cosa com n, en contra de do a ú ñ Marina del Carmen Rebolledo Olivares, ignora profesi n, y don ó David Sim n Malleo Rebolledoó , ignora profesi n,ó ambos domiciliados en calle 8 Poniente N° 8350, Comuna de La Granja, Regi nó Metropolitana, en virtud de los siguientes razones de hecho y de derecho. I. Antecedentes de hecho.- Indica que es hija de don Luis Estorque Rebolledo Barros, fallecido el 27/04/2006, dejando 10 hijos como parte de su sucesi n, quienes son sus hermanos por parte paterna: 1) Luis Alberto Rebolledoó Olivares C.I. 8.955.109-9, 2) Marina del Carmen Rebolledo Olivares, C.I. 8.494.432-7, 3) Marisol Clotilde Rebolledo Olivares, C.I. 8.523.492-7, 4) Gloria Virginia Rebolledo Olivares, C.I. 8.950.939-4, 5) Patricio Enrique Rebolledo Gonz lez, C.I. 12.898.279-5, 6) Luis Esteban Rebolledo Gonz lez, C.I. 13.833.707-3,á á 7) Jos Miguel Rebolledo Gonz lez, C.I. 15.437.865-8, 8) Mois s Emilianoé á é Rebolledo Gonz lez, C.I. 15.437.865-0, y 9) Gen sis Soledad Rebolledo Gonz lez,á é á C.I. 16.803.870-4. A ade que Luis Alberto Rebolledo Olivares, Marina del Carmen Rebolledoñ Olivares, Marisol Clotilde Rebolledo Olivares y Gloria Virginia Rebolledo Olivares son hermanos de parte materna y paterna, siendo este un dato relevante pues el inmueble objeto de la presentaci n pertenec a a su padre y a su madre do aó í ñ Carmen de las Mercedes Olivares Adasme, quien falleci el 11/03/1993.ó Menciona que por v a materna tiene 5 hermanos, agreg ndose uno noí á se alado previamente llamado Jos Manuel Basualto Olivares.ñ é Expone que la sucesi n de su madre consta en auto de posesi n efectivaó ó inscrito a fojas 6666, n mero 8273 del Registro de Propiedad del Conservador deú Bienes Ra ces de San Miguel del a o 1995
Fundamentos
Considerando Primero: Que do a ñ Mar a de las nieves Rebolledo Olivaresí , deduce demanda en juicio sumario el cese del goce gratuito respecto del inmueble ubicado en calle 8 Poniente N° 8390, comuna de La Granja, Regi n Metropolitana, en contra deó do a ñ Marina del Carmen Rebolledo Olivares, y de don David Sim n Malleoó Rebolledo, solicitando se practiquen las reconvenciones legales que sean procedentes y en definitiva se decrete: 1. Que las partes demandadas se han apropiado indebidamente del inmueble objeto de la Litis. 2. Que, en consecuencia, se declare terminado el goce gratuito sobre el mismo. 3. Que las partes demandadas deben restituir la propiedad dentro de tercer d a de ejecutoriado el fallo, libre de todo ocupante, bajo apercibimiento deí lanzamiento de todos aquellos que se encuentren bajo dicho inmueble. 4. Que las partes demandadas sean obligadas al pago de todas las costas que se deriven de la tramitaci n del presente juicio.ó Funda su demanda, en las razones que se se alan en la expositiva de lañ sentencia, las que se dan por reproducidas en esta secci n del falloó . Segundo: Que la demandada se hizo cargo del libelo evacuando el tr miteá de contestaci n a folio 24, solicitando el rechazo de la demanda, con costas,ó fundamentando sus argumentos bajo las razones que se se alan en la expositiva deñ la sentencia, las que tambi n se dan por reproducidas en esta secci n del fallo.é ó Tercero: Que de conformidad a lo dispuesto en el art culo 1.698 del C digoí ó Civil, incumbe probar las obligaciones o su extinci n al que alega aquellas o sta.ó é Cuarto: Que la parte demandante, para acreditar su aserto, acompañó legalmente y sin objeci n de la contraria, la siguiente documental:ó 1.- Certificado de posesi n efectiva de don Luis Estorque Rebolledo Barros,ó emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n con fecha 27/12/2013.ó 2.- Copia de inscripci n especial de herencia de fojas 6666, N° 8273, deló a o 1995 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Sanñ í Miguel. 3.- Certificado de dominio vigente de fojas 99 N° 68 del a o 2014 delñ Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel.í 4.- Certificado de Beneficio de Asistencia Jur dica.í Código: CJEXXBVXVQV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2590-2019 Foja: 1 Quinto: Que igualmente, a folio 46 consta prueba testimonial, compareciendo don Erwin Patricio Ganga Imilmaqui, C.I. 10.067.062-3, quien legalmente juramentado e interrogado se al al punto 1 que fue vecino del hermano de lañ ó demandante, y supo y le consta que es comunera del inmueble ubicado en 8 Ponientes 8350, comuna de La Granja, porque su hermano Luis Rebolledo le contó este problema y que la demandada Marina del Carmen Rebolledo Olivares, su hermana, no quiere irse de ah y lo ocupa sin pagar nada, y vive tambi n ahí é í demandado David Sim n Malleo Rebolledo, pese a que todos los hermanos sonó due os.
Fallo
se declara: ó I.- Que se acoge parcialmente la demanda, y en consecuencia, se pone t rmino al goce gratuito que detenta do a Mé ñ arina del Carmen Rebolledo Olivares, y don David Sim n Malleo Rebolledoó , en sus calidades de comuneros respecto del inmueble ubicado en calle 8 Poniente N° 8350, comuna de La Granja. II.- Que no se hace lugar a la declaraci n de apropiaci n indebida deló ó inmueble objeto de la Litis, as como tampoco respecto de la solicitud deí restituci n del mismo, por los motivos indicados en los motivos duod cimo yó é d cimo tercero, respectivamente.é III.- Que existiendo motivos plausibles para litigar, atendida la calidad de comunero de los demandados, cada parte pagar sus costas.á Código: CJEXXBVXVQV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2590-2019 Foja: 1 An tese, reg strese, notif quese, y arch vese, en su oportunidad.ó í í í /mps Dictada por do a Claudia Mar n Campusanoñ í , Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Miguel, dieciocho de Octubre de dos mil veintid só Código: CJEXXBVXVQV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-10-18T19:39:29-0300
Texto Completo (Preview)
C-2590-2019 Foja: 1 FOJA: 92 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-2590-2019 CARATULADO : REBOLLEDO/MALLEO San Miguel, dieciocho de Octubre de dos mil veintid só Vistos Que a folio 1 comparece Mar a de las Nieves Rebolledo Olivaresí , due a deñ casa, C.I. 9.600.633-0, domiciliada en Isla Benjam n 0836, Villa Los Rosales,í comuna de La Granja,
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