SOCIEDAD CHILENA DE AUTORES E INTÉRPRETES MUSICALES/FUENTES
Rol
C-206-2020
Fecha
27 de septiembre de 2022
Materia
OTROS SUMARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Se ha iniciado este procedimiento rol C-206-2020, sobre cumplimiento de contrato de autorizaci n de ejecuci n p blica de obras musicales e indemnizaci n deó ó ú ó perjuicios, por Sociedad Chilena de Autores e Int rpretes Musicales, SCD, é entidad de gesti n colectiva de derechos intelectuales, representada por su director general, Juanó Antonio Dur n Gonz lez, ambos domiciliados en Condell N 346, Providencia, contraá á º don Juan Carlos Fuentes Merino, comerciante, domiciliado en Gran Avenida Nº 9932, El Bosque. Se ala que el demandado, conforme a los art culos 21 y 100 de la Ley N.ñ í º 17.336, obtuvo de la SCD, para el local p blico denominado Pharaon , ubicado enú “ ” Gran Avenida N 9932, El Bosque, autorizaci n para ejecutar p blicamente obrasº ó ú musicales del repertorio que SCD representa, mediante Contrato de Autorizaci n deó Ejecuci n P blica de Obras Musicales A-N 96524, de 1 de septiembre de 2015,ó ú º oblig ndose el demandado, entre otras prestaciones, al pago, a contar del mes de eneroá de 2015 y dentro de los diez primeros d as del mes siguiente, por la ejecuci n p blica deí ó ú obras musicales del repertorio de SCD, la tarifa mensual de $13.420, monto reajustable al 1 de enero, 1 de mayo y 1 de septiembre de cada a o, en el mismo porcentaje deº º º ñ variaci n del ndice de Precios al Consumidor en los cuatro meses anteriores.ó Í Agrega que siendo el valor de la tarifa mensual, a diciembre de 2019, de $15.083, el demandado no ha pagado dicha tarifa ni ha cumplido las dem s obligacionesá contractuales, por lo que viene en exigir el cumplimiento del contrato y se condene al demandado al pago de la tarifa mensual devengada entre enero de 2019 y diciembre de 2019, a raz n de $14.801 de enero a abril de 2019; $14.934 de mayo a agosto; yó $15.083 de septiembre a diciembre de 2019, por un total de $179.269; y a t tulo deí avaluaci n anticipada de perjuicios solicita el pago del inter s corriente bancario paraó é operaciones reajustables, a contar del
Fundamentos
Considerando: Primero: Que conforme a lo previsto en el art culo 1698 del C digo Civil,ó incumbe probar las obligaciones o su extinci n al que alega aquellas o esta. y en esteó sentido, correspondiendo a la parte demandante, atentas sus alegaciones, probar que Juan Carlos Fuentes Merino se oblig al pago de una suma mensual de dinero, poró concepto de autorizaci n para la ejecuci n p blica de obras musicales del repertorio queó ó ú la SCD representa, en el local denominado Pharaon, en Gran Avenida N 9932, Elº Bosque. Y corresponde al demandado, de resultar probado el hecho antes indicado, acreditar que se encuentra al d a en el pago de la mensualidad convenida, y con ello,í haber solucionado la obligaci n que la contraria alega incumplida.ó Segundo: Que la demandante aport al proceso, en forma legal y sin objeci n,ó ó copia de contrato de autorizaci n de comunicaci n o ejecuci n p blica para laó ó ó ú utilizaci n del repertorio de SCD de obras y fonogramas musicales en establecimientosó comerciales, A N 96524, de 1 de septiembre de 2005, celebrado por Sociedad Chilena° del Derecho de Autor, y Juan Carlos Fuentes Merino, instrumento que legalmente apreciado, junto a lo indicado, da cuenta de que este ltimo, explotando comercialmenteú el local de Gran Avenida N 9932, El Bosque, denominado Pharaon, ejecuta y ejecutarº á p blicamente obras musicales y fotogramas del repertorio de SCD, oblig ndose por elloú á Juan Carlos Fuentes Merino al pago mensual de $13.420 dentro de los 10 primeros d así del mes siguiente; el contrato se pact con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019,ó renovable por periodos anuales, por lo que entendi ndose prorrogado en forma t cita yé á por periodos consecutivos e iguales de un a o cada uno, y no constando la terminaci nñ ó del mismo en forma legal, se entiende actualmente vigente entre las partes. Tercero: Que en estas condiciones corresponde al demandado, Juan Carlos Fuentes Merino, acreditar que se encuentra al d a en el pago de la retribuci n mensual aí ó que se oblig seg n contrato estipulado por las partes.ó ú Al efecto el demandado, como se dijo, mantuvo su rebeld a durante todo elí proceso y,
Fallo
por tanto, ninguna prueba ha aportado a los autos; y as , no habiendoí probado el demandado el cumplimiento de su obligaci n, se tiene por acreditado queó efectivamente adeuda a la Sociedad Chilena del Derecho de Autor los pagos mensuales RIT« » Foja: 1 pactados en el contrato desde enero a diciembre de 2019 por lo que se acoger laá demanda respecto de stos.é Que conforme a lo se alado, en cuanto a la solicitud de pago de la tarifa mensualñ adeudada desde el 1 de enero de 2020 hasta el t rmino del presente juicio, de acuerdo° é al m rito de autos, tambi n corresponde acceder a dicha petici n, toda vez que no hayé é ó constancia alguna en autos del t rmino del contrato por acuerdo de las partes u otraé causa legal, ni se ha acreditado el pago de la tarifa pactada, y precisamente lo que demanda la actora en el caso sub lite, es el cumplimiento de aqu l, por lo que seé condenar al pago hasta el t rmino del presente juicio declarativo.á é Conforme a lo anterior, se acceder a la demanda respecto de la tarifa adeudadaá desde enero de 2019 hasta el t rmino de este juicio declarativo, como ya se dijo, en baseé a la tarifa mensual de $13.420, monto reajustable al 1 de enero, 1 de mayo y 1 deº º º septiembre de cada a o, en el mismo porcentaje de variaci n del ndice de Precios alñ ó Í Consumidor en los cuatro meses anteriores. Cuarto: Que, en relaci n a los intereses pretendidos por el actor, se acceder aó á ellos debiendo aplicarse el inter s corriente bancario para operaciones reaju
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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-206-2020 CARATULADO : SOCIEDAD CHILENA DE AUTORES E INT RPRETES MUSICALES/FUENTESÉ San Miguel, veintisiete de Septiembre de dos mil veintid só Vistos: Se ha iniciado este procedimiento rol C-206-2020, sobre cumplimiento de contrato de autorizaci n de ejecuci n p blica de obras musicales e indemniz
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