9º Juzgado Civil de Santiago

GAMA LEASING OPERATIVO SPA/COMERCIAL DIMACAR LTDA

Rol

C-2106-2022

Fecha

27 de septiembre de 2022

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En presentaci n de 11 de agosto de 2021 comparece don Diego Josó é Benavente D az, abogado, en representaci n de Gama Leasing Operativoí ó SpA, sociedad del giro de su denominaci n, representada por don Maxó Alberto Sichel Day, domiciliados en calle Ahumada N 254, oficina 802,° comuna de Santiago, demandando de terminaci n de contrato deó arrendamiento y cobro de rentas a Comercial Dimacar Limitada, representada por don Ricardo Enrique M rquez Poveda, y a este en calidadá de aval, fiador y codeudor solidario, domiciliados en avenida Ra l Bitr nú á N 1.310, La Serena.° Indica que el 19 de junio suscribi con la demandada un contrato deó arrendamiento de veh culos motorizados, en virtud del cual dio ení arrendamiento a la sociedad demandada, los siguientes bienes muebles: i) 5 veh culos marca Citroen, modelo Berlingo B9 C HDI 1.6,í patentes KLWF.11, KLWF.12, KLWF.13, KLWF.14 y KLWF.15. ii) 1 veh culo marca Volkswagen, modelo Amarok Confortline 4x4í MT. iii) 7 veh culos marca Peugeot, modelo Partner 1.6, patentesí KCTR.14, KCTR.82, KLFD.56, KLFD.84, FJFD.78, KCTR.11 y KCTR.16. Dichos bienes muebles se encuentran individualizados en los anexos 1, 1.1 y 1.2. En el contrato se estipul que dichos anexos se entender anó í formar parte integrante de ese instrumento para todos los efectos legales. El plazo del contrato de arrendamiento ser a de 36 meses, para elí caso de los veh culos singularizados en los anexos 1 y 1.1, y de 24 mesesí para los veh culos singularizados en el anexo 1.2.í En cl usula cuarta se estableci que la renta mensual ser a la indicadaá ó í en los anexos para cada veh culo, m s el IVA, el cual deber a pagarseí á í dentro de los primeros 30 d as corridos contados desde la recepci n de laí ó Código: FKMQXBXERPN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl factura, siendo el IVA de responsabilidad y cargo exclusivo de la arrendataria. Junto a lo anterior, en el p rrafo 4.5 de la citada cl

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que a fin de acreditar su pretensi n, la parteó demandante acompa contrato de arrendamiento de 19 de junio de 2018ñó suscrito entre el demandante y el demandado, en las calidades de arrendador y arrendatario, con sus respectivos anexos. Las partes estipularon en la cl usula 3.1 que el arrendamiento de losá veh culos tendr a la duraci n indicada para cada uno en los anexos.í í ó En su cl usula 4.1 se pact que se pagar a la renta mensual deá ó í arrendamiento indicada en los anexos para cada veh culo arrendado m sí á IVA, dentro de los primeros 30 d as corridos a contar de la recepci n de laí ó factura, para lo cual, la arrendadora remitir a la arrendataria entro de losí 15 primeros d as del mes inmediatamente posterior al del servicio prestadoí la factura correspondiente. En la cl usula 4.5 se estableci que la mora o el simple retardo de laá ó arrendataria en el pago de una cualquiera de las rentas de arrendamiento devengadas, una vez vencido el plazo de d as corridos contados delí vencimiento del plazo de 30 d as establecido en el numeral 4.1 de laí Código: FKMQXBXERPN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl presente cl usula para su pago, devengar a a favor de la arrendadora, deá í pleno derecho y sin necesidad de requerimiento, una multa moratoria diaria correspondiente al interese m ximo convencional para operacionesá reajustables. En la cl usula 4.7 estipularon que en caso de terminaci n del contratoá ó de arrendamiento o cualquiera de sus anexos por el no pago de las rentas de arrendamiento, la arrendataria deber pagar a la arrendadora, porá concepto de multa el monto equivalente al 25% del saldo de las rentas de arrendamiento no devengadas de cada uno de los veh culos arrendadas, esí decir, aquellas comprendidas entre la terminaci n anticipada del contrato, oó el respectivo anexo o cada arrendamiento en particular y la fecha de terminaci n original de los mismos, por concepto de cl usula penal.ó á En la cl usula 15 don Ricardo Enrique M rquez Poveda seá á constituy en fiador y codeudor solidario de todas las obligaciones que deló presente contrato emanan o pudieren emanar en el futuro para la arrendataria. SEGUNDO: Que con el contrato de arrendamiento aparejado por la actora ha quedado suficientemente acreditado en autos la existencia del v nculo contractual que uni a las partes, sus estipulaciones, modalidades yí ó condiciones establecidas por aquellas. TERCERO: Que legalmente reconvenidos, los demandados no han comprobado encontrarse al d a en el pago ntegro de las rentas, lo queí í constitu a su obligaci n esencial, por lo que

Fallo

se declarar terminado elí ó á contrato de arrendamiento por la causal invocada, debiendo la sociedad demandada restituir los veh culos marca Citroen, patentes KLWF.12,í KLWF.13 y KLWF.15 dentro del 3 d a a contar de la notificaci n del° í ó fallo, bajo apercibimiento de retiro, con auxilio de fuerza p blica.ú CUARTO: Que adem s se condenar a los demandados a pagará á solidariamente a la demandante la suma de $16.652.770 correspondiente a las rentas de arrendamiento adeudadas a contar de octubre de 2021 hasta la fecha de presentaci n de la demanda, m s la suma equivalente al 25% deó á las rentas de arrendamiento no devengadas de cada uno de los veh culosí arrendados, por concepto de clausula penal, de acuerdo a lo pactado en la cl usula 4.7.á Código: FKMQXBXERPN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl QUINTO: Que respecto del cobro de deudas asociadas a TAG, deducibles de siniestro y gastos asociados, la parte actora alleg copia de 20ó facturas emitidas a nombre de la demandada en las que constan estos cobros. SEXTO: Que seg n lo pactado por las partes en el contrato, talesú cobros son de cargo del arrendatario, por lo que habi ndose demostrado sué existencia y monto por el demandante, no queda m s que condenar a losá demandados a pagar solidariamente la suma total de $1.328.920. S PTIMO: Que finalmente, los demandados deber n pagarÉ á solidariamente a la demandante las rentas y gastos relacionados al uso de los v

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-2106-2022 CARATULADO : GAMA LEASING OPERATIVO SPA/COMERCIAL DIMACAR LTDA Santiago, veintisiete de septiembre de dos mil veintid s.ó VISTOS: En presentaci n de 11 de agosto de 2021 comparece don Diego Josó é Benavente D az, abogado, en representaci n de Gama Leasing Operativoí ó SpA, sociedad del giro de su denomin

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