22º Juzgado Civil de Santiago

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VITACURA/MARTINIC Y CIA.LTDA.

Rol

C-2458-2021

Fecha

21 de septiembre de 2022

Materia

OTROS EJECUTIVOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1, rectificado a folio 6, 8 y 12, comparece don Diego Tomas Herrera Fern ndezá , abogado, en representaci n judicial de laó MUNICIPALIDAD DE VITACURA, que es representada legalmente por su alcalde don Ra l Torrealba Del Pedregalú , empresario, todos con domicilio en Avenida Bicentenario n mero 3.800, Vitacura, Santiago, quienú viene en interponer demanda ejecutiva por cobro de patente municipal en contra del contribuyente MARTINIC Y COMPA IA LTDA.Ñ , representada por do a Mar a Martinic Galetovic, ignora profesi n u oficio,ñ í ó ambos domiciliados en Rodrigo de Quiroga 2823, depto. 702, Vitacura. Manifiesta que se le adeuda a la Municipalidad de Vitacura el pago por concepto de Patente Comercial y Derechos Municipales por los periodos que a continuaci n se singularizan en el Certificado N mero 117ó ú que emiti el Secretario Municipal:ó Vencimiento Monto 31/07/2018 $4.322.822 31/01/2019 $4.379.018 31/07/2019 $24.298 31/01/2020 $24.638 31/07/2020 $6.937.176 Sostiene, que conforme lo dispone el art culo 47 de la Ley de Rentasí Municipales, Decreto Ley 3063 de 1979, el certificado citado que emite el Secretario Municipal, en los que consta la deuda del contribuyente tiene m rito ejecutivo, conforme a lo expresado en el art culo 48 de la Ley deé í C-2458-2021 Foja: 1 Rentas Municipales en relaci n a lo se alado en el art culo 438 del C digoó ñ í ó de Procedimiento Civil. Agrega, que la obligaci n es l quida, actualmenteó í exigible y su acci n no se encuentra prescrita.ó En raz n de lo anterior, viene en solicitar tener por presentadaó demanda ejecutiva en contra del ejecutado ya individualizado, y ordenar se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la sumaó de $15.687.952.- m s reajustes, intereses e inter s penal del uno y medioá é por ciento mensual por cada mes o fracci n de mes, seg n lo establecido enó ú el art culo 48 de la Ley de Rentas Municipales en relaci n con los Arts. 53,í ó 54, y 55 del C digo Tributario, y ordenar se si

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, MUNICIPALIDAD DE VITACURA, viene en interponer demanda ejecutiva por cobro de patente municipal en contra del contribuyente MARTINIC Y COMPA IA LTDA.Ñ , seg n fuere indicadoú en lo expositivo de la presente sentencia. SEGUNDO: Que, legalmente emplazada, la parte ejecutada dedujo excepci n de prescripci n parcial, respecto a lo cual la ejecutante se allan .ó ó ó TERCERO: Que, del an lisis de la excepci n que nos ocupa, y de laá ó relaci n de los art culos 2514, 2521 y 2497 del C digo Civil, tenemos lasó í ó C-2458-2021 Foja: 1 acciones a favor o en contra de las Municipalidades, provenientes de toda clase de impuestos, prescriben en tres a os, solo exigi ndose el transcurso deñ é dicho plazo de consumaci n para extinguir una acci n mediante laó ó prescripci n. ó Advirti ndose que las parcialidades respecto de las cuales se opuso laé excepci n ten an como fecha de vencimiento los d as 31 de julio del 2018,ó í í 31 de enero y 31 de julio, ambos del 2019, y la notificaci n y posterioró requerimiento de pago en autos se verific reci n con fecha 6 y 8 de agostoó é del presente a o, por lo que la acci n se encuentra indefectiblementeñ ó prescrita, lo que as

Fallo

se declarar , m xime si el actor se allan a dichaí á á ó pretensi n.ó CUARTO: Que, sin perjuicio de lo anterior, y habi ndose centradoé la discusi n respecto a la patente con vencimiento entre el 31 de julio deló 2018 al 31 de julio del 2019, deber continuarse con la ejecuci n de lasá ó patentes restantes, con vencimientos el d a 31 de enero y 31 de julio delí 2020. QUINTO: Que, atendido el m rito de autos, y existiendoé allanamiento expreso del ejecutante a la excepci n opuesta, cada parteó soportar sus costas.á POR TANTO, y visto lo dispuesto en los art culos 1698, 2492, 2497,í 2514, 2521 del C digo Civil; normas pertinentes de Ley de Rentasó Municipales; art culos 160, 170, 254, 313, 464 y siguientes del C digo deí ó Procedimiento Civil, particularmente el art culo 471, se resuelve:í I.- Que, SE ACOGE la excepci n de prescripci n opuesta respectoó ó de las parcialidades con vencimiento el 31 de julio del 2018, 31 de enero y 31 de julio, ambos del 2019, debiendo continuarse con la ejecuci n respectoó a las patentes restantes se alados en el considerando cuarto, hasta hacerñ entero y cumplido pago de su acreencia a la ejecutante, m s los intereses yá recargos legales conforme lo establece el art culo 48 de la Ley de Rentasí Municipales. II.- Que, CADA PARTE soportar sus costas.á Reg strese y notif quese.í í C-2458-2021 Pronunciada por do a Lorena Cajas Villarroel, Juez Suplente.ñ C-2458-2021 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso fin

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C-2458-2021 Foja: 1 FOJA: 38 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 22 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-2458-2021 CARATULADO : ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VITACURA/MARTINIC Y CIA.LTDA. Santiago, veintiuno de Septiembre de dos mil veintid s.ó VISTO: A folio 1, rectificado a folio 6, 8 y 12, comparece don Diego Tomas Herrera Fern ndezá , abogado, en representaci n judicial de laó MUNI

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