ANTOFAGASTA MINERALS SA CON CHILE FORTESCUE SPA
Rol
C-639-2022
Fecha
21 de septiembre de 2022
Materia
OPOSICIÓN MENSURA MINERA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Mediante lo principal de las tres presentaciones de fecha 22 de julio de 2022, comparece la demandante ANTOFAGASTA MINERALS S.A., sociedad del giro minero, Rut 93.920.000-2, representada por don Juan Esteban Poblete Newman, chileno, abogado, casado, cédula de identidad N° 10.742.018-5 y don Renzo Stagno Finger, chileno, abogado, divorciado, cédula de identidad N° 14.119.805-K, todos domiciliados en Avenida Apoquindo N°4001, Piso 18, comuna de Las Condes, Santiago, e interpone tres demandas de oposición a la mensura en juicio sumario, respecto de la manifestación minera “FRAN 1, 1 AL 60”, en contra de CHILE FORTESCUE SPA, Rut 77.173.385-9, representada por don Mirco Hilgers Gutschendies, ambos domiciliados en Av. Andrés Bello N° 2.457, Piso 19, comuna de Providencia, Santiago. Las funda en la titularidad que detenta sobre los derechos exclusivos para explorar y para manifestar concesiones mineras de explotación en virtud de sus concesiones mineras de exploración denominadas “ALITRE 4”, “ALITRE 5”, y “ALITRE 6”. Expresa que el pedimento en cuya virtud se iniciaron los trámites de constitución de sus concesiones mineras de exploración “ALITRE 4”, “ALITRE 5”, y “ALITRE 6”, fueron presentados todos con fecha 26 de enero de 2016 ante este juzgado, dando origen a los autos voluntarios Roles V-95-2016, V-96-2016, y V-97-2016, respectivamente, dictándose las correspondientes sentencias en dichas causas con fecha 13 abril de 2022, declarando constituidas las concesiones de exploración “ALITRE 4”, “ALITRE 5”, y “ALITRE 6” a su favor, y consecuencialmente los derechos emanados de ellas. Agrega que el pedimento minero se encuentra inscrito a su favor a fojas 157 N°123 respecto de la concesión “ALITRE 4”, a fojas 159 N° 124 respecto de la concesión “ALITRE 5”, y a fojas 161 N° 125 respecto de la concesión “ALITRE 6”, todas del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Illapel, correspondiente al año 2016, y que el área que en virtud de dichas concesiones m
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la cuestión controvertida que debe resolverse en autos, consiste en determinar si es efectivo que el oponente goza de derechos preferentes para mensurar dentro del perímetro manifestado, la efectividad de existir superposición entre las concesiones mineras de autos y el perímetro que abarcaría dicha superposición. SEGUNDO: Que la parte demandante, a fin de acreditar los fundamentos de su acción, rindió la siguiente prueba documental no objetada: 1. Copia auténtica del pedimento que dio origen a la concesión minera de exploración “ALITRE 4”. 2. Copia auténtica de la sentencia constitutiva de la concesión de exploración “ALITRE 4”. 3. Copia de la publicación en el Boletín Oficial de Minería-N° 43236, CVE 2116601, de fecha 25 de Abril del 2022, en la que aparece publicada la solicitud de mensura de las pertenencias en trámite “FRAN 1, 1 AL 60”. 4. Plano de abarcamiento o colisión de derechos que grafica y demuestra el abarcamiento de la solicitud de mensura de autos sobre la concesión minera de exploración “ALITRE 4”, elaborado por perito minero autorizado. 5. Copia auténtica de la inscripción del pedimento de la concesión de exploración “ALITRE 4”, la cual consta de fojas 157, número 123 Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Illapel, correspondiente al año 2016. 6. Copia auténtica, con firma electrónica avanzada, del pedimento “ALITRE 4”, otorgada por el Conservador de Minas de Illapel. 7. Copia auténtica del pedimento que dio origen a la concesión minera de exploración “ALITRE 5”. 8. Copia auténtica de la sentencia constitutiva de la concesión de exploración “ALITRE 5”. 9. Plano de abarcamiento o colisión de derechos que grafica y demuestra el abarcamiento de la solicitud de mensura de autos sobre la concesión minera de exploración “ALITRE 5”, elaborado por perito minero autorizado. 10. Copia auténtica de la inscripción del pedimento de la concesión de exploración “ALITRE 5”, la cual consta de fojas 159, número 124 Registro de Código: LVJXXBYXXGL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Descubrimientos del Conservador de Minas de Illapel, correspondiente al año 2016. 11. Copia auténtica, con firma electrónica avanzada, del pedimento “ALITRE 5”, otorgada por el Conservador de Minas de Illapel. 12. Copia auténtica, del pedimento que dio origen a la concesión minera de exploración “ALITRE 6”. 13. Copia auténtica, de la sentencia constitutiva de la concesión de exploración “ALITRE 6”. 14. Plano de abarcamiento o colisión de derechos que grafica y demuestra el abarcamiento de la solicitud de mensura de autos sobre la concesión minera de exploración “ALITRE 6”, elaborado por perito minero autorizado. 15. Copia auténtica de la inscripción del pedimento de la concesión de exploración “ALITRE 6”, la cual consta de fojas 161, número 125 Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Illapel, correspondiente al año 2016. 16. Copi
Fallo
en mérito de lo expuesto y lo dispuesto en el artículo 1698 del Código Civil, artículos 27; 41; 61 N°1 y 2; 62; 66; 69; y 233 del Código de Minería; y artículo 680 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE RESUELVE: I.- Que SE ACOGEN las tres demandas de oposición a la solicitud de mensura, deducidas por ANTOFAGASTA MINERALS S.A., en contra de CHILE FORTESCUE SPA, respecto de la tramitación de la solicitud de mensura de la manifestación minera “FRAN 1, 1 AL 60”, y en consecuencia la demandada no podrá mensurar dentro de los perímetros en que existe superposición respecto de las concesiones mineras en uso de sus derechos preferentes “ALITRE 4”, “ALITRE 5”, y “ALITRE 6”, ello conforme los datos consignados en el considerando cuarto. II.- Que cada parte asumirá el pago de sus costas. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol C-639-2022. Pronunciada por don PABLO ALBERTO FLORES PRIETO, Juez del Juzgado de Letras, Familia y Laboral de Illapel. Código: LVJXXBYXXGL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Illapel, veintiuno de Septiembre de dos mil veintidós Código: LVJXXBYXXGL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-09-21T14:40:53-0300
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Illapel CAUSA ROL : C-639-2022 CARATULADO : ANTOFAGASTA MINERALS SA CON CHILE FORTESCUE SPA Illapel, veintiuno de Septiembre de dos mil veintidós VISTO: Mediante lo principal de las tres presentaciones de fecha 22 de julio de 2022, comparece la demandante ANTOFAGASTA MINERALS S.A., sociedad del giro minero, Rut 93.920.000-2, representa
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