Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta

REQUENA/WSP SERVICIOS POSTALES S.A.

Rol

M-313-2022

Fecha

19 de mayo de 2023

Materia

Costas, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Horas extras, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 10, 160, 171, 172, 453, 500 y siguientes del Código del Trabajo se resuelve, que: I.- Se acoge la demanda de despido indirecto, cobro de prestaciones y nulidad del despido deducida en representación de Dismer Jose Requena Salazar RUT N°26.077.137-K; en contra de WSP Servicios Postales S.A., RUT N°96.828.740-0, y en consecuencia, se condena a esta última a pagar en su favor, las siguientes sumas: 1) $625.000.- (Seiscientos veinticinco mil pesos) por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. 2) $625.000.- (Seiscientos veinticinco mil pesos) por concepto indemnización por años de servicio. 3) $312.500.- (Trescientos doce mil quinientos pesos) por concepto recargo legal. 4) $270.833.- (Doscientos setenta mil ochocientos treinta y tres pesos) por concepto de remuneraciones pendientes. 5) $583.333.- (Quinientos ochenta y tres mil trescientos treinta y tres pesos) por concepto de feriados adeudados. 6) $1.127.763.- (Quinientos ochenta y tres mil trescientos treinta y tres pesos) por concepto de horas extraordinarias. 7) $625.000.- (Seiscientos veinticinco mil pesos)) desde la fecha del despido indirecto, esto es, el día 13 de mayo de 2022 y, la fecha en la que se pague íntegramente las cotizaciones previsionales adeudadas, correspondientes al periodo marzo a diciembre de 2021 y enero, febrero y marzo de 2022 de AFP Plan Vital, FONASA y AFC, y se dé cuenta de las formalidades legales previstas al efecto en el artículo 162 del Código del Trabajo. II.- Se condena en costas a la demandada, regulándose desde ya las personales en la suma equivalente a un (1) Ingresos Mínimos Mensuales para fines remuneracionales. III.- En la etapa procesal que corresponda deberá considerarse o imputarse los montos pagados a título de avenimiento parcial, por la otrora demandada Cosméticos Avon S.A., y que ascendieron a la suma de $1.208.332.- (un millón doscientos ocho mil trescientos treinta y dos pesos) según fuera aprobado m

Fundamentos

CONSIDERANDO: Por las consideraciones antes señaladas y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 10, 160, 171, 172, 453, 500 y siguientes del Código del Trabajo

Fallo

se resuelve, que: I.- Se acoge la demanda de despido indirecto, cobro de prestaciones y nulidad del despido deducida en representación de Dismer Jose Requena Salazar RUT N°26.077.137-K; en contra de WSP Servicios Postales S.A., RUT N°96.828.740-0, y en consecuencia, se condena a esta última a pagar en su favor, las siguientes sumas: 1) $625.000.- (Seiscientos veinticinco mil pesos) por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. 2) $625.000.- (Seiscientos veinticinco mil pesos) por concepto indemnización por años de servicio. 3) $312.500.- (Trescientos doce mil quinientos pesos) por concepto recargo legal. 4) $270.833.- (Doscientos setenta mil ochocientos treinta y tres pesos) por concepto de remuneraciones pendientes. 5) $583.333.- (Quinientos ochenta y tres mil trescientos treinta y tres pesos) por concepto de feriados adeudados. 6) $1.127.763.- (Quinientos ochenta y tres mil trescientos treinta y tres pesos) por concepto de horas extraordinarias. 7) $625.000.- (Seiscientos veinticinco mil pesos)) desde la fecha del despido indirecto, esto es, el día 13 de mayo de 2022 y, la fecha en la que se pague íntegramente las cotizaciones previsionales adeudadas, correspondientes al periodo marzo a diciembre de 2021 y enero, febrero y marzo de 2022 de AFP Plan Vital, FONASA y AFC, y se dé cuenta de las formalidades legales previstas al efecto en el artículo 162 del Código del Trabajo. II.- Se condena en costas a la demandada, regulándose desde ya las personales en la

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JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA CONTINUACIÓN DE AUDIENCIA UNICA POR VIDEO CONFERENCIA_PLATAFORMA_ZOOM FECHA Antofagasta, a diecinueve de mayo de dos mil veintitrés. MAGISTRADO ELENA DEL PILAR PÉREZ CASTRO HORA DE INICIO 10:28 Horas. HORA DE TERMINO 10:44 Horas. ENCARGADO DE ACTA Soledad Ponce Araneda. SALA 3 RUC 22-4-0411741-K RIT M-313-2022 Registro de audio N°

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