14º Juzgado Civil de Santiago

CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS ANDES./HUIRIQUEO

Rol

C-10205-2021

Fecha

21 de septiembre de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE Comparece don Paul Chateau Undurraga, abogado, en su calidad de mandatario judicial, otorgado por don Nelson Mauricio Rojas Mena, chileno, Contador Auditor e Ingeniero comercial, en su calidad de Gerente General en representaci n de la ó Caja de Compensaci n de Asignaci n Familiar de Losó ó Andes, persona jur dica de giro de suí denominaci n, ambos domiciliados para estos efectos en calle ó Agustinas N 785, piso 7,º Santiago, quien deduce demanda ejecutiva en contra de don Francisca Maria, Huiriqueo Melill n á empleada, domiciliada en Senda Santa Marta 0217 depto 21, comuna Quilicura. Indica que la demandada Francisca Maria, Huiriqueo Melill ná suscribi conó fecha 11 de marzo de 2019, pagar é 037CON101692308 por la suma de $ 5.076.402, por concepto de capital, m s los intereses respectivos se alados en dicho documento,á ñ todo ello de acuerdo a lo dispuesto en la ley 18.010. Dicha obligaci n deb a seró í solucionada en 48 cuotas mensuales y sucesivas de $178.816, venciendo la primera de ellas el 31 de mayo de 2019, y la ltima el ú 30 de abril de 2023. Seg n consta del pagar ,ú é el simple retardo en el pago de todo o parte de una cualquiera de las cuotas permitirá exigir la soluci n ntegra de la suma debida, consider ndose la obligaci n de plazoó í á ó vencido y capitalizados los intereses devengados y no pagados, todo conforme al art culoí 9 de la ley 18.010. El nuevo capital as formado, devengar intereses a la tasaº í á correspondiente al inter s m ximo convencional existente para operaciones de cr dito deé á é dinero. Se ala que el demandado ha dejado de cumplir su obligaci n, toda vez que soloñ ó ha pagado las 27 primeras cuotas correspondiendo la primera cuota morosa la 28 con vencimiento al 31 de agosto de 2021, por lo que adeuda las 21 restantes, lo que equivale C-10205-2021 Foja: 1 a la suma total de $ 2.220.926, por concepto de capital, lo que devengar el inter sá é m ximo convencional desde la fecha de retardo.á Adem s, su repr

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Paul Chateau Undurraga, abogado, mandatario judicial, en representaci n de la ó Caja de Compensaci n de Asignaci nó ó Familiar de Los Andes, quien solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de do a ñ Francisca Maria Huiriqueo Melill ná , en su calidad de deudora, acogerla en todas sus partes y, al efecto, ordenar se despache mandamiento de ejecuci n y embargoó por la suma de $ 2.220.926, m s los intereses y reajustes que correspondan por elá simple retardo, y que esta acci n prosiga hasta hacer entero pago de lo adeudado a suó representada, con costas; fundado en los antecedentes de hecho y de derecho rese adosñ en lo expositivo de esta sentencia, y que se dan por reproducidos en este considerando. SEGUNDO: Que legalmente notificada y requerida de pago, la ejecutada do añ Francisca Maria Huiriqueo Melill ná , debidamente representada, opone a la ejecuci nó seguida en su contra las excepciones de los Nros. 7 y 4 del art culo 464 del C digo deí ó Procedimiento Civil; seg n lo relacionado en lo expositivo de esta sentencia.ú TERCERO: Que con el objeto de acreditar su pretensi n, el ejecutanteó acompa los siguientes documentos:ñó 1.- Pagar en pesos a la orden de Caja de Compensaci n de Asignaci n Familiaré ó ó De Los Andes, suscrito por Francisca Maria Huiriqueo Melill n, á de fecha 11 de marzo de 2019, por $ 5.076.402, suma que deb a ser pagada en 48 cuotas mensuales yí sucesivas de $ 178.816, venciendo la primera de ellas el 31 de mayo de 2019. Consta autorizaci n notarial de la firma del compareciente en la calidad en queó comparece, de conformidad a la ley, con fecha 01 de abril de 2019. C-10205-2021 Foja: 1 CUARTO: Que por su parte, la ejecutada no acompa prueba alguna a fin deñó acreditar sus aseveraciones. QUINTO: Que, en cuanto a la excepci n opuesta del Nro. 7 del art culo 464ó í del C digo de Procedimiento Civil, y que la ejecutada funda en la circunstancia de queó el pagar que se trata no contempl todos los datos esenciales para que se pudieraé ó determinar el monto adeudado, ser desestimada. En efecto, del examen del documentoá signado con el n mero uno del considerando tercero, esto es,ú Pagar en pesos a la“ é orden de Caja de Compensaci n de Asignaci n Familiar De Los Andes, suscrito poró ó Francisca Maria Huiriqueo Melill n, á de fecha 11 de marzo de 2019, por $ 5.076.402, suma que deb a ser pagada en 48 cuotas mensuales y sucesivas de $ 178.816, venciendoí la primera de ellas el 31 de mayo de 2019 , se estipula una cantidad l quida de dinero” í para cobro, estableci ndose en cada cuota una tasa de inter s de 2,20, por lo tanto, laé é aplicaci n del inter s es mensual, en consecuenciaó é , el pagar presentado a cobro ené autos, es un documento que da cuenta de un derecho indubitable, atribuy ndosele laé suficiencia necesaria para exigir el cumplimiento forzado de la obligaci n que contiene,ó en raz n del car cter de autenticidad que reviste; de lo que se desprende que tieneó

Fallo

Por tanto, de acuerdo con lo expuesto, y a lo dispuesto en el art culo 434 N 4í º del C digo de Procedimiento Civil, leyes 18.010 y 18.092, solicita tener por interpuestaó demanda ejecutiva en contra de do a ñ Francisca Maria Huiriqueo Melill ná , en su calidad de deudora, acogerla en todas sus partes y, al efecto, ordenar se despache mandamiento de ejecuci n y embargo por la suma de ó $ 2.220.926, m s los intereses y reajustes queá correspondan por el simple retardo, y que esta acci n prosiga hasta hacer entero pago deó lo adeudado a nuestra representada, con costas. A folios 7 consta certificaci n de Ministro de Fe, que da cuenta de haberó notificado en conformidad al art culo 44 del C digo de Procedimiento Civil la demandaí ó y dem s resoluciones pronunciadas en el proceso a do a Francisca Mar a Huiriqueoá ñ í Melill n, con fecha 28 de enero de 2022. A su vez, consta a folio 3 del cuaderno deá apremio, consta el requerimiento de pago efectuado en rebeld a de la parte demandadaí por su no comparecencia con fecha 31 de enero de 2022. A folio 9 comparece do a Francisca Mar a Huiriqueo Melill n quien opone lasñ í á siguientes excepciones. 1. La excepci n del N 7 del art culo 464 del C digo De Procedimientoó ° í ó Civil, esto es: la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por“ las leyes para que dicho t tulo tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea coní relaci n al demandado.ó ” Se ala que de acuerdo a lo ordenado en el art culo 438, N 3, del cuerp

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C-10205-2021 Foja: 1 FOJA: 18 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 14 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-10205-2021 CARATULADO : CAJA DE COMPENSACI N DE ASIGNACI NÓ Ó FAMILIAR LOS ANDES./HUIRIQUEO Santiago, veintiuno de Septiembre de dos mil veintid só VISTOS Y TENIENDO PRESENTE Comparece don Paul Chateau Undurraga, abogado, en su calidad de mandatario judicial, otorgado por don N

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