RETAMAL/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN JOAQUIN
Rol
C-2231-2022
Fecha
12 de octubre de 2022
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos Que a folio 1 comparece do a ñ Mar a Mercedes Retamal Calder ní ó , C.I. 7.190.763-5, jubilada, domiciliado en Puerto Octay N° 5646, San Joaqu n, quiení interpone demanda de prescripci n extintiva de la acci n de cobro de derechos deó ó aseo domiciliarios municipal, en contra de la Ilustre Municipalidad de San Joaqu ní , persona jur dica de Derecho P blico del giro de su denominaci n, RUT 69.354.600-í ú ó 8, representada legalmente por su alcalde, don Crist bal Labra Bassa, C.I.ó 14.146.684-4, profesor, ambos domiciliados en Avenida Santa Rosa Nº 2606, comuna de San Joaqu n, por los siguientes antecedentes de hecho y de derecho.í I.- Antecedentes de hecho.- Se ala que es due a del inmueble ubicado enñ ñ Puerto Octay N° 5646, de la comuna de San Joaqu n, inscrito a fojas 9452í vuelta, n mero 11586, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra cesú í de San Miguel del a o 2002, el cual mantiene una deuda por concepto de derechosñ de aseo. Por ello, y dado que la Ilustre Municipalidad de San Joaqu n no tieneí facultades para condonar deudas por este concepto de forma administrativa, es que solicita se declare prescrita la acci n de cobro de derechos de aseo municipalesó adeudados, a saber: cuota N° 1, 2, 3 y 4 del a o 2015, por las sumas deñ $24.727, $24.217, $23.353, y $23.087, respectivamente; y el convenio de pago N° 595 de 30/06/2014, cuota N° 9 de vencimiento al 31/03/2015 por un monto de $48.224, y cuota N° 10 de 30/06/2014 de vencimiento al 30/04/2015 por un monto de $ $56.138.- Se ala que la totalidad de las cuotas individualizadas en los periodos antesñ descritos, con sus intereses y reajustes, ascienden a la suma de $178.030.- (ciento setenta y ocho mil treinta pesos), correspondiente a los derechos de aseo domiciliario, la cual se encuentra prescrita de acuerdo a las normas del C digoó Civil. Código: XDBDXBWDWDT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2231-2022 Foja: 1 II.- A
Fundamentos
Considerando Primero: Que, do a ñ Mar a Mercedes Retamal Calder ní ó , interpone acci n deó prescripci n extintiva de la acci n de cobro de derechos de aseo domiciliarioó ó municipal, en contra de la Ilustre Municipalidad de San Joaqu ní , representada legalmente por Crist bal Labra Bassa, solicitando que se declare prescrita la acci nó ó de cobro entre los a os 2014 y 2015, con sus intereses y reajustes, ascienden a lañ suma de $178.030.- (ciento setenta y ocho mil treinta pesos), con costas en caso de oposici n.ó Funda su libelo en los argumentos esgrimidos en la parte expositiva de la sentencia, los que se dan por reproducidos en esta secci n.ó Segundo: Que, la demanda se tuvo por contestada y por allanado totalmente al demandado por los periodos comprendidos en los a os 2014 a 2015 inclusive, losñ que se fundan en el certificado de deuda N° 25/2022 de fecha 13/06/2022. Esgrime las razones que se se alan en lo expositivo del fallo, las que se danñ por reproducidas. Tercero: Que, la demandante acompa a legalmente y sin objeci n de lañ ó contraria, la documental de folio 1, consistente en: 1.- Certificado de Deuda N° 25/2022 emitido por la Ilustre Municipalidad de San Joaqu n, de fecha 13 de junio de 2022.í 2.- Dominio Vigente del inmueble ubicado en Puerto Octay N° 5646, de la comuna de San Joaqu n, inscrito a fojas 9452vta, N° 11586, del Registro deí Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel del a o 2002.í ñ 3.- Copia de la c dula de identidad de do a Mar a Mercedes Retamalé ñ í Calder n.ó 4.- Copia de la c dula de identidad del Postulante de la Corporaci n deé ó Asistencia Judicial, don Javier Edgardo Zapata Labra. 5.- Certificado de pr ctica del postulante de la Corporaci n de Asistenciaá ó Judicial, don Javier Edgardo Zapata Labra. Cuarto: Que, conforme a la Ley de Rentas Municipales, en sus art culos 5,í 6 y 40, la naturaleza de los derechos de aseo corresponde a la de un derecho que cobran las municipalidades y cuyas tarifa fija de acuerdo al costo efectivo de sus servicios, por lo que resulta en la especie aplicable el t rmino de prescripci né ó establecido en el art culo 2.515 del C digo Civil, esto es, el trascurso de cinco a osí ó ñ para las acciones ordinarias. Código: XDBDXBWDWDT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2231-2022 Foja: 1 Quinto: Que, conforme a lo dispuesto en el art culo 1.698 del C digo Civil,í ó la carga procesal de acreditar la extinci n de la obligaci n cuya prescripci n seó ó ó solicita declarar, corresponde a la demandante quien al efecto rindi la pruebaó documental de autos, legalmente acompa ada y no objetada por la contraria en suñ oportunidad legal, consistente en Certificado de Dominio vigente, del inmueble ubicado en Puerto Octay N° 5646, comuna de San Joaqu n, inscrita a su nombre,í a fojas 9452vta N° 11586 del a o 2002, del Registro de Propiedad delñ Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel.í Tambi n acompa a Certific
Fallo
se declarare que la acci n deó cobro de derecho de aseo domiciliario entre los a os 2014 y 2015, con susñ intereses y reajustes, ascienden a la suma de $178.030.- (ciento setenta y ocho mil treinta pesos), se encuentra prescrita para todos los efectos legales, con costas en caso de oposici n.ó A folio 4, se dio curso a la demanda, fij ndose audiencia de contestaci n yá ó conciliaci n.ó A folio 6, se notific a la demandada de conformidad a lo dispuesto en eló art culo 44 del C digo de procedimiento Civil, previas b squedas de rigor.í ó ú A folio 13, se lleva a cabo la audiencia fijada, en la que se ratifica la demanda en todas sus partes, para luego el demandado contestar mediante el escrito de folio 8, en el que se solicita se tenga por allanada totalmente a la demandada de la demanda de prescripci n extintiva deducida por Ingrid Garrido Cabello, enó representaci n de Mar a Retamal Calder n fundado en las condiciones que losó í ó periodos comprendido entre los a os 2014 a 2015 inclusive, invocando como t tuloñ í fundante de su acci n el certificado de deuda N° 25/2022 de fecha 13/06/2022.ó A continuaci n solicita se le exima del pago de las costas atendido lo dispuesto enó el art culo 144 del C digo de Procedimiento Civil.í ó Código: XDBDXBWDWDT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2231-2022 Foja: 1 El Tribunal tuvo por contestada la demanda y por allanada totalmente a la parte demandada en los t rminos se ala
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C-2231-2022 Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-2231-2022 CARATULADO : RETAMAL/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN JOAQUIN San Miguel, doce de Octubrede dos mil veintid só Vistos Que a folio 1 comparece do a ñ Mar a Mercedes Retamal Calder ní ó , C.I. 7.190.763-5, jubilada, domiciliado en Puerto Octay N° 5646, San Joaqu n, quiení
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