2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

AGUILERA/CENTRO DE MEDICINA ESTETICA LE CIEL S.A.

Rol

O-1297-2023

Fecha

18 de mayo de 2023

Materia

Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además, lo dispuesto en los artículos N°1, 7, 8, 61, 62, 63, 161, 162, 163, 168, 172, 173, 454 del Código del Trabajo, se declara; I. Que se acoge la demanda interpuesta y siendo injustificado el despido de que fue objeto la trabajadora con fecha 23 de diciembre del 2022, por la causal de necesidades de la empresa, se condena a la demandada al pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones: a) $1.629.153 por indemnización sustitutiva de aviso previo. b) $6.516.612 por indemnización por años de servicio. c) $1.954.983 por recargo legal del 30% a la indemnización antes señalada. d) $335.000 por concepto de feriado legal. e) $56.019 por concepto feriado proporcional. II. No encontrándose acreditado el pago de las cotizaciones previsionales de la demandante, correspondiente a Afp Modelo en los periodos comprendidos entre marzo, abril, mayo, junio, julio, octubre, noviembre, diciembre de 2022; Isapre Cruz Blanca enero, febrero, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2022; y Afc Chile marzo a diciembre del 2022, se hace aplicación a lo dispuesto en el inciso quinto del artículo 162 del Código del Trabajo y se condena a la demandada al pago de remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen hasta que se produzca la convalidación del despido mediante el pago de las cotizaciones antes señaladas, a contar de la fecha de término de relación laboral el 23 de diciembre del 2022, teniendo como base una remuneración mensual bruta de $1.629.153. Que ejecutoriada que sea esta sentencia deberá oficiarse a las instituciones previsionales antes señaladas, para que procedan a la liquidación y cobro de las cotizaciones previsionales. III. Que las sumas que esta sentencia ordene pagar se reajustaran y devengaran intereses de acuerdo a lo previsto en el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo IV. Que cada parte pagara sus costas. Notifíquese y archívense los antecedentes en su oportunidad. Téngase a las partes por notificadas de

Fallo

se declara; I. Que se acoge la demanda interpuesta y siendo injustificado el despido de que fue objeto la trabajadora con fecha 23 de diciembre del 2022, por la causal de necesidades de la empresa, se condena a la demandada al pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones: a) $1.629.153 por indemnización sustitutiva de aviso previo. b) $6.516.612 por indemnización por años de servicio. c) $1.954.983 por recargo legal del 30% a la indemnización antes señalada. d) $335.000 por concepto de feriado legal. e) $56.019 por concepto feriado proporcional. II. No encontrándose acreditado el pago de las cotizaciones previsionales de la demandante, correspondiente a Afp Modelo en los periodos comprendidos entre marzo, abril, mayo, junio, julio, octubre, noviembre, diciembre de 2022; Isapre Cruz Blanca enero, febrero, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2022; y Afc Chile marzo a diciembre del 2022, se hace aplicación a lo dispuesto en el inciso quinto del artículo 162 del Código del Trabajo y se condena a la demandada al pago de remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen hasta que se produzca la convalidación del despido mediante el pago de las cotizaciones antes señaladas, a contar de la fecha de término de relación laboral el 23 de diciembre del 2022, teniendo como base una remuneración mensual bruta de $1.629.153. Que ejecutoriada que sea esta sentencia deberá oficiarse a las instituciones previsionales antes señaladas, para

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 18 DE MAYO DE 2023 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 14 (PRESENCIAL) RUC 23-4-0463061-K RIT O-1297-2023 MAGISTRADO CRISTIAN ALVAREZ MERCADO ADMINISTRATIVO DE ACTAS ANGELO VARGAS HORA DE INICIO 11:16 HORAS HORA DE TERMINO 11:27 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2340463061-K-1349-230518-00 Nº C

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