BANCO DEL ESTADO DE CHILE/MARTÍNEZ
Rol
C-885-2020
Fecha
20 de septiembre de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 18 de febrero de 2020 comparece la abogada doña Leyla Dennis Alvarez Pizarro en representación del Banco del Estado de Chile, empresa Autónoma de crédito del Estado, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo, actualmente don Juan Cooper Álvarez, chileno, casado, ingeniero comercial, RUT N° 9.096.866-1, ambos domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 1111, Piso 4, Santiago, quien interpone demanda ejecutiva en contra de doña Johanna Paola Martínez Villa, ignora profesión u oficio, con domicilio en Amador Gutiérrez 1315, Temuco, por las razones de hecho y de derecho que en su libelo expone. Con fecha 19 de abril de 2022 comparece el ejecutado, quien solicita se le tenga por notificado de la demanda ejecutiva y por requerido de pago, oponiendo en el mismo acto excepciones a la ejecución. Con fecha 06 de junio de 2022 se tuvo por evacuado el trámite conferido a la ejecutante en su rebeldía, se declararon admisibles las excepciones opuestas por la ejecutada y se recibió la causa a prueba, rindiéndose la que consta en autos. Con fecha 02 de septiembre de 2022 se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Con fecha 18 de febrero de 2020 comparece la abogada doña Leyla Dennis Alvarez Pizarro en representación del Banco del Estado de Chile, empresa Autónoma de crédito del Estado, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo, actualmente don Juan Cooper Álvarez, chileno, casado, ingeniero comercial, RUT N° 9.096.866-1, ambos domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 1111, Piso 4, Santiago, quien interpone demanda ejecutiva en contra de doña Martínez Villa Johanna Paola, ignora profesión u oficio, con domicilio en Amador Gutiérrez 1315, Temuco, por las razones de hecho y de derecho que en su libelo expone. Sostiene que su representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré que se acompaña en la demanda, que habría sido suscrito en calidad de deudora principal por doña Johanna Paola Martinez Villa. Agrega que el pagaré fue suscrito por la suma de $10.341.735, por concepto de capital, más un interés del 0.88% mensual, que el deudor se obligó a pagar en 58 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $231.216, cada una, salvo la última cuota de $231.244, todas con vencimiento los días 1 de cada mes, venciendo la primera de ellas el día 2 de Mayo de 2017. Indica que se estableció en el pagaré que en caso de mora o simple retardo en el pago de cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, intereses penales equivalentes al máximo convencional según las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de los demás derechos del acreedor, quedando facultado el Banco Código: FNGXXBXJCXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 del Estado de Chile para hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido en el caso de no pago de cualquiera de las cuotas en que se dividió la obligación. Sostiene que es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al día 1 de Agosto de 2019, inclusive, y todas las posteriores,
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas por la ejecutada y se recibió la causa a prueba, rindiéndose la que consta en autos. Con fecha 02 de septiembre de 2022 se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Con fecha 18 de febrero de 2020 comparece la abogada doña Leyla Dennis Alvarez Pizarro en representación del Banco del Estado de Chile, empresa Autónoma de crédito del Estado, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo, actualmente don Juan Cooper Álvarez, chileno, casado, ingeniero comercial, RUT N° 9.096.866-1, ambos domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 1111, Piso 4, Santiago, quien interpone demanda ejecutiva en contra de doña Martínez Villa Johanna Paola, ignora profesión u oficio, con domicilio en Amador Gutiérrez 1315, Temuco, por las razones de hecho y de derecho que en su libelo expone. Sostiene que su representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré que se acompaña en la demanda, que habría sido suscrito en calidad de deudora principal por doña Johanna Paola Martinez Villa. Agrega que el pagaré fue suscrito por la suma de $10.341.735, por concepto de capital, más un interés del 0.88% mensual, que el deudor se obligó a pagar en 58 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $231.216, cada una, salvo la última cuota de $231.244, todas con vencimiento los días 1 de cada mes, venciendo la primera de ellas el día 2 de Mayo de 2017. Indica que se estableció en el pagaré que
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Foja: 1 FOJA: 60 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-885-2020 CARATULADO : BANCO DEL ESTADO DE CHILE/MART NEZÍ Temuco, veinte de Septiembre de dos mil veintid só VISTOS: Con fecha 18 de febrero de 2020 comparece la abogada doña Leyla Dennis Alvarez Pizarro en representación del Banco del Estado de Chile, empresa Autónoma de crédito del Estado, r
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