3º Juzgado de Letras de la Serena

CHINCHÓN/GUTIÉRREZ

Rol

C-289-2020

Fecha

15 de septiembre de 2022

Materia

OTROS ORDINARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos graves que el tribunalá calificar seg n las circunstancias.”á ú Tercero. Que al examinar las respuestas proporcionadas por la testigo a las preguntas de tacha es posible advertir que la sta tieneé conocimiento de la demandada y de ciertas circunstancias de su vida personal, accediendo a ella en el marco de una relaci n laboral y deó cierta cercan a; no obstante, stas no evidencian de manera grave queí é la testigo tenga con la demandada una relaci n de amistad ntima, estoó í es, muy estrecha o de gran confianza como requiere la ley. Por esta raz n, procede desechar la tacha deducida por la demandante contraó Myriam Patricia Segovia Olivares, por la causal del n mero 7 delú art culo 358 del C digo de Procedimiento Civil. í ó II.- De la prueba. Cuarto. Que la parte demandante, a fin de acreditar sus dichos, rindi la siguiente prueba documental:ó A folio 48. Código: BLXVXBPNFBK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 1.- Certificado de nacimiento del hijo com n, Juan Pabloú Chinch n Guti rrez.ó é 2.- Certificado de nacimiento del hijo com n, Antonia Chinch nú ó Guti rrez.é 3.- Certificado de matrimonio de Ra l Chinch n.ú ó A folio 49. 4.- Comprobantes de transferencias desde la cuenta de Ra lú Chinch n a la cuenta de M nica Guti rrez, entre los a os 2014 aó ó é ñ 2017. 5.- Cartolas de cuenta corriente del demandante, del a o 2013,ñ destacadas en color verde las transferencias realizadas a la cuenta de M nica Guti rrez.ó é A folio 50. 6.- Certificado vigente de veh culos motorizados, correspondienteí al veh culo PPU FCWX-99.í 7.- Certificado vigente de veh culos motorizados, correspondienteí al veh culo PPU WK1429.í 8.- Cadena de mensajes v a Whatsapp, de fechas 2 de mayo deí 2017, 4 de mayo de 2017, 11 de abril de 2017, 18 de abril de 2017, 5 de abril de 2017, 5 de junio de 2017, incluyendo pantallazo de detalle cr dito hipotecario en Banco BBVA, enviados por la demandadaé al demandante.

Fundamentos

fundamentos deé hecho y de derecho. Relata que el a o 1989, comenzaron una relaci n amorosa con lañ ó demandada. Relaci n de concubinato que se prolong durante m s deó ó á 30 a os, terminando el 2018.ñ Agrega que de dicha relaci n, nacieron dos hijos, Juan Pabloó Chinch n Guti rrez, nacido el 18 de junio de 1998, c dula de identidadó é é N° 19.864.269-K, y Antonia Chinch n Guti rrez, nacida el 28 deó é octubre de 2000, c dula de identidad N° 20.458.530-K.é Refiere que durante todo el tiempo que dur la relaci n, hicieronó ó una vida de pareja y familia completa. Al efecto, ambos cuidaron y Código: BLXVXBPNFBK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 criaron a sus hijos; l, preocup ndose de trabajar y aportar al sustentoé á de la familia, y do a M nica Guti rrez de cuidar el hogar com n y añ ó é ú los hijos. Expone que en un comienzo do a M nica Guti rrez, ejerci unñ ó é ó trabajo remunerado, sin embargo al poco tiempo dej de hacerlo, poró cuanto su hija menor, Antonia, tiene S ndrome de Down, necesitandoí una atenci n mayor. Por lo anterior, l se constituy como el nicoó é ó ú sustento de la familia, hasta el d a de hoy.í Se ala que mientras dur la relaci n, se adquirieron una serie deñ ó ó bienes importantes, que fueron pagados directamente por su persona, pero en la actualidad est n a nombre de la demandada o bien fueroná transferidos a terceras personas. Entre ellos, hay inmuebles y veh culosí motorizados, algunos incluso fueron vendidos (veh culos) por laí demandada. Por lo anterior, afirma que entre Ra l Chinch n Contreras yú ó M nica Guti rrez Silva se form una comunidad de bienes; por cuantoó é ó sin haber sociedad entre las partes, hay cosas singulares que son objeto de dos due os, ya que ambos aportaron a su adquisici n y mantenci n.ñ ó ó Explica que m s all de lo que puedan se alar los respectivosá á ñ t tulos de dominio o los instrumentos que sirvieron como t tulosí í translaticios, l siempre ha pagado absolutamente todo en beneficio deé la familia. Fue l quien pag todos y cada uno de los dividendos delé ó inmueble en que vive actualmente la familia (M nica Guti rrez,ó é Antonia y Juan Pablo Chinch n Guti rrez), y contin a pagando losó é ú gastos de mantenci n de todos los bienes, gracias a la pensi nó ó alimenticia que les concede. Código: BLXVXBPNFBK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Por lo mismo, sostiene que estos bienes son comunes a los que fueron los miembros de la relaci n de concubinato, esto es, don Ra ló ú Chinch n Contreras y do a M nica Guti rrez Silva.ó ñ ó é Respecto a los bienes que ingresaron a la comunidad, se ala, enñ primer lugar, el inmueble que sirvi de residencia a la familia y queó en la actualidad es ocupado por la demandada y los hijos comunes, inscrito a fojas 4406 N° 3990 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de La Serena, correspondiente al a

Fallo

Fallo Rol 50369-2020, considerando noveno) D cimo quintoé . Que en lo que ata e a la cuesti n de lañ ó situaci n patrimonial de las personas unidas de hecho, como la que seó analiza en el caso sublite, resulta relevante para decidir su existencia no s lo la adquisici n de bienes en com n; el aporte de bienes en com nó ó ú ú y/o el incremento de los citados bienes en raz n del trabajo o laó industria de alguno o de ambas personas, sino tambi n aparece comoé un elemento relevante la colaboraci n al desarrollo de un proyecto enó conjunto que tienda a la satisfacci n de una gesti n de negocio que aó ó su vez se encuentra determinada por el apoyo moral y espiritual brindado por la pareja que pueden hacer posible el xito de la tareaé conjuntamente trazada. (Corte Suprema, ingresos rol Nº 9704-10, sentencia de 29 de septiembre de 2011 y Nº 8357-10, sentencia de 27 de diciembre de 2011). As , la Excelent sima Corte ha asentado que no toda relaci ní í ó afectiva de hecho, no matrimonial y con contenido sexual, da origen a una comunidad de bienes, no obstante, tambi n ha dicho que son lasé circunstancias de la especie las que podr n determinar su existencia, porá cuanto la contribuci n al buen xito de una gesti n de negocio -y eló é ó consecuente incremento patrimonial a lo largo del tiempo- encuentra su origen en una serie de elementos, algunos de ellos intangibles pero no por eso menos importantes, como son la estabilidad emocional y espiritual que ocasiona una relaci n de pareja y

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Foja: 1 FOJA: 89 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : C-289-2020 CARATULADO : CHINCH N/GUTI RREZÓ É La Serena, quince de Septiembre de dos mil veintid só Vistos. En lo principal de la presentaci n ingresada en fechaó veintid s de enero de dos mil veinte, a folio 1, ampliadaó mediante escrito de fecha veintitr s de abril del mismo a o, aé ñ

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