BANCO DE CHILE/CATAN
Rol
C-1999-2020
Fecha
15 de septiembre de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
C-1999-2020 Foja: 1 FOJA: 46 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-1999-2020 CARATULADO : BANCO DE CHILE/CATAN Santiago, quince de Septiembre de dos mil veintid só Vistos. Con fecha 24 de enero de 2020, comparecen do a Denisse Alejandrañ Barraza D az y don Leonel Contreras Carrasco, abogados, ení representaci n del Banco de Chile, sociedad an nima bancaria, del giro deó ó su denominaci n, representada a su vez por su gerente general donó Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en calle Compa a 1390 Piso 5 Of 505, Santiago, quienesñí deducen demanda ejecutiva en contra de do a Yessica Alejandra Catanñ Gonzalez, ignora profesi n u oficio, domiciliado en Luis Rodr guez Velascoó í 4717 Depto 307, Comuna De Las Condes. Con fecha 27 de marzo de 2020, se orden despachar mandamientoó de ejecuci n y embargo.ó Con fecha 01 de junio de 2020, el ejecutado opuso las excepciones del numeral s ptimo, segundo, d cimo cuarto y d cimo primero del art culoé é é í 464 del C digo de Procedimiento Civil.ó Con fecha 05 de junio de 2020, la ejecutante evacu el trasladoó conferido. Con fecha 09 de junio de 2020, se declararon admisibles las excepciones y, con su m rito, se recibi la causa a prueba.é ó Con fecha 17 de agosto de 2022, encontr ndose la causa en estado,á se cit a las partes a o r sentencia.ó í Código: LKDVXBZHMXJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1999-2020 Foja: 1 Considerando. Primero: Que do a Denisse Alejandra Barraza D az y don Leonelñ í Contreras Carrasco, en representaci n del Banco de Chile,ó interponen demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de do a Yessica Alejandraé ñ Catan Gonzalez, ya individualizados. Fundamentando su demanda, se ala que su representado es due o delñ ñ pagar a la orden, suscrito por do a Yenifer Suazo Suazo y por doné ñ H ctoré Moreno Flores, ambos en representaci n del
Fundamentos
fundamentos en que se basa la excepci n carecen deó asidero jur dico para ser acogidos, por lo que ser desestimada la excepci ní á ó analizada, como se dir en lo resolutivo de esta sentencia.á Sexto: Que, la ejecutada funda la excepci n del numeral segundo deló art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, esto es, la falta deí ó capacidad del demandante o de personer a o representaci n legal de quiení ó comparezca en su nombre, en el hecho de no constar en autos documento que permita acreditar la personer a de quienes comparecen a nombre de laí ejecutada. S ptimo:é Que, al evacuar el traslado conferido, la ejecutante se alñ ó que dicha excepci n deber ser rechazada por carecer de todo fundamento,ó á ya que se ha acreditado fehacientemente en autos, tanto la personer a de losí abogados patrocinantes, esto es, do a Denisse Alejandra Barraza D az y donñ í Leonel Contreras Carrasco, como la del gerente general del Banco de Chile, don Eduardo Ebensperger Orrego, para actuar en representaci n deló demandante. Octavo: Que, para resolver la excepci n, ha de tenerse presente queó el ejecutado no objet en forma legal el mandato judicial acompa ado conó ñ fecha 24 de enero de 2020, y ofrecido en el tercer otros de la presentaci ní ó de misma fecha, por lo que resulta aplicable en la especie la norma contenida en el art culo 342 del C digo de Procedimiento Civil, ení ó particular su numeral segundo. En este contexto ha de recordarse que el art culo 6 del C digo deí ó Procedimiento Civil dispone que El que comparece en juicio a nombre de“ otro, en desempe o de un mandato o en ejercicio de un cargo que requierañ especial nombramiento, deber exhibir el t tulo que acredite suá í representaci n .ó ” De esta forma, aparece de manifiesto que quien comparece con fecha 24 de enero de 2020, do a Denisse Alejandra Barraza D az y don Leonelñ í Contreras Carrasco, han acompa ado con la misma fecha el documento enñ donde consta la facultad de representaci n, en su mandato judicial (copiaó Código: LKDVXBZHMXJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1999-2020 Foja: 1 autorizada de la escritura p blica de fecha 16 de noviembre de 2017,ú celebrada en la Notar a de don Ren Benavente Cash), con lo cual seí é cumple cabalmente la exigencia de la norma se alada en el p rrafoñ á precedente, raz n por la cual procede el rechazo de dicha excepci n.ó ó Noveno: Que, la ejecutada funda la excepci n del numeral d cimoó é cuarto del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, esto es, laí ó nulidad de la obligaci n, en virtud de que el mandatario obr fuera de losó ó l mites del mandato y fuera de las facultades conferidas por el mandante,í por lo que el pagar es inoponible a este y por ende carece de m ritoé é ejecutivo. A su vez agrega que la inoponibilidad se trasforma en nulidad por la transgresi n de las ideas fundantes de buena fe, probidad y conflicto deó intereses que se encuentran en actos que constituyen u
Fallo
se declararon admisibles las excepciones y, con su m rito, se recibi la causa a prueba.é ó Con fecha 17 de agosto de 2022, encontr ndose la causa en estado,á se cit a las partes a o r sentencia.ó í Código: LKDVXBZHMXJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1999-2020 Foja: 1 Considerando. Primero: Que do a Denisse Alejandra Barraza D az y don Leonelñ í Contreras Carrasco, en representaci n del Banco de Chile,ó interponen demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de do a Yessica Alejandraé ñ Catan Gonzalez, ya individualizados. Fundamentando su demanda, se ala que su representado es due o delñ ñ pagar a la orden, suscrito por do a Yenifer Suazo Suazo y por doné ñ H ctoré Moreno Flores, ambos en representaci n del Banco de Chile y estos a suó vez en representaci n de do a Yessica Alejandra Catan Gonzalez, por eló ñ monto de $ 17.159.399.- concepto de capital. Agrega que dicha obligaci n se pagar a en 12 cuotas de acuerdo aló í siguiente programa de amortizaciones: 11 cuotas, mensuales, iguales y sucesivas de $1.532.444.-, cada una de ellas, excepto la ltima por la sumaú de 1.532.445.-, venciendo la primera de ellas el 29 de junio del 2018. Expresa que se estipul que el simple retardo y/o mora en el pagoó ntegro y oportuno de todo o parte de una de las cuotas, facultar a alí í acreedor para exigir el total de la deuda o del saldo a que se encontrara reducida, consider ndose en tal evento la obligaci n como d
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C-1999-2020 Foja: 1 FOJA: 46 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-1999-2020 CARATULADO : BANCO DE CHILE/CATAN Santiago, quince de Septiembre de dos mil veintid só Vistos. Con fecha 24 de enero de 2020, comparecen do a Denisse Alejandrañ Barraza D az y don Leonel Contreras Carrasco, abogados, ení representaci n del Banco de Chile, sociedad an
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