11º Juzgado Civil de Santiago

VILLAGRÁN/IUSTRE MUNICIPALIDAD DE MAIPU

Rol

C-9211-2021

Fecha

14 de septiembre de 2022

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: Que compareció don Emilio Fernando Villagrán Villagrán, técnico electrónico, con domicilio en pasaje Tres Galicia 3219, comuna de Maipú, deduciendo demanda de prescripción extintiva de la acción de cobro de derechos de aseo municipal, en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, persona jurídica de derecho público, representada legalmente por don Tomás Vodanovic Escudero, alcalde, ambos con domicilio en Avenida Cinco de Abril 260, comuna de Maipú, a fin de declarar la prescripción extintiva de las acciones de cobro de derechos de aseo municipal impagos, más sus respectivos reajustes, intereses y eventuales multas respecto de la propiedad ubicada en pasaje Tres Galicia 3219, comuna de Maipú, correspondiente al periodo comprendido entre el 30 de septiembre del 2005 al 30 de septiembre del 2016, ascendentes a la suma de $848.002.- (ochocientos cuarenta y ocho mil dos pesos) o la cantidad que se determine conforme a derecho. Manifestó ser dueño del inmueble ubicado en Tres Galicia 3219, comuna de Maipú. Precisó que, respecto de esta propiedad, existen derechos de aseo que se encuentran pendientes de pago, desde el 30 de septiembre del 2005 al 30 de junio del 2021 según consta en documento denominado “informe de deuda derechos de aseo”, que se acompaña. Señala que consta que existe un período de derechos de aseo pendientes de pago, que abarca desde el 30 de septiembre del 2005 al 30 de septiembre del 2016 respecto del cual, ha transcurrido un plazo superior al establecido por la ley para que se declare la prescripción de la acción de cobro de dichos derechos de aseo municipal, con sus respectivos reajustes, intereses y multas. Código: SXXLXBXXMMJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En el aspecto jurídico fundamentó su demanda en los artículos 2493, 2514 y 2515 del Código Civil,

Fundamentos

considerando como plazo de prescripción el de carácter general de las acciones ordinarias de cinco años. Por escrito de 9 de septiembre de 2022, compareció don Mauricio Estrada Hormazábal, abogado de la I. Municipalidad de Maipú, en su representación judicial, ambos con domicilio en Avenida Primera Transversal N°1840, comuna de Maipú, contestando demanda deducida en su contra, allanándose a la demanda promovida, respecto de la pretensión que se declare por el tribunal la prescripción extintiva del cobro de los derechos de aseo domiciliario, cuyos vencimientos acaecieron en el período comprendido entre el 30 de septiembre del 2005 al 30 de septiembre del 2016, ambas fechas inclusive y sólo respecto de dicho lapso. Solicita además no se le condene en costas, por cuanto ha tenido motivo plausible para litigar. Mediante resolución de 13 de septiembre de 2022 se omitió la recepción de la causa a prueba, y se citó, derechamente, a las partes a oír sentencia. Considerando: Primero: Que compareció don Emilio Fernando Villagrán Villagrán, deduciendo demanda de prescripción extintiva de la acción de cobro de derechos de aseo municipal, en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, persona jurídica de derecho público, representada legalmente por don Tomás Vodanovic Escudero, a fin de declarar la prescripción extintiva de las acciones de cobro de derechos de aseo municipal impagos, más reajustes, intereses y eventuales multas respecto de la propiedad ubicada en pasaje Tres Galicia 3219, comuna de Maipú, correspondiente al periodo comprendido entre el 30 de Septiembre del 2005 al 30 de Septiembre del 2016, ascendentes a la suma de $848.002.- (ochocientos cuarenta y ocho mil dos pesos) o la cantidad que se determine conforme a derecho. Fundamentó demanda ejecutiva en antecedentes de hecho y de derecho expuestos en la parte expositiva de esta sentencia. Segundo: Que la demandada se encuentra allanada tanto a los hechos como al derecho, respecto del período de prescripción a que se refiere la demanda. Código: SXXLXBXXMMJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Tercero: Que el artículo 2492 del Código Civil establece que la prescripción “es un modo de adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse poseído las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los demás requisitos legales”. Con la prescripción extintiva, el deudor busca hacer desaparecer a acción del acreedor que permitiría compelerle al deber de prestación. Para explicar la fundamentación de la prescripción extintiva, la tesis objetiva ha sido la más adherida por la doctrina y la jurisprudencia, al ponerse el acento en el carácter social y de orden público de la prescripción, porque su fundamento está en el interés que existe en el derecho en consolidar situaciones pendientes. Hay en ello un interés general de orden económico y jurídico

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales citadas y visto, además lo dispuesto en artículos 160, 161, 170, 273, y siguientes del Código de Procedimiento Civil; 1698, 2492, 2515 y 2521 y demás pertinentes del Código Civil, se decide: I. Que se acoge la demanda de declaración prescripción extintiva interpuesta por don Emilio Fernando Villagrán Villagrán, en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, sólo en cuanto se declaran prescritas las acciones de cobro de derechos de aseo municipales adeudados por la propiedad ubicada en pasaje Tres Galicia 3219, comuna de Maipú, respecto de las cuotas con vencimiento desde el 30 de septiembre del 2005 al 30 de septiembre del 2016, ambas inclusive. II. Que cada parte pagará sus costas. Regístrese, notifíquese y archivase en su oportunidad. Rol N° C-9211-2021. Pronunciada por don Patricio Hernández Jara, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, catorce de septiembre de dos mil veintidós. Código: SXXLXBXXMMJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-09-14T16:22:24-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-9211-2021 CARATULADO : VILLAGRÁN / I. MUNICIPALIDAD DE MAIPU Santiago, catorce de septiembre de dos mil veintidós. Visto: Que compareció don Emilio Fernando Villagrán Villagrán, técnico electrónico, con domicilio en pasaje Tres Galicia 3219, comuna de Maipú, deduciendo demanda de prescripción extintiva de la acc

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