2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

MENDEZ/RAMÍREZ

Rol

M-261-2023

Fecha

17 de mayo de 2023

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Feriado proporcional, Indemnización de trabajadora de casa particular, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos contenidos en la demanda y proceda a dictar sentencia. SENTENCIA Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva. VISTOS, OÍDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Parte resolutiva En consecuencia y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 162, 163, 168, 172 del Código del Trabajo además de los artículos 454 y siguientes todos del mismo Código del Trabajo,

Fallo

se declara: I. Que, acoge en todas sus partes la demanda de autos considerándose injustificado el despido de que fue objeto la actora el día 28 de octubre del 2022 y en este acápite, entonces, se condena al demandado a pagar las siguientes prestaciones: -Indemnización sustitutiva del aviso previo $750.000.- -Indemnización del artículo 163 del Código del Trabajo, correspondientes al 4,11%, $160.313.- -Feriado proporcional no pagado, ni acreditada su compensación $196.875.- II. Que además se declara nulo el despido del cual fue objeto la actora, por lo tanto, la demandada deberá enterar en las instituciones AFP PROVIDA, AFC CHILE y FONASA las cotizaciones previsionales de la actora a razón de $750.000.- mensuales, durante todo el periodo trabajado, esto es, desde el 13 de junio hasta el 28 de octubre ambas del 2022, y además se seguirán devengando las remuneraciones y cotizaciones previsionales de la demandante mientras no se convalide legalmente el despido, a razón de $750.000.- mensuales. III. Que, atendida su incomparecencia injustificada y el hecho de haber perdido completamente la demanda, se condena en costa a la parte demandada y se regulan prudencialmente las mismas en la suma de $500.000.- IV. Que, todas las cantidades antes indicadas se deberán pagar con intereses y reajustes del artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. V. Ejecutoriada que se encuentre la presente resolución cúmplase con lo dispuesto en ella de lo contrario certifíquese lo que corresponda y remítan

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO DE RECLAMO MONITORIO FECHA 17 DE MAYO DE 2023 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 05 RUC 23-4-0455048-9 RIT M-261-2023 MAGISTRADO GONZALO FIGUEROA EDWARDS ADMINISTRATIVA DE ACTAS DANIELA GARÍN ABARZÚA HORA DE INICIO 10:19 HORAS HORA DE TÉRMINO 10:26 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2340455

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