LUNA/GEOIN LIMITADA
Rol
O-1191-2022
Fecha
18 de mayo de 2023
Materia
Costas, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Multa, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones, Reajustes e intereses, Subterfugio
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en los artículos 5, 7, 162, 168, 172 y 432 siguientes del Código del Trabajo y articulo 144 del Código de Procedimiento Civil, resuelve que: A.- Se acoge la demanda intentada por doña Dayan Naranjo Tapia, en representación de don Oscar Eduardo Luna Tapia cédula de identidad 11.259.949-5 en contra de Geoin Limitada, RUT 77.032.652-4, ya individualizado anteriormente por despido injustificado, indebido o improcedente y cobro de prestaciones, y se declara que el despido del cual fue objeto el trabajador es indebido toda vez que no se ha dado cumplimiento con lo establecido en el art. 159 n°5 respecto de la causal que se ha invocado no dándose los supuestos facticos que establece dicha norma, se entiende que la relación laboral que se inició el 11 de agosto del año 2021, terminó de manera indebida el 31 de julio del año 2022, por lo que la demandada deberá pagar al actor, las siguientes prestaciones. 1.- Indemnización sustitutiva del aviso previo, por la suma de $960.000.- 2.- Indemnización especial establecida en el art. 163 del Código del Trabajo, en razón de la duración de la relación laboral, por la suma de $960.000.- 3.- Lucro cesante por la suma de $3.840.000.- 4.-Feriado proporcional por la suma de $594.560.- 5.- Que conforme a lo dispuesto en el artículo 63 y/o 173 del Código Laboral, las sumas que han sido condenadas a pagar la demandada generan los respectivos ajustes e intereses legales. 6.- Se accede la demanda de nulidad del despido, debiendo aplicarse la sanción del art. 162 inciso quinto pagándose las remuneraciones que correspondan hasta la completa convalidación del despido por un monto de remuneración mensual de $960.000.- 7.- Impútese en las futuras liquidaciones a las sumas que fue condenada a la demandada, los pagos realizados por Mantos Cooper S.A en virtud del Avenimiento celebrado por la demandante. 8.- Que se condena a la demandada al pago de las costas, reguladas en 1 ingreso mínimo para fines remuneraciones, según el artí
Fundamentos
CONSIDERANDO:
Fallo
En mérito de lo expuesto, y visto lo dispuesto en los artículos 5, 7, 162, 168, 172 y 432 siguientes del Código del Trabajo y articulo 144 del Código de Procedimiento Civil, resuelve que: A.- Se acoge la demanda intentada por doña Dayan Naranjo Tapia, en representación de don Oscar Eduardo Luna Tapia cédula de identidad 11.259.949-5 en contra de Geoin Limitada, RUT 77.032.652-4, ya individualizado anteriormente por despido injustificado, indebido o improcedente y cobro de prestaciones, y se declara que el despido del cual fue objeto el trabajador es indebido toda vez que no se ha dado cumplimiento con lo establecido en el art. 159 n°5 respecto de la causal que se ha invocado no dándose los supuestos facticos que establece dicha norma, se entiende que la relación laboral que se inició el 11 de agosto del año 2021, terminó de manera indebida el 31 de julio del año 2022, por lo que la demandada deberá pagar al actor, las siguientes prestaciones. 1.- Indemnización sustitutiva del aviso previo, por la suma de $960.000.- 2.- Indemnización especial establecida en el art. 163 del Código del Trabajo, en razón de la duración de la relación laboral, por la suma de $960.000.- 3.- Lucro cesante por la suma de $3.840.000.- 4.-Feriado proporcional por la suma de $594.560.- 5.- Que conforme a lo dispuesto en el artículo 63 y/o 173 del Código Laboral, las sumas que han sido condenadas a pagar la demandada generan los respectivos ajustes e intereses legales. 6.- Se accede la demanda de nulid
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JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA AUDIENCIA DE JUICIO FECHA Antofagasta, a dieciséis de mayo de dos mil veintitrés. MAGISTRADO EDUARDO MACHUCA CERECEDA HORA DE INICIO 10:50 Horas. HORA DE TERMINO 12:35 Horas. ENCARGADO DE ACTA Marcela Opazo Mancilla. SALA 6 RUC 22-4-0430682-4 RIT O-1191-2022 Registro de audio N° 224430682-4-1335 PARTES INDIVIDUALIZACION y COMPARE
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