1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

TECNOLOGÍA EN MADERA CHILE LTDA./AFP PROVIDA S.A.

Rol

O-105-2023

Fecha

16 de mayo de 2023

Materia

Cotizaciones Previsionales

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos y alegaciones. Comparece el abogado ENRIQUE ANIBAL APEZETCHE MENARES en representación judicial de Tecnología en Madera Chile Limitada, sociedad comercial del giro de su denominación, Rol Único Tributario 78.336.580-4 representada por don Félix José Del Olmo López, Cédula Nacional de Identidad N° 8.978.455-3 todos con domicilio en Centeno 1430 Santiago Centro e interpone demanda de prescripción extintiva y obligatoria en procedimiento ordinario de aplicación general en contra AFP PROVIDA, persona jurídica del giro de su denominación, con Rol Único Tributario número 76.256.736-8 representada por su gerente general don Santiago Donoso V., domiciliados estos en Avenida Pedro de Valdivia número 100 comuna de Providencia. Por dichas consideraciones normas legales citadas y de lo expuesto en el artículo 420 letra c) del Código del Trabajo, artículo 76 inciso 2° de la Constitución Política de la República, en relación al artículo 10 inciso 2° del Código Orgánico de Tribunales, artículo 2.492, 2.493, 2.497 y 2.515 el Código Civil y artículo 19 inciso 20, artículo 84 inciso 2° de la Ley 19.728 que establece seguro de desempleo y en relación a las normas de la Ley 17.322 que resulten pertinentes y 446 a 442 del Código del Trabajo se declara: Que la obligación de enterar las cotizaciones previsionales correspondientes a los siguientes trabajadores y por los siguientes periodos, así como las acciones de cobro de estas prestaciones y sus intereses, reajustes y multas, se encuentran prescritas para todos los efectos legales. I.- Periodo septiembre del año 2004, trabajador, Victor Chacón Castro, 11.874.084-K, por la suma de $41.712; Eduardo Iván Magnare Gómez, 10.162.453-6, por la suma de $15.348; Agustín Paillan Millafil, 14.468.285-8 por la suma de $42.347; Luis Soto Beltrán, 8.561.528-1, por la suma de $33.320.- Por el mes de octubre del año 2004, don Victor Chacón Castro, 11.874.084-k, por la suma de $53.359; Agustín Paillan Millafil, 14.468.285-8, por la suma de $35.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO. Individualización de las partes, síntesis de los hechos y alegaciones. Comparece el abogado ENRIQUE ANIBAL APEZETCHE MENARES en representación judicial de Tecnología en Madera Chile Limitada, sociedad comercial del giro de su denominación, Rol Único Tributario 78.336.580-4 representada por don Félix José Del Olmo López, Cédula Nacional de Identidad N° 8.978.455-3 todos con domicilio en Centeno 1430 Santiago Centro e interpone demanda de prescripción extintiva y obligatoria en procedimiento ordinario de aplicación general en contra AFP PROVIDA, persona jurídica del giro de su denominación, con Rol Único Tributario número 76.256.736-8 representada por su gerente general don Santiago Donoso V., domiciliados estos en Avenida Pedro de Valdivia número 100 comuna de Providencia. Por dichas consideraciones normas legales citadas y de lo expuesto en el artículo 420 letra c) del Código del Trabajo, artículo 76 inciso 2° de la Constitución Política de la República, en relación al artículo 10 inciso 2° del Código Orgánico de Tribunales, artículo 2.492, 2.493, 2.497 y 2.515 el Código Civil y artículo 19 inciso 20, artículo 84 inciso 2° de la Ley 19.728 que establece seguro de desempleo y en relación a las normas de la Ley 17.322 que resulten pertinentes y 446 a 442 del Código del Trabajo

Fallo

se declara: Que la obligación de enterar las cotizaciones previsionales correspondientes a los siguientes trabajadores y por los siguientes periodos, así como las acciones de cobro de estas prestaciones y sus intereses, reajustes y multas, se encuentran prescritas para todos los efectos legales. I.- Periodo septiembre del año 2004, trabajador, Victor Chacón Castro, 11.874.084-K, por la suma de $41.712; Eduardo Iván Magnare Gómez, 10.162.453-6, por la suma de $15.348; Agustín Paillan Millafil, 14.468.285-8 por la suma de $42.347; Luis Soto Beltrán, 8.561.528-1, por la suma de $33.320.- Por el mes de octubre del año 2004, don Victor Chacón Castro, 11.874.084-k, por la suma de $53.359; Agustín Paillan Millafil, 14.468.285-8, por la suma de $35.787; Luis Soto Beltrán, 8.561.528-1 $28.825.- Por el mes de diciembre del año 2004, don Victor Chacón Castro, 11.874.084-k, por la suma de $69.009; Agustín Paillan Millafil 14.468.285-8, por la suma de $31.726; Luis Soto Beltrán, 8.561.528-1, por la suma de $36.565.- Por el mes de marzo del año 2005, don Pedro Gabriel Avello Carrasco, 7.030.958-0, por la suma de $1.225; Juan Bustamante Becerra, 8.602.833-6, por la suma de $44.331; Manuel Cádiz Torres, 7.315.691-2, por la suma de $18.375; Victor Chacón Castro, 11.874.084-k, por la suma de $ 91.635; Edgardo Luna Erices, 11.418.601-5, por la suma de $18.375; Juan Mena Peña, 7.546.592-0, por la suma de $2.450; Daniel Núñez Barahona, 7.472.755-7, por la suma de $12.250; Jaime Núñez Barahona, 9

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO (Audiencia Presencial) FECHA Santiago, 16 de mayo de 2023 RUC 23-4-0451412-1 RIT O-105-2023 CARATULADO TECNOLOGÍA EN MADERA CHILE LTDA. / AFP PROVIDA S.A. MAGISTRADO JOSÉ ALFREDO BRIONES ESCOBAR ADMINISTRATIVO DE ACTAS CLAUDIO SEPÚLVEDA PINO HORA DE INICIO 12:00 HORA DE TERMINO 12:33

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