Juzgado de Letras de La Calera

BRIONES/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CALERA

Rol

C-937-2022

Fecha

12 de septiembre de 2022

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: PRIMERO: Con fecha 06/07/2022, folio 1, comparece CLARA FABIOLA BRIONES ASTUDILLO, c dula de identidad N 14.252.619-0, cesante, domiciliadaé º en Avenida Las Am ricas Block N 408, Depto. N 33, La Calera, interponiendoé ° ° demanda ordinaria de prescripci n extintiva de la acci n de cobro de derechos de aseoó ó municipal, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CALERA, entidad de derecho p blico representada por su Alcalde, Jhonny Piraino Meneses, ignoraú profesi n u oficio, ambos domiciliados en Marathon, 312, La Calera, solicitando teneró por interpuesta demanda, acogerla en tramitaci n y en definitiva, declarar, que seó encuentra prescrita la acci n judicial del municipio se alado, en su contra, paraó ñ demandar judicialmente el pago de los montos indicados en el Certificado de deuda de“ aseo domiciliario , emitido el 02 de mayo del a o 2022 folio N 2325, solo en lo que” ñ ° dice relaci n a la deuda devengada entre el 30 de marzo del a o 2013 hasta el 30 deó ñ noviembre del a o 2013, hoy por un valor total de $125.857, con costas.ñ Con fecha 11/07/2022, folio 5, se da curso a la demanda. Con fecha 04/08/2022, folio 7, consta notificaci n a la demandada conforme aó lo dispuesto en el art culo 44 del C digo de Procedimiento Civil realizada con fecha 04í ó de agosto de 2022. Con fecha 10/08/2022, folio 09, comparece la demandada contestando solicitando tener presente su allanamiento integro. Con fecha 11/08/2022, folio 11, se confiere traslado para la r plica. é Con fecha 12/08/2022, folio 12, la demandante evacua r plica.é Con fecha 16/08/2022, a folio 13, se cit a las partes a o r sentencia.ó í SEGUNDO: Que con fecha 06/07/2022, folio 1, comparece CLARA FABIOLA BRIONES ASTUDILLO, c dula de identidad N 14.252.619-0, cesante, domiciliadaé º en Avenida Las Am ricas Block N 408, Depto. N 33, La Calera, interponiendoé ° ° demanda ordinaria de prescripci n extintiva de la acci n de cobro de derechos de aseoó ó municipal, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD

Fundamentos

CONSIDERANDO:| S PTIMO: É Que, a partir del Certificado de deuda acompa ado por la demandante, señ da cuenta del hecho de existir una deuda por concepto de derechos de aseo municipal, respecto del inmueble ubicado en calle Av. Las Am ricas Block N 408, Depto. N 53,é ° ° La Calera, asociado a la contribuyente, Clara Briones Astudillo, en favor de la Municipalidad de La Calera, documento que ilustra encontrarse pendientes de pago las cuotas por aseo desde originadas en raz n del convenio 2803 del a o 2012,ó ñ comprendiendo entre las cuotas, d cima a la doceava, vencidas con fecha 30/03/2013 yé Código: XBHXXBWBFHX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 30/05/2013 respectivamente, asimismo, las cuotas tercera y cuarta del a o 2013,ñ vencidas con fecha 30/09/2013 y 30/11/2013 respectivamente, y tambi n las cuotas 4é cuotas correspondientes al a o 2022, vencidas respectivamente los d as 30/04/2022,ñ í 30/06/2022, 30/09/2022 y 30/11/2022, alcanzando una deuda pendiente por todo el per odo por un total por $181.594.í OCTAVO: Que, en la Escritura de Compraventa acompa ada, se verifica que lañ demandante compr el inmueble ubicado en ó calle Av. Las Am ricas N 408,é ° departamento 53, La Calera, que resulta coincidente con el inmueble sobre el cual recae la deuda de aseo, materia de estos autos, por lo que en raz n de ello, se tendr enó á cuenta que el art culo 9 inciso 3 del Decreto Ley 3.063 sobre rentas municipales,í ° dispone que El derecho de aseo ser pagado por el due o o por el ocupante de la“ á ñ propiedad, ya sea usufructuario, arrendatario o mero tenedor, sin perjuicio de la responsabilidad que afecte al propietario , por lo que habiendo comparecido,” Clara Briones Astudillo, arrog ndose calidad de due a de la propiedad, teniendo presente loá ñ dispuesto en el art culo 700 del C digo Civil, que consagra que La posesi n es laí ó “ ó tenencia de una cosa determinada con nimo de se or o due o, sea que el due o o elá ñ ñ ñ que se da por tal tenga la cosa por s mismo, o por otra persona que la tenga en lugar yí a nombre de l. é [] El poseedor es reputado due o, mientras otra persona no justificañ serlo , de esta manera, no existiendo otro que justifique la calidad de due o, por lo que” ñ el s lo hecho de detentar la posesi n en calidad de due a, acompa ado un t tulo, la haceó ó ñ ñ í responsable del pago de los derechos de aseo que recaen sobre el inmueble, como se indica en el certificado de deuda, cuyo rol de aval o corresponde al 01174.00301, y porú ello se encuentra legitimada para interponer la acci n de autos.ó NOVENO: Que en virtud de los considerandos precedentes, y conforme el art culo 313í del C digo Civil, que dispone; Si el demandado acepta llanamente las peticiones deló “ demandante, o si en sus escritos no contradice en materia substancial y pertinente los hechos sobre que versa el juicio, el tribunal mandar citar a las partes para o r sentenciaá í definitiva, una vez evacuado

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos 144, 160, 170, 254,í 704 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, 1698, 2492, 2514 y 2515 del C digoó ó Código: XBHXXBWBFHX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Civil y Decreto 2385, del a o 1996 que fija texto refundido y sistematizado del Decretoñ Ley N 3.063, de 1979 Sobre Rentas Municipales, ° SE DECLARA: I. Que SE ACOGE la demanda de prescripci n extintiva interpuesta poró CLARA FABIOLA BRIONES ASTUDILLO, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CALERA, y en consecuencia, se declara prescrita la acci n judicial de cobro por derechos de aseo que se encuentran pendientes deó pago, referidos a la propiedad ubicada en calle Av. Las Am ricas Block Né ° 408, Depto. 53, La Calera, y cuyo n mero de rol es el ú 01174.00301, entre el 30/03/2013 hasta el 30/11/2013, ambas fechas incluidas. II. Que no se condena en costas a la parte demandada, por haberse allanado. Rol C-937-2022 Dictada por do a ñ Deisy Machuca Cabrera, Juez Suplente del Juzgado de Letras de La Calera. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en La Calera, doce de Septiembre de dos mil veintid só Código: XBHXXBWBFHX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-09-12T18:32:51-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de La Calera CAUSA ROL : C-937-2022 CARATULADO : BRIONES /ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CALERA Fecha de inicio : 06/07/2022 Fecha cit. o r sentí : 16/08/2022 La Calera, doce de Septiembre de dos mil veintid só VISTO: PRIMERO: Con fecha 06/07/2022, folio 1, comparece CLARA FABIOLA BRIONES ASTUDILLO, c dula de identidad N 14.252.619-0, cesant

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