RIQUELME/
Rol
V-86-2022
Fecha
12 de septiembre de 2022
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
hechos podrían ver aumentada la cabida de sus predios. DÉCIMO SEGUNDO: Que, así también ha sido resuelto por nuestra Excma. Corte Suprema de Justicia, en causa Rol 41.787-2017, con fecha 26 de febrero de 2018, al sostener que una solicitud de rectificación de cabida, “supone modificar en forma sustantiva los aspectos más relevantes de la individualización del predio, cuestión que, como advirtieron los sentenciadores, tiene el claro potencial de afectar derechos de terceros, en particular, de los dueños de los inmuebles colindantes quienes podrían ver disminuida su cabida, al menos la aparente o formal, en directa correlación con el aumento que experimentaría el de propiedad de los solicitantes”. En este mismo sentido se ha pronunciado nuestra Excma. Corte Suprema en causa Rol 39.619-2021 y 75.776- 2021. DÉCIMO TERCERO: Que, en consecuencia, en base a los argumentos expuestos precedentemente, no es posible por la vía voluntaria efectuar modificaciones en los títulos de dominio en el sentido solicitado, siendo necesario, por tanto, la tramitación de un juicio declarativo de lato conocimiento a efectos de solucionar el presente conflicto, concediendo el derecho a las partes de efectuar sus alegaciones, presentar sus defensas y rendir prueba. Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos Siguientes 13 y 18 del Reglamento del Conservador de Bienes Raíces, se Resuelve: Que no se hace lugar, a la reclamación contenida a Folio 1. Rol V-86-2022.- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Chillán, doce de Septiembre de dos mil veintidós. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 11 de septiembre de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Que, a folio 1, con fecha 7 de junio de 2022, comparece don Sergio Hernández Gutiérrez, casado, domiciliado en Chillán, Purén 667 en calidad de mandatario especial de doña Rosa Miriam Riquelme Hernández y debidamente patrocinado a través de abogado habilitado en esta gestión; quien solicita, de conformidad a lo establecido en los artículos 18 y 19 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces y previo informe del Conservador de Bienes Raíces de Chillán, se acoja la presente solicitud y en definitiva se ordene la inscripción del plano y rectificación de superficies y deslindes del predio que individualiza. Expone que por escritura pública suscrita ante el Notario Público de Chillán don Sergio Condeza Neuber, con fecha 25 de Julio del año 2005, doña Rosa Miriam Riquelme Hernández, adquiere por compraventa celebrada con don Benigno Nolberto Riquelme Barrientos, la propiedad denominada Hijuela número seis y siete del antiguo Fundo Loma Alta o Trelencas de Recinto, comuna de Pinto de este departamento, Provincia de Ñuble, Octava Región, que miden y deslindan en particular: Hijuela número Seis, de cincuenta y dos mil doscientos cincuenta y tres metros cuadrados de superficie equivalentes a tres cuadras y un tercio de terreno aproximadamente y con los siguientes deslindes: Norte, en noventa y tres metros, con camino público Chillán a Las Termas; Sur, en noventa y tres metros, con camino vecinal; Oriente, en quinientos setenta metros, con hijuela número siete; Poniente, en seiscientos metros con predio de Eliecer Riquelme; e Hijuela número Siete, ubicada contigua a la anterior, que tiene una superficie de más o menos doce y media cuadras de extensión, o sea, ciento noventa y tres mil quinientos cuarenta y tres metros cuadrados, con los siguientes deslindes particulares: Norte, en trescientos cuarenta y tres metros, con camino público; Sur, en cuatrocientos sesenta y nueve metros, con predio de la sucesión Riquelme Bello, camino vecinal de por medio; Oriente, en cuatrocientos setenta y dos metros con predio de don Manuel Aqueveque; Poniente, en quinientos setenta metros, con Hijuela Número Seis. El título de dominio corre inscrito a fojas 10871 vuelta, número 4651, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Chillán del año 2005 y el título anterior a fojas 4624, número 3355 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Chillán del año 1999.- Rol de avalúos del Servicio de Impuestos internos predio Hijuela Seis número 868-44 y predio Hijuela Siete número 868-45 de la comuna de Chillán. Agrega que efectuada la medición en el mes de febrero del año en curso, por el ingeniero de ejecución forestal don Rolando Villalobos Etchegaray con base de medición, Imagen Satelital HUSO 19, DATUM WGS 84, los predios individualizados en el punto anterior, resultó que la superficie real contenida en sus deslindes originales en el predio Hijuela número Seis es sólo de 3,817 hectáreas y sus deslindes act
Fallo
por tanto, la tramitación de un juicio declarativo de lato conocimiento a efectos de solucionar el presente conflicto, concediendo el derecho a las partes de efectuar sus alegaciones, presentar sus defensas y rendir prueba. Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos Siguientes 13 y 18 del Reglamento del Conservador de Bienes Raíces, se Resuelve: Que no se hace lugar, a la reclamación contenida a Folio 1. Rol V-86-2022.- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Chillán, doce de Septiembre de dos mil veintidós. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 11 de septiembre de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-09-12T15:25:35-0300
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Chillán CAUSA ROL : V-86-2022 CARATULADO : RIQUELME/ Chillán, a doce de septiembre de dos mil veintidós. Visto, teniendo presente y considerando: PRIMERO: Que, a folio 1, con fecha 7 de junio de 2022, comparece don Sergio Hernández Gutiérrez, casado, domiciliado en Chillán, Purén 667 en calidad de mandatario especial de doña Rosa Miria
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