2º Juzgado Civil de Rancagua

GÓMEZ/I. MUNICIPALIDAD DE RANCAGUA

Rol

C-5031-2021

Fecha

9 de septiembre de 2022

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1, con fecha 29 de noviembre del 2021 comparece don José Manuel Ignacio Gómez Aguilera, pensionado, domiciliado en 21 de mayo 301, casa 95, camino Samuel Rojas del Sector Baquedano, comuna de Rancagua, interponiendo demanda de prescripción extintiva respecto de deuda por permisos de circulación, en procedimiento ordinario de menor cuantía, en contra de la Ilustre Municipalidad de Rancagua, representada legalmente por su alcalde don Juan Ramón Godoy Muñoz, ignora profesión u oficio, ambos domiciliados en calle Plaza de los Héroes 445, comuna de Rancagua, en virtud de los siguientes

Fundamentos

fundamentos: Manifiesta que es dueño del automóvil Hyundai, año 1996, placa patente única PL-4778-4, modelo Accent LS 1.5, número de motor G4EKT722724, existiendo pendiente de pagos los permisos de circulación vencidos entre el 31 de marzo del año 2004 y el 31 de marzo del año 2021, según consta en certificado emitido por la demandada con fecha 2 de noviembre de 2021. Afirma que en el caso de marras, las acciones se encuentran prescritas para cobro del impuesto municipal respecto de las cuotas vencidas entre los períodos que van desde el mes de marzo del año 2004 hasta el mes de marzo del año 2018, lo que asciende a la suma de $1.339.016, toda vez que se dan los presupuestos establecidos en el artículo 2521 del Código Civil, puesto que ha transcurrido el tiempo exigido por la citada norma legal, para exigir el cobro de la deuda que figura a nombre de su vehículo. Previas citas legales, solicita en definitiva se tenga por deducida demanda en procedimiento ordinario en contra de la demandada ya individualizada, acogiendo la demanda a tramitación, declarando la prescripción extintiva de deuda de permiso de circulación respecto de los períodos que van desde el 31 de marzo del año 2004 hasta el 31 de marzo del año 2018, ambas incluidas, lo que asciende a $1.339.016, con sus Código: XGRJXBHPXQH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl respectivos reajustes e intereses, más los que se devenguen durante el juicio, con costas. A folio 9, se tiene por contestada la demanda en rebeldía de la demandada. A folio 15, se lleva a efecto audiencia de conciliación, con la comparecencia de la parte demandante, y en rebeldía de la parte demandada, y se tiene por frustrada la conciliación atendida la rebeldía de la demandada. A folio 20, se citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: Primero: Que, comparece don José Manuel Ignacio Gómez Aguilera, interponiendo acción de prescripción extintiva respecto de deuda de permiso de circulación, en contra de la I. Municipalidad de Rancagua, solicitando se tenga por deducida demanda en procedimiento ordinario en contra de la demandada ya individualizada, acogiendo la demanda a tramitación, declarando la prescripción extintiva de deuda de permiso de circulación respecto de los períodos que van desde el 31 de marzo del año 2004 hasta el 31 de marzo del año 2018, ambas incluidas, lo que asciende a $1.339.016, con sus respectivos reajustes e intereses, más los que se devenguen durante el juicio, con costas, en atención a las consideraciones de hecho y derecho reseñadas en la parte expositiva de esta sentencia, la que se da por reproducida. Segundo: Que, la demanda se tuvo por contestada en rebeldía de la demandada, lo cual supone una negación ficta de cada una de las pretensiones contenidas en el libelo de folio 1. Tercero: Que, la prescripción es un modo de extinguir las obligaciones, según el numeral 10° del artículo 1567 del Código Civil, definida como aq

Fallo

se declara: Que, se acoge la demanda deducida con fecha 29 de noviembre del año 2021, y en consecuencia se declaran prescritas las acciones de cobro de la Municipalidad de Rancagua, para perseguir el pago del permiso de circulación vehicular, devengados desde el año 2004 hasta el año 2018, ambos inclusive, respecto al vehículo marca Hyundai, Accent LS 1.5, año de fabricación 1996, Placa Patente Única PL-4778-4, de propiedad del demandante, sin costas. Regístrese, notifíquese por cédula y archívese. Rol C-5031-2021 Dictada por don Cristián Fernández González, Juez Titular del Segundo Juzgado Civil de Rancagua. Código: XGRJXBHPXQH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-09-09T19:35:01-0400

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Rancagua, nueve de septiembre de dos mil veintidós. VISTOS: A folio 1, con fecha 29 de noviembre del 2021 comparece don José Manuel Ignacio Gómez Aguilera, pensionado, domiciliado en 21 de mayo 301, casa 95, camino Samuel Rojas del Sector Baquedano, comuna de Rancagua, interponiendo demanda de prescripción extintiva respecto de deuda por permisos de circulación, en procedimiento ordinario de meno

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