BANCO DE ESTADO DE CHILE/AUTOMATIZACION DE PROCESOS LOGISTICOS SPA
Rol
C-8773-2021
Fecha
8 de septiembre de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Compareci ó con fecha 03 de noviembre de 2021, don Felipe Andr sé Cataldo Moya, abogado, domiciliado en calle San Diego N°81, piso 8, Santiago, mandatario judicial en representaci n convencional deló BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa aut noma de cr ditosó é del Estado, domiciliado en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins Nº1111, piso 8º, Comuna de Santiago, interponiendo demanda ejecutiva en contra de la sociedad AUTOMATIZACION DE PROCESOS LOGISTICOS SPA, ignora giro, representada legalmente por don WALTER JOSE ZADORI AGUAYO, ignora profesi n uó oficio, domiciliados en Los Halcones N°7428, comuna de Pudahuel y en calidad de avalista y codeudor solidario, en contra de don WALTER JOSE ZADORI AGUAYO, ignora profesi n u oficio, conó domicilio en Los Halcones N°7428, comuna de Pudahuel. Indic que su representado es due o del pagar suscrito por la suma deó ñ é $30.000.700.- por concepto de capital, m s un inter s del 0,2900%á é mensual, que el deudor se oblig a pagar en 42 cuotas mensuales yó sucesivas, cuyo monto y vencimiento se consignan en el calendario de pagos inserto en el documento, el que en este punto se da expresamente por reproducido. Se estableci en el pagar que en casoó é Código: XXTXXBWVQXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-8773-2021 Foja: 1 de mora o simple retardo en el pago de cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor est obligado a pagar, desde el incumplimiento,á intereses penales equivalentes al m ximo convencional seg n las tasasá ú que rijan durante el retardo, sin perjuicio de los dem s derechos delá acreedor, quedando facultado el Banco del Estado de Chile para hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido en el caso de no pago de cualquiera de las cuotas en que se dividi laó obligaci n. El deudor se oblig a pagar la comisi n legal del 0,0000%ó ó ó anual sobre el capital garantizado que el Banco del Estado de Chile recauda para el Fondo de
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, teniendo por expresamente reproducido la parte expositiva del presente fallo, BANCO DEL ESTADO DE CHILE, interpuso demanda ejecutiva en contra de la sociedad AUTOMATIZACION DE PROCESOS LOGISTICOS SPA, representada legalmente por don WALTER JOSE ZADORI AGUAYO y en calidad de avalista y codeudor solidario, en contra de don WALTER JOSE ZADORI AGUAYO, todos ya individualizados, solicitando que los demandados sean condenados al pago de la acreencia adeudada, por un monto de $30.000.700.- m s la comisi n legal delá ó 0,0000% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garant a para Peque os Empresarios (FOGAPE), m s interesesí ñ á pactados, con costas. SEGUNDO: Que, notificados y requeridos legalmente de pago, el ejecutado don Walter Jos Zadori Aguayo, en su calidad de aval yé Código: XXTXXBWVQXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-8773-2021 Foja: 1 codeudor solidario, opuso la excepci n del Nó °7 del art culo 464 delí C digo de Procedimiento Civil.ó TERCERO: Que, el ejecutado precedentemente individualizado, opuso la excepci n contenida en el Nó ° 7 del art culo 464 del C digo deí ó Procedimiento Civil, esto es, la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tulo tenga fuerzaí ejecutiva, sea absolutamente, sea con relaci n al demandado, fundadoó en el hecho que no se encuentra acreditado en el libelo, que se haya dado cumplimiento al pago del impuesto previsto por el art culo 1í ° N° 3 del DL N° 3475. CUARTO: Que, la parte ejecutante no evacu en tiempo y forma eló traslado conferido. QUINTO: Que, se debe se alar que el ejecutante es una instituci nñ ó que no est obligada a acreditar el pago de tales impuestos, como loá disponen los art culos 15 Ní °3 y 17 N°1 y 3 del Decreto Ley 3475, puesto que a su respecto basta la cl usula que consta en el pagar , queá é da cuenta que el impuesto de Timbres y Estampillas que lo grava se paga por ingreso de dinero en Tesorer a conforme a la ley, paraí estimar suficiente y cumplida la obligaci n tributaria respectiva, poró constituir sta una presunci n de cuya prueba se encuentra relevada laé ó ejecutante, por lo que, habr de rechazarse la excepci n en an lisis,á ó á seg n se dispondr en lo resolutivo del presente fallo.ú á SEXTO: Que, acorde lo relacionado proceder seguir adelante con laá ejecuci n, hasta hacer completo pago de lo adeudado a la ejecutante.ó
Fallo
POR ESTAS CONSIDERACIONES, citas legales, y visto adem s loá dispuesto en los art culos 160,170, 346 Ní º 3, 434 Nº 4, 464 N°7, Código: XXTXXBWVQXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-8773-2021 Foja: 1 471 del C digo de Procedimiento Civil, 1681, 1682, 1698, 1699, 1700,ó del C digo Civil, ó SE RESUELVE: A.- Que, se RECHAZA la excepci n del n mero 7 del art culo 464ó ú í del C digo de Procedimiento Civil, opuesta por el ejecutado don Walteró Jos Zadori Aguayo, en su calidad de aval y codeudor solidario, en sué escrito de fecha 06 de diciembre de 2021. B- Que, se ordena seguir adelante con la ejecuci n, hasta haceró completo e ntegro pago de lo adeudado a la ejecutante.í C.- Que, se condena en costas a la parte ejecutada. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. DICTADO POR DON VICTOR BERGAMIN SALINAS, JUEZ SUPLENTE. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, ocho de Septiembre de dos mil veintid só Código: XXTXXBWVQXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-8773-2021 Foja: 1 Código: XXTXXBWVQXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-09-08T19:53:04-0400
Texto Completo (Preview)
C-8773-2021 Foja: 1 FOJA: 29 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-8773-2021 CARATULADO : BANCO DE ESTADO DE CHILE/AUTOMATIZACION DE PROCESOS LOGISTICOS SPA Santiago, ocho de Septiembre de dos mil veintid só VISTO: Compareci ó con fecha 03 de noviembre de 2021, don Felipe Andr sé Cataldo Moya, abogado, domiciliado en calle San Diego N°81, piso 8
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