FIGUEROA/
Rol
V-9-2022
Fecha
8 de septiembre de 2022
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1 comparece doña PAULINA ANDREA FIGUEROA CARREÑO, chilena, cédula de identidad N° 17.506.201-7, trabajadora dependiente, domiciliada en Calle Los Peumos N°7, Aguas Claras, comuna de Peumo, quien solicita se le autorice judicialmente, para que, en su condición de representante legal de sus hijas menores de edad, Karin Edith Cornejo Figueroa y Dominique Isidora Cornejo Figueroa, provoque la partición de la comunidad hereditaria que refiere, e intervenga en el juicio particional respectivo, por las razones que expone. Señala que es madre de las menores de edad, KARIN EDITH CORNEJO FIGUEROA, cédula de identidad N° 22.933.301-1, de actuales 13 años de edad, y de DOMINIQUE ISIDORA CORNEJO FIGUEROA, cédula de identidad N° 23.457.569-4, de actuales 11 años de edad, de su mismo domicilio. Es del caso, que el padre sus 2 hijas ya señaladas es don Guillermo Esteban Cornejo Cornejo, cédula de identidad N° 13.303.627-K, quien falleció intestado, con fecha 21 de enero de 2021. Indica que la posesión efectiva respecto del causante, don Guillermo Cornejo Cornejo, fue otorgada por Resolución Exenta N°14751 del Director Regional de Valparaíso, Número de Inscripción 39916 del año 2021, dejando como herederos suyos a: a) Doña Juana Rosa Carvacho Muñoz, cédula de identidad N° 15.690.868-1, en calidad de cónyuge. Código: RGZGXBZHBRG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl b) Doña Paola Monserratt Cornejo Márquez, cédula de identidad N° 19.168.302-1, en calidad de hija. c) Don Diego Eduardo Cornejo Carvacho, cédula de identidad N° 21.324.662-3, en calidad de hijo. d) Doña Karin Edith Cornejo Figueroa, cédula de identidad N° 22.933.301-1, en calidad de hija (de quien es madre). e) Doña Dominique Isidora Cornejo Figueroa, cédula de identidad N° 23.457.569-4, en calidad de hija (de quien es madre). Precisa que entre los bienes de esta comunidad hereditaria que actualmente se encuentra indivisa, figura el inm
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: A folio 1 comparece doña PAULINA ANDREA FIGUEROA CARREÑO, ya individualizada, quien solicita se le autorice judicialmente para que, en su condición de representante legal de sus hijas menores de edad, Karin Edith y Dominique Isidora, ambas Cornejo Figueroa, provoque la partición de la comunidad hereditaria quedada al fallecimiento del padre de las menores, e intervenga en el Código: RGZGXBZHBRG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl juicio particional respectivo, por las razones de lo expositivo de la presente sentencia. SEGUNDO: Que, para fundamentar su solicitud, la peticionaria acompaña los siguientes antecedentes: a) Certificado de nacimiento de Karin Edith Conejo Figueroa, emitido por Servicio de Registro Civil. b) Certificado de nacimiento de Dominique Isidora Cornejo Figueroa, emitido por Servicio de Registro Civil. c) Duplicado de Certificado de Posesión Efectiva, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, respecto de Guillermo Esteban Cornejo Cornejo. d) Inscripción de dominio vigente rolante a Fojas 155 Vuelta, Número 160 correspondiente al Registro de Propiedad del año 2022 del Conservador de Bienes Raíces de San Vicente de Tagua Tagua. TERCERO: Que a folio 9 consta información sumaria de testigos, 1.- Comparece doña Carmen Gloria Figueroa Carreño, cedula de identidad N°15.108.636-5, domiciliada en Villa Raúl Silva Henríquez, Pasaje doña Begoña N°211, comuna de Peumo, quien, juramentada previamente en forma legal, en lo pertinente expone: Que es hermana de Paulina Figueroa Carreño y por ende, tía de sus hijas Karin y Dominique, ambas Cornejo Figueroa. Ellas tienen 13 y 11 años de edad respectivamente. El padre de mis sobrinas falleció en el año 2021. Señala que las 2 niñas viven con Paulina, su madre, en la comuna de Peumo, en la casa de su madre y,
Fallo
por tanto, abuela materna de ellas. La casa está ubicada en Aguas Claras. Agrega que Paulina trabaja como dependiente y sus ingresos son los únicos que solventan los gastos de sus hijas, no contando con apoyo económico paterno por las razones que ya dijo, ni tampoco contando con apoyo de la familia paterna. Al fallecimiento de Guillermo Cornejo Cornejo, padre de sus sobrinas Karin y Dominique, quedaron como herederos de él: su esposa Juana Carvacho, 2 hijos, más sus 2 sobrinas. Dentro de la herencia que dejó el padre de sus sobrinas hay una casa en San Vicente, de la cual sus sobrinas no tienen ningún beneficio. De hecho, en esa propiedad vive doña Juana Código: RGZGXBZHBRG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Carvacho, no paga arriendo ni nada a los demás herederos. Le consta que ella vive ahí, porque hace un par de semanas acompañó a su hermana Paulina a esa casa para retirar unos muebles que son de ella, los cuales supuestamente doña Juana Carvacho iba a acceder a entregárselos. Pero cuando llegaron a la casa con un camión pequeño para hacer retiro de esos muebles, doña Juana se negó. 2.- Comparece doña Carmen Victoria Carreño Cornejo, cedula de identidad N° 8.731.775-7, domiciliada en Villa Bicentenario, Pasaje Víctor Jara N°654, casa D, sector Aguas Claras, de la Comuna de Peumo, quien, juramentada previamente en forma legal, en lo pertinente expone: Que es madre de la solicitante, y, por lo mismo, abuela
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FOJA: 14 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de San Vicente de Tagua Tagua CAUSA ROL : V-9-2022 CARATULADO : FIGUEROA/ San Vicente, ocho de Septiembre de dos mil veintidós VISTOS: A folio 1 comparece doña PAULINA ANDREA FIGUEROA CARREÑO, chilena, cédula de identidad N° 17.506.201-7, trabajadora dependiente, domiciliada en Calle Los Peumos N°7, Aguas Claras, comuna de
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