11º Juzgado Civil de Santiago

INMOBILIARIA EMSA SA/MAINCAFS CONSULTORES SPA

Rol

C-5420-2022

Fecha

7 de septiembre de 2022

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: Que compareció don Alejandro Espina Gutiérrez, abogado, mandatario judicial de Inmobiliaria Emsa Limitada, sociedad del giro de su denominación, representada legalmente por doña María Fernanda Decebal-Cuza Galeb, arquitecto, ambos con domicilio para estos efectos en Avenida Presidente Kennedy N° 5454, oficina N° 702, comuna de Vitacura, quien dedujo demanda de terminación de contrato de arrendamiento por no pago de rentas; en subsidio, acción de desahucio, en contra de Miancafs Consultores SpA, sociedad del giro de su denominación, representada legalmente por don Miguel Ángel Carbajal Flores, factor de comercio, ambos con domicilio para estos efectos en Avda. 5 de Abril N° 4454, oficina N° 31, comuna de Estación Central, y en contra de Acima Soluciones Integrales Limitada, sociedad del giro de su denominación, representada legamente por don Miguel Ángel Carbajal Flores, factor de comercio, ambos con domicilio para estos efectos en Camino La Cintura N° 1467, departamento N° 602, Torre F, comuna de Huechuraba, codeudora solidaria, a fin que se declare: a) Terminados los contratos de arrendamiento referidos a la Oficina Nº31, Bodega Nº 9, estacionamientos Nºs 4, 8, 20, 21, 33, 34, 40, 44 y 45 todos del edificio de Avenida 5 de Abril Nº 4454, comuna de Estación Central; b) Que la arrendataria debe restituir los inmuebles dentro de tercero día de notificada que sea la sentencia que así lo ordene o dentro del plazo que US determine; c) Que la arrendataria de la Bodega Nº31 y la codeudora solidaria adeudan $1.884.108.- correspondiente a la suma de las rentas, servicios básicos y gastos de administración del mes de enero de 2022 a la fecha, que deberá pagar reajustados y con sus respectivos intereses penales pactados; d) Que la arrendataria adeuda la suma de $7.963.834.- correspondiente a las rentas, servicios básicos y gastos de administración Código: FBXNXBTZHLG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de

Fundamentos

Considerando: Primero: Que compareció don Alejandro Espina Gutiérrez, abogado, mandataria judicial de Inmobiliaria EMSA Limitada, sociedad del giro de su denominación, representada legalmente por doña María Fernanda Decebal-Cuza Galeb, arquitecto, ambos con domicilio para estos efectos en Avenida Presidente Kennedy N° 5454, oficina N° 702, comuna de Vitacura, deduciendo demanda de terminación de contrato de arrendamiento por no pago de rentas, en subsidio, acción de desahucio, en contra de MIANCAFS Consultores SpA, sociedad del giro de su denominación, representada legalmente por don Miguel Ángel Carbajal Flores, factor de comercio, ambos con domicilio para estos efectos en Avenida 5 de Abril N° 4454, oficina N° 31, comuna de Estación Central, y en contra de ACIMA Soluciones Integrales Limitada, sociedad del giro de su denominación, representada legamente por don Miguel Ángel Carbajal Flores, factor de comercio, ambos con domicilio para estos efectos en Camino La Cintura N° 1467, departamento N° 602, Torre F, comuna de Huechuraba, codeudora solidaria, a fin que se declare: a) Terminados los contratos de arrendamiento referidos a la Oficina Nº31, Bodega Nº 9, estacionamientos Nºs 4, 8, 20, 21, 33, 34, 40, 44 y 45 todos del edificio de Avenida 5 de Abril Nº 4454, comuna de Estación Central; b) Que la arrendataria debe restituir los inmuebles dentro de tercero día de notificada que sea la sentencia que así lo ordene o dentro del plazo que US determine; c) Que la arrendataria de la Bodega Nº31 y la codeudora solidaria adeudan $1.884.108.- correspondiente a la suma de las rentas, servicios básicos y gastos de administración del mes de enero de 2022 a la fecha, que deberá pagar reajustados y con sus respectivos intereses Código: FBXNXBTZHLG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl penales pactados; d) Que la arrendataria adeuda la suma de $7.963.834.- correspondiente a las rentas, servicios básicos y gastos de administración de la bodega Nº9 y los estacionamientos Nºs 4, 8, 20, 21, 33, 34, 40, 44 y 45 desde el mes de enero de 2022 a la fecha, más los reajustes e intereses penales pactados; e) Que la arrendataria deberá pagar las rentas que se devenguen durante la tramitación de este juicio y hasta que efectúe la restitución de los bienes arrendados; f) Que la arrendataria adeuda $8.398.286.- reajustado al día de su pago efectivo, correspondientes a la cláusula penal estipulada en la Cláusula Séptima del contrato de arriendo de la oficina Nº31, bodega Nº9 y los estacionamientos Nºs 4, 8, 20, 21, 33, 34, 40, 44 y 45 todos ubicados en Avenida 5 de Abril Nº 4454, comuna de Estación Central; y g) Que los demandados deberán pagar las costas del juicio. La demanda principal y subsidiaria se encuentra fundamentada en los hechos y el derecho en la parte expositiva de esta sentencia. Segundo: Que las demandadas se mantuvieron rebeldes a lo largo del proceso. Tercero: Que de lo establecido en los art

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales citadas y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1444, 1545 y 1915 y siguientes del Código Civil; artículos 144, 160, 170, 680 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; y artículos 1, 6, 7, 8, 10, 15 y 21 de la Ley N°18.101, se decide: I. Que, se acoge la demanda principal deducida por Inmobiliaria Emsa Limitada, en contra de Miancafs Consultores SpA en su calidad de demandado principal y de Acima Soluciones Integrales Limitada en su calidad de codeudor solidario y, en consecuencia, se declaran terminados los contratos de arrendamiento suscritos entre las partes del presente juicio; II. Que se condena a las demandadas Miancafs Consultores SpA en calidad de demandado principal y Acima Soluciones Integrales Limitada en calidad de codeudor solidario al pago de las rentas adeudadas y las que se devenguen durante la secuela del juicio hasta la restitución efectiva del inmueble arrendado, debidamente reajustadas conforme las estipulaciones contractuales detalladas en el motivo sexto; y por las cantidades señaladas en los motivos octavo y noveno; III. Que se omite pronunciamiento respecto de la acción subsidiaria, atendido a que se ha acogido la principal; Código: FBXNXBTZHLG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl IV. Que, se condena a la demandada a restituir los inmuebles sub judice, libres de todo ocupante, dentro de tercero día desde que la presente sentencia caus

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-5420-2022 CARATULADO : INMOBILIARIA EMSA S.A. / MAINCAFS CONSULTORES SPA Santiago, siete de septiembre de dos mil veintidós. Visto: Que compareció don Alejandro Espina Gutiérrez, abogado, mandatario judicial de Inmobiliaria Emsa Limitada, sociedad del giro de su denominación, representada legalmente por doña Mar

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