Juzgado de Letras de Limache

FERRANDO/

Rol

V-38-2022

Fecha

7 de septiembre de 2022

Materia

BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: De la solicitud de autorizaci n para enajenar un bien ra zó í .- Que, con fecha diecinueve de abril de dos mil veintid s, a folio 1, comparece don ó Alberto Herrera Selanio, c dula nacional de identidad N° é 12.222.336-1, abogado, domiciliado avenida Bosques de Montemar N° 30, oficina N° 716, Re aca, comuna de Vi a delñ ñ Mar, en representaci n de don ó Ricardo Ferrando Fuentes, c dula nacional de identidadé N° 4.171.727-0, domiciliado en calle Limache N° 2165, Chorrillos, comuna de Vi a delñ Mar, quien solicita se le autorice la enajenaci n de un bien ra z, propiedad de su c nyugeó í ó declarada interdicta por demencia, do a ñ Lilianne del Carmen Mege Rivas, c dula deé identidad N° 6.232.086-9, de su mismo domicilio, inmueble inscrito a fojas 552, vuelta n mero 793 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Limache delú í a o ñ dos mil siete. Fund su petici n, se alando que consta a partir de la sentencia definitiva de fechaó ó ñ catorce de julio de dos mil veintiuno, dictada en causa ROL V-57-2021, caratulada “Ferrando”, tramitada ante el Segundo Juzgado Civil de Vi a del Mar, que fueñ designado como curador general y definitivo de do a ñ Lilianne del Carmen Mege Rivas, ya individualizada, quien fue declarada interdicta y privada de la libre administraci n deó sus bienes. Agreg que la sentencia referida se encuentra inscrita en el Registro deó Interdicciones y Prohibiciones del Conservador de Bienes Ra ces de Vi a del Mar, a í ñ fojas 3085, vuelta n mero 3817ú , del a o ñ dos mil veintiuno. Manifest que el referido inmueble se encuentra ubicado en Parcela N° 24,ó comuna de Olmu , del plano N° 810 del Registro de Documentos del Conservador deé Bienes Ra ces de Limache, del a o í ñ mil novecientos noventa y tres, cuyos deslindes y dimensiones son las siguientes: Norte, en 100 metros aproximadamente con lote 23; Sur, en 100 metros con lote 25; Oriente, en 50 metros con lotes 32 y 33; Poniente, en 50 metros aproximadamente con camino interior. Superficie aproximada de 5000 metros cuadrados. A adi que dicha propiedad se adquiri por ñ ó ó compra realizada a don Jorge Andr sé Puiggr s Vogel, mediante escritura p blica de fecha veintisiete de junio de dos mil siete,ó ú Repertorio N° 7491/2007, otorgada ante la Notaria de Valpara so de don Luis Enriqueí Fischer Y var, la cual rola inscrita a fojas 552, n mero 793 en el Registro de Propiedadá ú del Conservador de Bienes Ra ces de Limache, correspondiente al a o dos mil siete,í ñ propiedad registrada con el rol de aval o N° 1214-67 de la comuna de Olmu .ú é Código: XXSEXBLXTCG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se al que la venta referida precedentemente resulta indispensable, conforme a losñ ó siguientes antecedentes: 1. Actualmente, el referido inmueble no genera utilidad ninguna. 2. De la relaci n de los ingresos y los gastos de manutenci n de do a ó ó ñ Lilianne del Carmen Mege Rivas, se p

Fallo

se declara: I-. Que se hace lugar a la solicitud de autos y, en consecuencia, se concede autorizaci n judicial al solicitante don ó Ricardo Ferrando Fuentes, en su calidad de curador general leg timo y definitivo de do a í ñ Lilianne del Carmen Mege Rivas, para enajenar la propiedad que posee su pupila, ubicada en Parcela N° 24, comuna de Olmu ,é del plano N° 810 del Registro de Documentos del Conservador de Bienes Ra ces deí Limache, del a o ñ mil novecientos noventa y tres, cuyos deslindes y dimensiones son las siguientes: Norte, en 100 metros aproximadamente con lote 23; Sur, en 100 metros con lote 25; Oriente, en 50 metros con lotes 32 y 33; Poniente, en 50 metros aproximadamente con camino interior, inscrito a fojas 552, n mero 793 en el Registro deú Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Limache, correspondiente al a o dos milí ñ siete, en una suma no inferior a $75.000.000 (setenta y cinco millones de pesos), debiendo efectuarse en p blica subasta.ú II-. Que conforme lo previsto en el art culo 891 del C digo de Procedimientoí ó Civil, se concede un plazo de seis meses para hacer uso de esta autorizaci n.ó Notif quese, reg strese y arch vese en su oportunidad.í í í Dictada por don Jaime Andr s D az Astorga, é í Juez Titular del Juzgado de Letras de Limache. Código: XXSEXBLXTCG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art.

Texto Completo (Preview)

FOJA: 24 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Limache CAUSA ROL : V-38-2022 CARATULADO : FERRANDO/ Limache, siete de Septiembre de dos mil veintid só VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: De la solicitud de autorizaci n para enajenar un bien ra zó í .- Que, con fecha diecinueve de abril de dos mil veintid s, a folio 1, comparece don ó Alberto Herrera Selanio, c dula nacio

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