VARGAS/CÉSPEDES
Rol
M-391-2022
Fecha
12 de mayo de 2023
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización de trabajadora de casa particular, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos pacíficos. Se fijan como hechos pacíficos, los siguientes: 1. Remuneración de la trabajadora que asciende a la cifra de $407.500. 2. Funciones que desempeñaba como trabajadora de casa particular. RECEPCIÓN DE LA CAUSA A PRUEBA Hechos a Probar Se fijan los siguientes hechos a probar en el presente juicio: 1. Fecha de inicio de las funciones que ha de desempeñar la trabajadora. 2. Circunstancias que rodearon el término de la relación laboral, forma en la cual se efectuó y cumplimiento de las causales legales, causal mediante la cual se pudo término al vínculo y hechos que la constituyen. 3. Si a la fecha del término de la relación laboral, se encontraban declaradas y enteradas en tiempo y forma todas las cotizaciones de seguridad social devengadas durante la vigencia de la relación laboral. 4. Procedencia de las pretensiones de feriado proporcional y feriado legal. Medios de prueba. PARTE DEMANDADA Documental: No incorpora prueba. Confesional: Previo juramento de rigor presta procede a absolver posiciones doña Verónica Vargas Torres. El Tribunal resuelve: Téngase por rendida la prueba confesional. PARTE DEMANDANTE Documental: La parte demandante ofrece, rinde e incorpora: 1. Presentación de Reclamo ante la Inspección del Trabajo de fecha 3 de marzo de 2022. 2. Acta de Comparendo de Conciliación ante la Inspección del Trabajo de fecha 14 de abril de 2022. 3. Certificado de Cotizaciones de Fonasa de 17 de mayo de 2022 y AFP Uno S.A., de 17 de mayo de 2022. 4. Contrato de trabajo de 10 de marzo de 2021. 5. Constancia ante la Inspección del Trabajo de fecha 11 de agosto de 2021. 6. Certificado de fecha 20 de junio de 2021 emitido por Hernán Céspedes Z. 7. Certificado emitido por Doctor Mariano Hernández Oyarzun de fecha 15 de julio de 2020. El Tribunal resuelve: Téngase por ofrecida y rendida la documental de la parte demandante, incorpórense estos instrumentos al juicio y, para tal efecto, digitalícense. Testimonial: Previo juramento de rigor pr
Fundamentos
CONSIDERANDO:
Fallo
Por estas consideraciones, vistos lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 160 y siguientes, 420 y siguientes del Código del Trabajo y 1.698 del Código Civil, SE RESUELVE: I. Que HA LUGAR a la demanda interpuesta por doña VERÓNICA NARCISA VARGAS TORRES N° Pasaporte 0914738315, en contra de don HERNÁN DANIEL CÉSPEDES ZAMORANO cédula de identidad N° 5.374.984-4, a consecuencia de lo cual se ordena al demandado al pago de las siguientes prestaciones: a. Aporte del 4,11 de la remuneración mensual, por el periodo que va entre el 18 de febrero de 2020 hasta el 21 de junio de 2021, por un total de $262.972. b. $95.083, por concepto de feriado proporcional. c. $285.250, por concepto de feriado legal II. Que, atendido lo dispuesto en el artículo 168 del Código del Trabajo el despido en materia de este procedimiento es nulo, a consecuencia de lo cual se ordena al demandado al pago de las remuneraciones íntegras que se sigan devengando entre la fecha del despido que ocurrió el día 21 de junio de 2021 y hasta la fecha en que se paguen por parte de la demandada las cotizaciones de seguridad social que se hayan devengado desde esa fecha y al momento de comunicar el pago efectivo de las mismas, e razón de una remuneración de $407.500. III. Las sumas ordenadas pagar mediante la presente resolución, deberán serlo con los reajustes e intereses en la forma señalada en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda. IV. Que se condena en costas a la demandada por haber sido e
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO VIDEO CONFERNCIA PLATAFORMA ZOOM FECHA Valparaíso, 10 de mayo de 2023. RUC 22-4-0410309-5 RIT M-391-2022 MAGISTRADO JAVIER MORA MÉNDEZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS Victoria Paredes Llano SALA VIRTUAL 1 HORA DE INICIO 11:29 horas. HORA DE TÉRMINO 12:17 horas. N° REGISTRO DE AUDIO 22-4-0410309-5-1338 (Sala 7)
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