CONTRERAS/IILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO
Rol
C-567-2022
Fecha
6 de septiembre de 2022
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, se presenta Erna del Carmen Contreras Ortiz, due añ de casa, domiciliada en calle El Avestruz N° 167, poblaci n Los Lobos,ó Talcahuano, quien deduce demanda de prescripci n extintiva de corto tiempo de lasó acciones de cobro por concepto de extracci n de residuos domiciliariosó , en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO, persona jur dica deí derecho p blico, representada legalmente por su Alcalde don ú Henry Campos Coa, funcionario p blico, ambos con domicilio en Sargento Aldea N° 250, comuna deú Talcahuano. Funda su demanda en cuanto a los hechos, declarando que es due a del inmueble ubicado en calle El Avestruz N° 167, Poblaci n Los Lobos,ñ ó de la comuna de Talcahuano, que rola inscrito a fojas 3549 N°1917 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Talcahuano, del a o 1993, seg ní ñ ú certificado de dominio vigente que acompa a en un otros . ñ í Prosigue, indicando que existe una deuda a favor de la demandada por cobro de derechos municipales por servicio de extracci n de residuosó domiciliarios, por un monto total de $1.372.006, correspondiente al periodo comprendido entre los a os 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013 y 2018, deudañ que recae sobre el bien ra z ya singularizado. í Precisa que habiendo transcurrido m s de tres a os desde que seá ñ comenz a devengar dicha deuda, sin que se ejercieran las acciones tendientes a suó cobro, sta se encuentra prescrita, de acuerdo a lo dispuesto en el art culo 2521 delé í C digo Civil.ó Estima que la expresi n impuesto del art culo 2521 del C digoó í ó Civil, se encuentra considerado como un concepto amplio, y se refiere a todo tipo de tributo, correspondiendo al pago de los derechos municipales por servicio de Código: WLBXXBXMHPF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl extracci n de residuos domiciliarios a los que se fijan en Chile, sea con el nombreó de impuestos, tasas, contribuciones territoriales, etc. Que
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece do añ Erna del Carmen Contreras Ortiz, quien interpone demanda de prescripci n extintiva de corto tiempo y enó subsidio de largo tiempo de las acciones de cobro por concepto de extracci n deó residuos domiciliarios, respecto del inmueble de su propiedad ya singularizado, en contra de la Ilustre Municipalidad de Talcahuano, representada por don Henry Leonardo Campos Coa, todos individualizados en autos, en virtud de los fundamentos de hecho y de derecho se alados en lo expositivo del presente fallo,ñ los que se tienen por reproducidos. SEGUNDO: Que, la parte demandada Ilustre Municipalidad de Talcahuano, a pesar de haber sido v lidamente notificada, no contest la demandaá ó entablada en su contra, ni se present a las dem s actuaciones del proceso.ó á TERCERO: Que, la parte demandante, en orden a acreditar los fundamentos f cticos de la acci n deducida, acompa a folio 1, reiterados a folioá ó ñó 17, sin objeci n ni impugnaci n de la contraria, los documentos consistentes en: ó ó 1. Certificado de dominio vigente del inmueble de autos inscrito a fojas 3549, N°1917 del a o 2002 del Registro de Propiedadñ del Conservador de Bienes Ra ces de Talcahuano, a nombre deí do a Erna del Carmen Contreras Ortiz, emitido con fecha 14ñ de marzo de 2022. 2. Informe de deuda emitido por la Ilustre Municipalidad de Talcahuano de fecha 12 de febrero de 2022. CUARTO: Que, a su vez, la parte demandada no aport mediosó probatorios a estos autos. QUINTO: Que, en estos autos, se ha interpuesto como acci n laó instituci n de la prescripci n extintiva, esto es, un modo de extinguir lasó ó obligaciones, regulado fundamentalmente en el t tulo XLII del libro IV del C digoí ó Civil, y m s espec ficamente los art culos 2.514 y siguientes del mismo c digo.á í í ó La prescripci n, como modo de extinguir obligaciones, requiere la demostraci n de laó ó Código: WLBXXBXMHPF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl existencia de una acci n o derecho ajeno y, adem s, el transcurso de los plazos queó á la ley indica en el caso respectivo. SEXTO: Que, es dable se alar, que de acuerdo a lo establecido enñ el art culo 40 del Decreto Ley N° 3.063 de 1979 sobre rentas municipales, losí derechos municipales son definidos como "las prestaciones que est n obligadas aá pagar a las municipalidades, las personas naturales o jur dicas de derecho p blico oí ú de derecho privado, que obtengan de la administraci n local una concesi n oó ó permiso o que reciban un servicio de las mismas, salvo exenci n contemplada en unó texto legal expreso". Ahora bien, dentro del T tulo III, del mismo cuerpo legal, bajo elí ep grafe "Del producto de los establecimientos y explotaciones municipales", suí art culo 6 indica que: "El servicio municipal de extracci n de residuos s lidosí ó ó domiciliarios se cobrar a todos los usuarios de la comuna, pudiendo este cobro será diferenciado, utilizando al efecto diversos cr
Fallo
por lo expuesto precedentemente y teniendo presente que a la fecha de la notificaci n de la demanda, esto es, al 30 de marzoó de 2022, ha prescrito la acci n para el cobro de los derechos municipales deó servicios de extracci n de residuos domiciliaros, de los periodos con vencimientoó entre el 30 de abril de 2008 hasta el 02 de diciembre de 2013, ambos inclusive, que se detallan en el documento de folio 1, consistente en Certificado de Deuda Derecho de Aseo, emitido por la I. Municipalidad de Talcahuano, respecto del inmueble ubicado en calle El Avestruz N°167, Talcahuano, cuya propietaria actual es la demandante, y as se declarar en lo resolutivo de este fallo. í á Por estas consideraciones y VISTO, adem s, lo prevenido en elá art culo 19 N° 20 inciso 1 de la Constituci n Pol tica de la Rep blica, art culosí ó í ú í 1698, 2492, 2503, 2514, 2515 y 2521 del C digo Civil, y art culos 144, 170, 254,ó í 342, 698 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil y art culos 12 y siguientesó í del Decreto Ley 3063, SE DECLARA: I. Que, SE RECHAZA, sin costas, la demanda principal interpuesta a folio 1 por do a Erna del Carmen Contreras Ortiz en contra de la I.ñ Municipalidad de Talcahuano, representada legalmente por su alcalde don Henry Leonardo Campo Coa. II. Que, SE HACE LUGAR, sin costas, a la demanda subsidiaria interpuesta en el primer otros de folio 1, por do a Erna del Carmen Contrerasí ñ Ortiz, en contra de la I. Municipalidad de Talcahuano, representada legalmente por su al
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Talcahuano CAUSA ROL : C-567-2022 CARATULADO : CONTRERAS/IILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO Talcahuano, seis de Septiembre de dos mil veintid só VISTO: A folio 1, se presenta Erna del Carmen Contreras Ortiz, due añ de casa, domiciliada en calle El Avestruz N° 167, poblaci n Los Lobos,ó Talcahuano, quien deduce demanda de prescripci n
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