FISCO DE CHILE/COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA ELÉCTRICA S.A.
Rol
C-590-2020
Fecha
31 de agosto de 2022
Materia
HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio n° 1, a lo principal, y aclaración de folio n° 4, comparece Michael Wilkendorf Simpfendorfer, abogado, Procurador Fiscal de Valparaíso, del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, ambos con domicilio para estos efectos en calle Prat nº 772, piso 2, Valparaíso, e interpone demanda de cobro de pesos, en juicio ordinario de hacienda, en contra de Compañía Nacional de Fuerza Eléctrica S.A., perteneciente al Grupo CGE Distribución VII S.A., representada por don Eduardo Arturo Jorge Apablaza Dau, Ingeniero Civil Eléctrico, en su calidad de Gerente General o por quien represente a la demandada al momento de su notificación, ambos domiciliados en calle Limache Nº 3637, Sector El Salto, Viña del Mar, a fin que la demandada sea condenada a pagar la suma de $52.997.128.- , más reajustes, intereses y costas. A folio n° 23, la parte demandada contestó la demanda interpuesta en lo principal de folio n° 1. A folio n° 26, el demandante evacuó el traslado de la réplica. A folio n° 28, la demandada evacuó el traslado de la dúplica. A folio n° 32, se recibió la causa a prueba. A folio n° 50, se reactivó a petición de parte el término probatorio, sin que las partes rindieran prueba testimonial. A folio n° 56, se citó a las partes para oír sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a lo principal de folio n° 1 y aclaración de folio n° 4, comparece Michael Wilkendorf Simpfendorfer, abogado, Procurador Fiscal de Valparaíso, del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, ambos con domicilio para estos efectos en calle Prat nº 772, piso 2, Valparaíso, e interpone demanda de cobro de pesos, en juicio Código: BGMZXBEVQED Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ordinario de hacienda, en contra de Compañía Nacional de Fuerza Eléctrica S.A., perteneciente al Grupo CGE Distribución VII S.A., representada por don Eduardo Arturo Jorge Apablaza Dau, Ingeniero Civil Eléctrico, en su calidad de Gerente General o por quien represente a la demandada al momento de su notificación, ambos domiciliados en calle Limache Nº 3637, Sector El Salto, Viña del Mar, a fin que la demandada sea condenada a pagar la suma de $52.997.128.- , más reajustes, intereses y costas. Funda la demanda en la ejecución de la obra pública “Concesión Ruta 5 Norte Tramo: La Serena - Vallenar Tramo Uno La Serena - Límite Regional”, en virtud de la cual, la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas, en uso de las facultades que le confiere el artículo 41 del D.F.L.850, dispuso el traslado de las instalaciones que mantenía CONAFE en ese lugar, mediante el Oficio N° 12611, de 8 de noviembre de 2.012, en el más breve plazo, a contar de la fecha de notificación del referido oficio. Expresa que atendido que la sociedad demandada no efectuó el traslado de las instalaciones, se le solicitó, por parte del Director de Vialidad, un presupuesto de las obras, en atención a que, por tratarse de redes instaladas por CONAFE, sólo esa empresa estaba en condiciones de efectuar dicho traslado. Señala que dada la necesidad de materializar el traslado, se aceptaron los presupuestos contenidos en carta SCRDA-IF-3244/15, de 04 de septiembre de 2.015, suscrita por don José F. Canales Agurto, en su calidad de Inspector Fiscal Construcción Concesión Ruta 5, Tramo La Serena- Vallenar, dirigida al Gerente General de Sociedad Concesionaria Ruta del Algarrobo, junto a la cual se remitieron los presupuestos de las obras, monto que ascendió a la suma de 2.105,17 U.F, más IVA. Agrega que mediante Ord. Nº 4576 SCRA 2572, de 15 de Septiembre de 2.015, enviado por el Inspector Fiscal antes individualizado, se informó la aprobación de los presupuestos cotizados para el traslado de las instalaciones, y que efectuados los trabajos, se procedió a su pago a través de la Dirección de Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Obras Públicas, pago que ascendió a la suma total de $52.997.128.-, según da cuenta la Factura Exenta Electrónica Nº11108, de 03 de Diciembre de 2.015 por concepto de cambios de servicio necesarios para le ejecución de la obra “Concesión Ruta 5 Norte Tramo: La Serena – Vallenar Tramo Código: BGMZXBEVQED Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en
Fallo
Por tanto, solicita tener por interpuesta demanda en juicio de hacienda, en contra de Compañía Nacional de Fuerza Eléctrica S.A. (CONAFE S.A.), perteneciente al Grupo CGE Distribución VII S.A., representada por don Eduardo Arturo Jorge Apablaza Dau, ambos ya individualizados, o quien represente a la demandada al momento de su notificación y, en definitiva, condenarla al pago de la suma total de $52.997.128.-, más los reajustes e intereses señalados, y costas. SEGUNDO: Que a folio n° 23, la parte demandada contestó la demanda interpuesta en lo principal de folio n° 1, señalando que la acción ejercida es un recupero de suma de dineros que fueron Código: BGMZXBEVQED Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl válidamente pagadas a CONAFE, por un tercero que no forma parte en el presente juicio, en cumplimiento de un acuerdo válidamente adquirido, y en relación a trabajos efectivamente realizados, sin que resulte procedente la acción de cobro deducida en contra de su representada. Señala que la suma de $52.997.128.-, pretendida por el demandante, proviene del pago que la Dirección Nacional de Vialidad, del Ministerio de Obras Públicas, efectuó a favor de CONAFE, a través de la “concesionaria encargada de realizar los trabajos de mejoramiento”, como contrapartida por la ejecución de las obras de modificación de la red eléctrica ubicada en faja fiscal, en el marco de la obra pública denominada “Concesión Ruta 5 Norte Tramo
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Valpara soº í CAUSA ROL : C-590-2020 CARATULADO : FISCO DE CHILE/COMPA A NACIONAL DEÑÍ FUERZA EL CTRICA S.A.É Valparaiso, treinta y uno de Agosto de dos mil veintid só VISTO: A folio n° 1, a lo principal, y aclaración de folio n° 4, comparece Michael Wilkendorf Simpfendorfer, abogado, Procurador Fiscal de Valparaíso, del Consejo de Defen
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