OSSANDÓN/I. MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE
Rol
C-2736-2021
Fecha
30 de agosto de 2022
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, comparece CARMEN XIMENA OSSANDON OSSANDON, dueña de casa, domiciliada en calle Bulnes N°1077 de la cuidad de Iquique, quien interpone demanda de prescripción de acciones en juicio ordinario de menor cuantía, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE, representada legalmente por el Alcalde don MAURICIO SORIA MACCHIAVELLO, ambos domiciliados en calle Serrano N°134 Edificio Consistorial de ésta ciudad. Expone que es dueña de derechos del inmueble ubicado en calle Bulnes N°1077 de la ciudad de Iquique, respecto del cual ha tomado conocimiento de la existencia de una deuda con la demandada, por concepto de aseo domiciliario, correspondiente al periodo comprendido entre el año 2002 primera cuota al 2016 primera cuota, por la suma de $1.965.735.- Agrega que no obstante aquello, dicha deuda se encuentra prescrita. En suma de lo expuesto y por las normas legales que cita, solicita se declare prescrita la acción del acreedor para exigir el cumplimiento de las obligaciones relativas al pago de servicio de aseo domiciliario, asociado al inmueble emplazado en calle Bulnes N°1077 de la ciudad de Iquique, correspondiente a las cuotas devengadas desde la primera cuota del año 2002 hasta la primera cuota del año 2016, por la suma de $1.965.735.- A folio 14, se tuvo por contestada la demanda en rebeldía de la parte demandada. A folio 27, se efectuó el comparendo de estilo, sólo con la asistencia de la parte demandante, llamadas las partes a conciliación, ésta no se produce, por la inasistencia de la demandada. Código: XXRTXBTWXSC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl A folio 28, se citó a las partes a oír sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, comparece Carmen Ximena Ossandón Ossandón, quien por los motivos señalados en la parte expositiva, interpone demanda de prescripción de acciones en juicio ordinario de menor cuantía, en contra de la Ilustre Municipalidad de Iquique, representada legalmente por el alcalde don Mauricio Soria Macchiavello, solicitando se declare prescrita la acción del acreedor para exigir el cumplimiento de las obligaciones relativas al pago de servicio de aseo domiciliario, asociado al inmueble emplazado en calle Bulnes N°1077 de la ciudad de Iquique, correspondiente a las cuotas devengadas desde la primera cuota del año 2002 hasta la primera cuota del año 2016, por la suma de $1.965.735.- SEGUNDO: Que a folio 14, se tuvo por contestada la demanda en rebeldía de la parte demandada. TERCERO: Que, para demostrar los hechos que fundamentan su pretensión, la parte demandante acompañó la siguiente prueba instrumental: 1. Certificado de deuda de aseo domiciliario emitido por la Dirección de Cobranza de la Ilustre Municipalidad de Iquique, con fecha 17 de agosto de 2021, respecto del inmueble de autos. 2. Certificado de Dominio Vigente de la propiedad emplazada en calle Bulnes N°1077 de la cuidad de Iquique, extendido por el Conservador de Bienes Raíces, emitido en fecha 27 de julio de 2021, que da cuenta que la actora tiene derechos en el inmueble de autos. 3. Certificado de privilegio de pobreza, extendido por la Corporación de Asistencia Judicial, Consultorio Jurídico Iquique. Documentos acompañados con citación, no objetados. CUARTO: Que previo a la resolución del asunto, se dejará establecido que las prescripciones de corto tiempo que contempla el artículo 2521 del Código Civil, se aplican a las acciones derivadas de Código: XXRTXBTWXSC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl toda clase de impuestos, tanto a favor como en contra de las municipalidades, y el cual indica que las deudas originadas por impuestos municipales, prescriben en tres años, pero en el caso de los derechos municipales - como sería el caso de los derechos de aseo - rigen las normas generales de prescripción contempladas en el artículo 2515 del mismo cuerpo legal, el que establece que las acciones prescriben ordinariamente en un plazo de 5 años. QUINTO: Que el artículo 40 del DL Nº 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, define los derechos municipales como aquellas prestaciones que están obligadas a pagar a las municipalidades, las personas naturales o jurídicas de derecho público o de derecho privado, que obtengan de la administración local una concesión o permiso o que reciban un servicio de las mismas, salvo exención contemplada en un texto legal expreso. A su turno, el artículo 7 del cuerpo legal ya referido, dispone que las municipalidades cobraran una tarifa anual por el servicio de aseo por cada vivienda o unidad habitacional, local, oficina, kiosco o sitio eriazo. SEXTO: Que de la
Fallo
SE DECLARA: I. Que, SE ACOGE la demanda interpuesta, de prescripción de acciones en juicio ordinario de menor cuantía, por CARMEN XIMENA OSSANDÓN OSSANDÓN en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE, representada legalmente por don MAURICIO SORIA MACCHIAVELLO, y en consecuencia se declaran prescritas las acciones de cobro de la deuda municipal por el servicio domiciliario de aseo por el periodo comprendido entre la primera cuota del año 2002 y la primera cuota del año 2016, cuyo último vencimiento fue el 30 de junio de 2016, respecto del inmueble ubicado en calle Bulnes N°1077 de la ciudad de Iquique. II. Que no se condena en costas a la demandada por no haberse opuesto expresamente a lo pretendido por la actora. Código: XXRTXBTWXSC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Regístrese y notifíquese personalmente o por cédula. Rol Nº2736-2021. Dictada por doña PATRICIA ALEJANDRA SHAND SCHOLZ, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras de Iquique. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Iquique, treinta de Agosto de dos mil veintidós Código: XXRTXBTWXSC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-08-30T13:10:30-0400
Texto Completo (Preview)
FOJA: 28 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Iquiqueº CAUSA ROL : C-2736-2021 CARATULADO : OSSAND N/I. MUNICIPALIDAD DE IQUIQUEÓ Iquique, treinta de Agosto de dos mil veintidós VISTO: A folio 1, comparece CARMEN XIMENA OSSANDON OSSANDON, dueña de casa, domiciliada en calle Bulnes N°1077 de la cuidad de Iquique, quien interpone demanda de prescripción de acciones
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