TORO/CLARO CHILE S.A.
Rol
C-130-2021
Fecha
30 de agosto de 2022
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En presentaci n de 27 de mayo de 2021 comparece do a Ingridó ñ Araya Vera, abogada, en representaci n de do a Pilar Andrea Toro Godoy,ó ñ comerciante, ambas domiciliadas en calle La Col n N 352, comuna de Laó ° Serena, demandando en juicio ejecutivo de cobro de factura a Claro Chile S.A., del giro de telecomunicaciones, representada legalmente por don Mauricio Escobedo V squez, ignora profesi n u oficio, ambos domiciliadosá ó en avenida El Salto N 5.450, comuna de Huechuraba, por la suma de° $78.365.202.- m s intereses, con costas. á Consta que su representada emiti una factura del giro venta deó planes, tel fonos y accesorios de celulares, por un monto total deé $78.365.2020.- a favor de la ejecutada, la que al d a de hoy no ha sidoí pagada. Mediante la gesti n preparatoria de la v a ejecutiva de autos, seó í notific del vencimiento de la factura al deudor, el que sin embargo noó pag su valor ni aleg en el mismo acto ni dentro de 3 d a alguna de lasó ó ° í circunstancias contempladas en la letra d) del art culo 5 de la Ley N 19.983,í ° por lo que ha quedado preparada la v a ejecutiva en su contra.í La obligaci n es l quida, actualmente exigible y la acci n ejecutiva noó í ó se encuentra prescrita. En presentaci n de 18 de junio de 2021 la ejecutada opuso lasó excepciones del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil que seí ó indicar n, solicitando sean acogidas, con costas.á Previamente a la oposici n de excepciones, hace presente que suó representada celebr un contrato de distribuci n con la ejecutante, queó ó finalmente se encontraba regulado por instrumento de 1 de julio de 2018, cuyo objeto consta en la cl usula 2 , la que cita.á ª De conformidad a las cl usulas del mismo contrato, el 18 de marzoá de 2019 este se dio por terminado, seg n se inform por carta de la mismaú ó fecha, la que no fue objeto de reproche por parte de la demandada, raz nó Código: BQQXXBKWYRC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que la v a ejecutiva qued preparada al no haberí ó alegado la ejecutada, dentro de plazo, la falsificaci n material de la facturaó N 419, emitida el 2 de julio de 2020 por la ejecutante a la ejecutada, por° comisiones y otros; comisiones ventas m vil febrero y marzo 2019;“ ó comisiones pendientes de pago m vil enero a diciembre 2019; re liquidaci nó ó bonos trimestral octubre 2018 y enero 2019; bonos activaciones prepago enero a diciembre 2018 y enero a marzo 2019 , por un valor total de” $65.853.111.- y de $78.365.202.- IVA incluido. SEGUNDO: Que la ejecutante acompa el documento Registro deñó “ Aceptaci n o Reclamos de un DTE , relativo a la factura de autos, en eló ” cual consta que no registra eventos de aceptaci n o reclamo. ó TERCERO: Que por su parte y a fin de acreditar su oposici n, laó ejecutada acompa la siguiente prueba documental: ñó - contrato de distribuci n, de 1 de julio de 2018, celebrado entre laó ejecutada y la ejecutante, en las calidades de comitente y comisionista o distribuidora no exclusiva, respectivamente. En la cl usula 2 se estipul que la ejecutante quedaba sujeta a pagará ª ó a la distribuidora las comisiones que se indican en el anexo N 2 y que la° distribuidora llevar a a cabo las actividades de comercializaci n, promoci n,í ó ó venta, recaudaci n, atenci n al cliente y distribuci n de los equipos, planesó ó ó y cualquier otro servicio de Claro cuya comercializaci n se le encargue, conó sus propios medios, organizaci n y trabajadores. ó En la cl usula 22 letra c) se convino que Claro podr a ponerá ª í unilateralmente t rmino al contrato o parte de este, en cualquier tiempo deé su vigencia, sin por eso quedar obligado al pago de multa, indemnizaci n oó suma por concepto alguno, bastando una notificaci n escrita al distribuidoró enviada con al menos 30 d as corridos de anticipaci n a la fecha que fijareí ó para su t rmino. Al t rmino del contrato, proceder a con los pagos de losé é í servicios efectivamente prestados hasta la fecha de t rmino efectivaé solicitada. - anexo de comisiones, julio 2018. Código: BQQXXBKWYRC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl - carta de aviso de t rmino de contrato de distribuci n, remitida poré ó Claro Chile a la ejecutante el 18 de marzo de 2019, comunic ndole el finá del contrato de distribuci n celebrado entre ambas, de acuerdo a loó dispuesto en la cl usula 22 letra b) del apartado c) del contrato deá ª distribuci n.ó - factura N 407, emitida el 28 de enero de 2019 por la ejecutante a la° ejecutada, por Liq. M vil enero 2018 Factura liquidaci n gesti n“ ó ó ó Diciembre 2018-Pago enero 2019 N Orden 4500000332 N HES° ° 000000567 Conformidad 5000003468 , por un valor total de $33.253.799.-” y de $39.572.021.- IVA incluido. - factura N 409, emitida el 11 de febrero de 2019 por la ejecutante a° la ejecutada, por Anticipo m vil Feb2019 Anticipo Comisiones Gesti n“ ó ó enero-pago febrero 2019 N Orden
Fallo
se declarará extinguido por compensaci n, debiendo desestimarse la ejecuci n de autos.ó ó VIG SIMO: Que atendido lo dispuesto en el art culo 471 del C digoÉ í ó de Procedimiento Civil, la ejecutante soportar las costas de la causa. á Código: BQQXXBKWYRC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En consecuencia y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 170,á í 434, 464 y 471 del C digo de Procedimiento Civil, se declara: ó I.- Que se rechazan las excepciones de los N 14 y N 9 del art culo° ° í 434 del C digo de Procedimiento Civil. ó II.- Que se acoge la excepci n del N 13 de la citada norma, debiendoó ° desestimarse la ejecuci n de autos. ó III.- Que la ejecutante ser condenada en costas. á Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, treinta de agosto de dos mil veintid s.ó Código: BQQXXBKWYRC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-08-30T12:30:51-0400
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-130-2021 CARATULADO : TORO/CLARO CHILE S.A. Santiago, treinta de agosto de dos mil veintid s.ó VISTOS: En presentaci n de 27 de mayo de 2021 comparece do a Ingridó ñ Araya Vera, abogada, en representaci n de do a Pilar Andrea Toro Godoy,ó ñ comerciante, ambas domiciliadas en calle La Col n N 352, comuna de Laó °
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