2º Juzgado de Letras de Vallenar

EXPLORACIONES HUASCO SPA/

Rol

V-237-2021

Fecha

31 de agosto de 2022

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don EDUARDO JOSE ABDALA DELGADO, chileno, casado, contador, cédula nacional de identidad N° 4.326.138-k, en representación de EXPLORACIONES HUASCO SPA, empresa chilena del giro de su denominación, Rut N° 76.377.885-1, ambos domiciliados en calle Ochandia N° 1599, comuna de Vallenar, solicito con fecha 09 de abril de 2021, la concesión de explotación denominada “MILAGRO 12 1 al 60”, sobre una superficie 300 hectáreas, cuyo punto de interés se sitúa en la comuna de Vallenar, Provincia del Huasco, Región de Atacama, a haciendo uso e invocando una concesión de exploración constituida y vigente denominada “MILAGRO 12”, cuyo pedimento se presentó en el Primer Juzgado de Letras de Vallenar con fecha 20 de febrero de 2019.- SEGUNDO: Que, tal manifestación se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile edición N° 42.944, Boletín Oficial de Minería CVE 1936242, con fecha 03 de mayo de 2021, y se inscribió en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Vallenar, con fecha 20 de abril de 2021, a fojas 410 Nº 202 de 2021.- TERCERO: Que en el folio 4,y con fecha 07 de noviembre de 2021, se solicitó la mensura de las 300 hectáreas solicitadas, habiéndose publicado tal petición el día 29 de noviembre de 2021, en el Diario Oficial de la República de Chile edición N° 43.115, Boletín Oficial de Minería CVE 2048543.- CUARTO: Que, la superficie mensurada comprende una superficie total de 300 hectáreas, con el nombre “MILAGRO 12 1 al 60” y los vértices del perímetro del grupo son los siguientes: VÉRTICE NORTE (metros) ESTE (mros) L1 6.879.000,00 368.000,00 L2 6.879.000,00 369.000,00 L3 6.876.000,00 369.000,00 L4 6.876.000,00 368.000,00 Correspondiendo su punto de interés a la intersección de la coordenada 6.877.500,00 metros Norte con la abscisa 368.500,00 metros Este.- QUINTO: Que, en el folio 12, rola ordinario 3848 de fecha 21 de julio de 2022, mediante el cual el Servicio Nacional de Geología y Minería emite su informe favorable señalando que los aspectos técnicos relacionados con la operación de mensura, su acta y plano, están correctos; la forma, dimensiones y orientaciones de la cara superior de las pertenencias se ajustan a la ley y ellas quedan comprendidas tanto dentro del terreno manifestado como dentro del abarcado por la solicitud de mensura. SEXTO: Que, no se observan vicios que obsten a la concesión impetrada.- SEPTIMO: Que, en el folio 16, y con fecha 12 de agosto de 2022, se certificó que no hubo oposición a la solicitud de mensura de las pertenencias manifestadas.- OCTAVO: Que, en folio 17, y con fecha 17 de agosto de 2022, se ordenó traer los autos para fallo.-

Fallo

Por estas consideraciones, y conforme lo disponen los artículos 2, 34, 44, 59, 85, 87 y siguientes del Código de Minería, se resuelve I.- Declárese constituidas las pertenencias “MILAGRO 12 1 al 60”, Rol Nacional Nº 03301-6079-9, con una superficie total de 300 hectáreas, a favor de EXPLORACIONES HUASCO SPA, ya individualizada.- II.- Apruébense su plano y acta de mensura.- III.- Cumpla el interesado con entregar al SERNAGEOMIN copia de esta sentencia, del acta de mensura y original del plano.- Otórguese extracto conforme al artículo 90 y publíquese.-Inscríbase junto con el acta de mensura.-Archívense los planos.- Anótese, regístrese, notifíquese, dese copias y archívese causa en su oportunidad.- ROL Nº V-237-2021.- Dictada por doña KERIMA SCHICHASCHWILI CARVAJAL, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras, Vallenar.- En Vallenar, a treinta y uno de agosto del año dos mil veintidos, se notificó por el estado diario la resolución precedente. R.C.O. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 03 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-08-31T13:32:49-0400

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Vallenar CAUSA ROL : V-237-2021.- CARATULADO : EXPLORACIONES HUASCO SPA.- Vallenar, a treinta y uno de agosto del año dos mil veintidós.- VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don EDUARDO JOSE ABDALA DELGADO, chileno, casado, contador, cédula nacional de identidad N° 4.326.138-k, en representación de EXPLORACIONES HUASCO SPA, empresa

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