30º Juzgado Civil de Santiago

GAZITÚA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA

Rol

C-9351-2021

Fecha

30 de agosto de 2022

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 25 de noviembre de 2021, rectificada a folio 5, comparece don Jaime Reyes Carrasco, abogado, en representación de don Mario Gacitúa Swett, ingeniero, ambos domiciliados para estos efectos en calle Evaristo Lillo 112, piso 4, comuna de Las Condes, quien interpone demanda de prescripción extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea, representada legalmente por su alcalde don Cristóbal Lira Ibáñez, ambos con domicilio en Avenida El Rodeo 12777, Lo Barnechea, a fin de que se declare la prescripción de las acciones y derechos que pudiera ejercer la demandada en contra de su representado por concepto de deuda de derechos de aseo, por el periodo que media entre el 30 de abril de 2009, y el 30 de noviembre de 2013, ambas fechas inclusive. Sostiene que su representado es dueño de la propiedad consistente en departamento número 402, del Block A, ubicado en calle Garrido número 13.791, del conjunto habitacional Jericó, de la comuna de Lo Barnechea, que se encuentra inscrita a su nombre a fojas 33286 número 50176, del Registro de Propiedad del año 2014, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Expone que la adquirió por compra a don Héctor Seguel Cornejo, de acuerdo a escritura pública de fecha 28 de abril de 2014, otorgada ante el Notario de Santiago don René Benavente Cash. Indica que su representado se enteró de la existencia de una importante deuda por derechos de aseo, por un total de $1.756.187, desde el día 30 de abril de 2009, al 30 de noviembre de 2013. Código: DZXTXBLZXQC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Explica que nunca ha sido requerido de pago por dicho concepto, y que atendidas estas circunstancias, y con el objeto de otorgar certeza de la situación actual de la propiedad de su mandante, solicita se declare la prescripción de todas las acciones para reclamar los cobros por deuda de derechos de aseo del periodo mencionado. Cita los artículos 2492, 25

Fundamentos

CONSIDERANDO: I. EN CUANTO A LA DEMANDA PRINCIPAL: PRIMERO: Que don Mario Gacitúa Swett interpuso demanda de prescripción extintiva de acción de cobro de derechos de aseo domiciliarios en contra de la Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea, Código: DZXTXBLZXQC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl todos ya individualizados, en atención a los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho señalados en lo expositivo de la presente sentencia. SEGUNDO: Que el demandante acompañó en el folio 1, Certificado de Deuda Derechos de Aseo emitido por Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea, con fecha 7 de octubre de 2021, respecto del inmueble ubicado en calle Garrido 013791 departamento 402 A, comuna de Lo Barnechea, cuyos vencimientos datan entre el 30 de abril de 2009 y el 30 de noviembre de 2021. TERCERO: Que, por su parte, la demandada en su escrito de contestación de folio 10, se allanó a la acción deducida por el período que corre entre abril de 2009 y octubre de 2013. CUARTO: Que para una acertada resolución del asunto sometido al conocimiento y decisión de este Tribunal, es menester analizar la normativa legal que al efecto establece nuestro ordenamiento jurídico. El artículo 2492 del Código Civil indica que la prescripción extintiva es un modo de extinguir las acciones y derechos ajenos, por no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo y concurriendo los demás requisitos legales; el artículo 2514 de la señalada compilación legal agrega que la prescripción que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones y que él se cuenta desde que la obligación se haya hecho exigible. A su turno, el artículo 2493 de la referida recopilación establece que el que quiera aprovecharse de la prescripción debe alegarla, y luego el artículo 2521 del citado código señala que prescriben en tres años las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos. QUINTO: Que conforme a los artículos 5 y 6 del Decreto Ley N° 3063, sobre Rentas Municipales, esta magistratura estima que la obligación de cuya prescripción se trata corresponde a la renta producida por un servicio público municipal (el de extracción de Código: DZXTXBLZXQC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl residuos sólidos domiciliarios), de modo que no resulta aplicable, en la especie, el plazo prescrito en el artículo 2521 del Código Civil, pues no se trata de ninguna clase de impuestos. A mayor abundamiento es el mismo Decreto Ley N° 3063 el que hace una clara diferenciación entre impuesto y derecho, al establecer un título completo relativo a la regulación de los impuestos municipales -correspondiente al Título IV- y otro a los recursos municipales -Título VII-, entre los cuales se encuentran los derechos de aseo,

Fallo

en mérito de lo expuesto precedentemente, se accederá a la demanda reconvencional, debiendo la demandada reconvencional pagar la deuda correspondiente a las cuotas por derechos de aseo vencidos entre el 30 de abril de 2019 y el 30 de noviembre de 2021, ambas inclusive, por una suma de $443.844, que corresponde a lo adeudado, incluyendo reajustes e intereses hasta el 14 de febrero del año en curso. Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 2492, 2493, 2497, 2514 y 2515 del Código Civil; 144, 160, 170 y 254 del Código de Procedimiento Civil; se resuelve: I. Que se acoge la demanda de fecha 25 de noviembre de 2021, en el sentido que se declara prescrita la acción de cobro de la deuda por concepto de derechos de aseo domiciliario respecto del inmueble correspondiente al departamento número 402, del Block A, ubicado en calle Garrido número 13.791, del conjunto habitacional Jericó, de la comuna de Lo Barnechea, correspondiente a las cuotas vencidas entre el 30 de abril de 2009 y el 30 de noviembre de 2013, ambas inclusive. Código: DZXTXBLZXQC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II. Que se acoge la demanda reconvencional deducida en el primer otrosí de la presentación de fecha 17 de febrero de 2022, y en consecuencia, se condena a don Mario Gacitúa Swett a pagar a la Ilustre Municipalidad Lo Barnechea, la suma de $443.844.- correspondiente a la deuda por concepto de derecho de aseo domiciliario

Texto Completo (Preview)

FOJA: 17 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 30º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-9351-2021 CARATULADO : GAZIT A/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LOÚ BARNECHEA Santiago, treinta de Agosto de dos mil veintid só VISTOS: Con fecha 25 de noviembre de 2021, rectificada a folio 5, comparece don Jaime Reyes Carrasco, abogado, en representación de don Mario Gacitúa Swett, ingeniero, ambos domicili

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