20º Juzgado Civil de Santiago

SAUMA/LUJAN

Rol

C-5156-2022

Fecha

31 de agosto de 2022

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE Con fecha 30 de mayo de 2022, comparece don Ramón Víctor Sauma Hananias, empresario, con domicilio para estos efectos en Huérfanos N°835, oficina N°1504, comuna y ciudad de Santiago, región Metropolitana; quien interpone demanda en juicio de arriendo contra don Luis Edinson Lujan Ulco, factor de comercio, con domicilio en calle Compañía N°2836, comuna y ciudad de Santiago. Con fecha 30 de junio de 2022, se notificó la demanda en conformidad al artículo 44 del Código de Procedimiento civil, y se practicó la primera reconvención de pago. Con fecha 18 de agosto de 2022, se llevó a efecto el comparendo de estilo, con la comparecencia de la demandante y en rebeldía de la demandada. El Tribunal practicó la segunda reconvención de pago, el que no se produjo, y se tuvo por contestada la demanda en rebeldía. Llamadas las partes a conciliación, esta no se produjo. Se recibió la causa a prueba, fijándose los hechos controvertidos que rolan en autos. Con fecha 26 de agosto de 2022, se citó a las partes a oír sentencia.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la demandante relata que tiene dado en arrendamiento por contrato escrito de fecha 1 de septiembre del año 2019, el inmueble ubicado en calle Compañía N°2836, comuna y ciudad de Santiago a don Luis Edinson Lujan Ulco, ya individualizado. Código: BZSVXBRKNFD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5156-2022 Foja: 1 Detalla, que el arriendo se pactó por la renta mensual, pagadera anticipadamente dentro de los primeros cinco días de cada mes, ascendente a la suma equivalente en pesos de 3,5 Unidades de Fomento. Afirma, que el demandado principal no ha pagado las rentas correspondientes a los meses de enero, febrero, marzo y abril del año 2022, por lo que adeuda la cantidad de 14 Unidades de Fomento, más las rentas que se devenguen durante el juicio, más reajustes e intereses corrientes de todo el periodo. Previa invocación de disposiciones legales que estima pertinentes, solicita tener por interpuesta demanda de terminación del contrato de arrendamiento en contra del demandado ya individualizado, disponer se practiquen las reconvenciones legales de pago, y en definitiva, acoger esta demanda, declarando: 1. Terminado dicho contrato de arriendo, y que el demandado queda obligado a pagar la suma de 14 Unidades de Fomento, más las rentas que se devenguen durante la secuela de este juicio, más intereses por todo el periodo; 2. Que el arrendatario debe restituir el inmueble arrendado, en el plazo de quinto día de notificado el

Fallo

fallo o en el que el Tribunal se sirva fijar, bajo apercibimiento de lanzamiento del demandado, enseres y demás ocupantes a cualquier título de la propiedad, con el auxilio de la fuerza pública si fuere necesario; y 3. Que se condene en costas al demandado. En subsidio de lo principal, y para el evento que el demandado, enervare con el pago la acción planteada en lo principal, en mérito de no haber cumplido la arrendataria con las obligaciones contractuales, en especial el pago oportuno de las rentas de arrendamiento, interpone demanda de desahucio, a objeto que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1,3,6,7 inciso primero, octavo y siguientes de la Ley 18.101 le restituya el inmueble arrendado dentro de quinto día que se notifique el fallo que se dicte en autos o en el plazo que el Tribunal se sirva señalar, bajo apercibimiento de lanzamiento del demandado, enseres y demás ocupantes a cualquier título de la propiedad, con el auxilio de la fuerza pública sí fuere necesario, todo con costas. SEGUNDO: Que, la demanda se tuvo por contestada en rebeldía. Código: BZSVXBRKNFD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5156-2022 Foja: 1 TERCERO: Que, atendido a lo dispuesto por el artículo 1698 del Código Civil, corresponde al actor probar la existencia del contrato y las obligaciones contraídas por la parte demandada en cuyo incumplimiento funda su acción, siendo de cargo de ésta última, probar el cumplimiento de

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C-5156-2022 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 20 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-5156-2022 CARATULADO : SAUMA/LUJAN Santiago, treinta y uno de Agosto de dos mil veintid só VISTOS Y TENIENDO PRESENTE Con fecha 30 de mayo de 2022, comparece don Ramón Víctor Sauma Hananias, empresario, con domicilio para estos efectos en Huérfanos N°835, oficina N°1504, comuna y ciudad de San

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