2º Juzgado Civil de Valdivia

CARIMARC LIMITADA/TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DE CHILE

Rol

C-667-2022

Fecha

29 de agosto de 2022

Materia

HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que en el sistema de tramitación de causas civiles bajo rol 667-2022 de este 2° Juzgado Civil de Valdivia en folio 1, SOCIEDAD CARIMARC LIMITADA, representada por don Claudio Marcelo Guzmán Berríos, ingeniero en administración de empresas, ambos domiciliados en calle Chacabuco N° 355, Valdivia dedujo demanda contra TESORERIA REGIONAL DE LOS RIOS, representada por la abogada Lidia Odette Rodríguez Silva, o quien la reemplace o subrogue legalmente, ambos domiciliados en calle San Carlos N° 50, Valdivia, pretendiendo que se declare prescrita la acción de cobro que tiene dicha entidad respecto de los impuestos adeudados que se detallan a continuación, más sus intereses, reajustes y multas, con costas en caso de oposición 1.- Folio 1960914, formulario 21, vencimiento al 13/11/2017, por $ 2.151.940.- 2.-Folio 1960917, formulario 21, vencimiento al 12/01/2018, por $ 6.940.841.- 3.- Folio 1960920, formulario 21, vencimiento al 12/04/2018, por $ 4.361.782.- 4.- Folio 1960921, formulario 21, vencimiento al 12/03/2018, por $ 4.092.647.- 5.-Folio 5937580996, formulario 21, vencimiento al 14/09/2015, por $ 2.923.093.- 6.- Folio 5954011946, formulario 21, vencimiento al 13/10/2015, por $ 2.073.310.- 7.- Folio 5989597836, formulario 21, vencimiento al 14/12/2015, por $ 4.430.280.- 8.-Folio 6275387566, formulario 21, vencimiento al 13/03/2017, por $ 1.797.865.- 9.-Folio 6294551156, formulario 21, vencimiento al 12/04/2017, por $ 3.573.406.- 10.-Folio 6314518936, formulario 21, vencimiento al 12/05/2017, por $ 1.139.160.- 11.-Folio 6335042536, formulario 21, vencimiento al 12/06/2017, por $ 3.656.883.- 12.-Folio 6356329586, formulario 21, vencimiento al 12/07/2017, por $ 4.664.916.- 13.-Folio 6396925996, formulario 21, vencimiento al 12/09/2017, por $ 3.527.349.- 14.-Folio 6416543806, formulario 21, vencimiento al 12/10/2017, por $ 5.339.549.- 15.-Folio 6433036606, formulario 21, vencimiento al 13/11/2017, por $ 4.479.952.- 16.-Folio 6450679496, formulario 21, vencimiento al

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a objeto de acreditar su pretensión la demandante rindió la siguiente prueba documental: - Certificado de deuda fiscal emitido por Tesorería General de la República de fecha 19 de abril de 2022. - Copias de los expedientes judiciales N° C-131-2019, C-139-2019 ambas del Primero Civil de Valdivia con sus respectivos expedientes administrativos y expediente judicial C-1302-2016 del Segundo Juzgado Civil de Valdivia con su respectivo expediente administrativo. Código: XXDSXBBBBXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEGUNDO: Que, teniendo presente el mérito de los documentos de folio 1, acompañado en forma legal y no objetados se desprende que los impuestos individualizados en el certificado de deuda emitido con fecha 19 de abril de 2022, se encuentran prescritos considerando que, habiéndose judicializado el cobro de dichos impuestos en su oportunidad los procedimientos fueron declarados en abandono, por lo que han transcurrido más de tres años de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2521 del Código Civil y artículos 200 y 201 del Código Tributario. Por tales motivaciones y disposiciones citadas, y visto además lo dispuesto en los artículos 160, 170 del Código de Procedimiento Civil y 1567 N.° 10 y 1698 del Código Civil,

Fallo

se declara: Que ha lugar a la demanda de folio 1. En consecuencia, se declara la prescripción de los impuestos individualizados en la demanda, sin costas. Consúltese, si no se apelare. Regístrese y notifíquese por correo electrónico a la demandante, y a la parte demandada notifíquesele mediante la inclusión de la presente resolución en el Estado Diario del día de hoy, al no haber designado en su primera presentación un medio de notificación electrónico. Rol N. º 667-2022 Resolvió Nibaldo Cabezas López, Juez titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del artículo 162 del Código de Procedimiento Civil, en Valdivia, a veintinueve de Agosto de dos mil veintidós. Código: XXDSXBBBBXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-08-29T12:27:12-0400

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Valdivia CAUSA ROL : C-667-2022 CARATULADO : CARIMARC LIMITADA/TESORER A GENERALÍ DE LA REP BLICA DE CHILEÚ Valdivia, veintinueve de Agosto de dos mil veintid só Vistos: Que en el sistema de tramitación de causas civiles bajo rol 667-2022 de este 2° Juzgado Civil de Valdivia en folio 1, SOCIEDAD CARIMARC LIMITADA, representada por don C

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