29º Juzgado Civil de Santiago

GUTIÉRREZ/SERVICIO DE REGI

Rol

C-8836-2021

Fecha

29 de agosto de 2022

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Walter Rosales Bravo, abogado, domiciliado en Compañía N° 1390, oficina 311, Santiago, en representación convencional de César Eugenio Gutiérrez Osorio, carpintero, domiciliado en Los Pehuenches N° 9456, Peñalolén, interpone demanda en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, representado por su Director Nacional Sergio Mierzejewski Lafferte, ambos domiciliados en Catedral N° 1772, piso 3, Santiago. Expone que su representado es hijo de Hilda Osorio Marambio -también conocida como Ilda Nora Osorio Marambio-, cédula nacional de identidad N° 858.508-3, y de César Eugenio Gutiérrez Bastías. Asimismo, que la madre de su representado falleció con fecha 22 de octubre del año 2014, concediéndose la posesión efectiva de la herencia mediante resolución exenta N° 51146 de fecha 28 de julio de 2016, dictada por el Director Regional Metropolitano de Santiago del Servicio de Registro Civil e Identificación. Destaca que en la referida posesión efectiva no figura César Eugenio Gutiérrez Osorio como heredero. Señala que por lo anterior se solicitó rectificación de posesión efectiva, en el sentido de agregar a su representado como heredero. Primero, en solicitud N° 94 de fecha 23 de marzo de 2021, que fue rechazada mediante Ordinario N° 2422 de fecha 26 de agosto de 2021 y resolución exenta N° 29824 de fecha 3 de mayo de 2021, aduciéndose como fundamento: “la falta de reconocimiento como hijo natural por escritura pública o acto testamentario, entre otras formalidades , como lo exigía la ley vigente a la época de su nacimiento, según lo dispuesto en los artículos 6 de la Ley 19.903, 17 N° 2 del reglamento de Posesiones Efectivas, artículos 988 y siguientes del Código Civil vigentes a esa época y los artículos segundo y tercero de la Ley sobre efecto retroactivo de las leyes. Por lo anterior tiene la calidad de hijo simplemente ilegítimo, lo que implica que no se produce parentesco ni efectos hereditarios respecto del causante”. Indica que efectuó una segu

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la parte demandante acompaña los siguientes documentos: 1.- Certificado de nacimiento de César Eugenio Gutiérrez Osorio. Nombre del padre: César Eugenio Gutiérrez Bastías. Nombre de la madre: Hilda Osorio Marambio. Nacido el 29 de mayo de 1940. 2.- Copia autorizada de partida de nacimiento de César Eugenio Gutiérrez Osorio. Circunscripción Santiago. N° 3. Departamento de Santiago. Moneda. Inscripción N° 2304 del año 1940. Datos de los padres. Padre: César Eugenio Gutiérrez Bastías. Madre: Hilda Osorio Marambio. Requirentes de la inscripción: Código: XBDFXBQLMTB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 los padres. Observaciones: “los padres pidieron constara sus nombres”. Firmado por César Eugenio Gutiérrez Bastías e Hilda Osorio Marambio. 3.- Certificado de defunción de Ilda Nora Osorio Marambio. RUN. 858.508- 3. Falleció el 22 de octubre de 2014. 4.- Certificado de posesión efectiva N° 5808 del año 2016. Nombre de la causante: Ilda Nora Osorio Marambio. RUN. 858.508-3. Fecha de defunción: 22 de octubre de 2014. Posesión efectiva concedida por el Director Regional, Resolución Exenta N° 51148 de 28 de julio de 2016. Sus herederos son: i) Luciana Basconselo Osorio (hija); ii) Humberto del Tránsito Basconselo Osorio (hijo); iii) Hilda Adriana Basconselo Osorio (hija); iv) Eva Aurora Basconselo Osorio (hija); v) Raúl Alberto Gutiérrez Delgado, en representación de su padre Raúl Manuel Gutiérrez (nieto); y, vi) Claudia Andrea Gutiérrez Delgado, en representación de su padre Raúl Manuel Gutiérrez (nieta). 5.- Solicitud de rectificación de posesión efectiva N° 94 de fecha 23 de marzo de 2021, presentada por César Eugenio Gutiérrez Osorio, requiriendo su agregación, en calidad de hijo, a la resolución que concede la posesión efectiva de los bienes quedados al fallecimiento de Ilda Nora Osorio Marambio. RUN. 858.508-3. 6.-Solicitud de Rectificación de posesión efectiva N° 10256 de fecha 26 de agosto de 2021, presentada por César Eugenio Gutiérrez Osorio, requiriendo su agregación, en calidad de hijo, a la resolución que concede la posesión efectiva de los bienes quedados al fallecimiento de Ilda Nora Osorio Marambio. RUN. 858.508-3. 7.- Ordinario N° 2422 de fecha 26 de agosto de 2021 junto a resolución exenta N° 29824 de fecha 3 de mayo de 2021. Se rechaza la solicitud de rectificación de posesión efectiva, en base al siguiente fundamento: “que no fue reconocido por la causante como hijo natural, por escritura pública o acto testamentario, entre otras formalidades , como lo exigía la ley vigente a la época de su nacimiento, según lo dispuesto en los artículos 6 de la Ley 19.903, 17 N° 2 del reglamento de Posesiones Efectivas, artículos 988 y siguientes del Código Civil vigentes a esa época y los artículos segundo y tercero de la Ley sobre efecto retroactivo de las leyes. Por lo anterior tiene la calidad de hijo simplemente ilegítimo, lo que implica

Fallo

Por tanto, los instrumentos públicos acompañados hacen plena fe en cuanto al hecho de haberse otorgado, gozando de una verdadera presunción de autenticidad, tanto respecto del hecho de haber sido dados por las personas que comparecen, como –en su caso- de haber sido autorizados por la persona que actúa como ministro de fe pública. Además, los instrumentos públicos hacen plena fe en cuanto a su fecha. CUARTO: Que después de valorar la prueba y teniendo en cuenta las concordancias entre las partes, se tiene por establecidos los siguientes hechos: a) Que César Eugenio Gutiérrez Osorio es hijo de César Eugenio Gutiérrez Bastías e Hilda Osorio Marambio, conforme consta en la partida de nacimiento, instrumento público firmado por estas personas, en que se indica: “los padres pidieron constara sus nombres”. b) Que Ilda Nora Osorio Marambio, RUN. 858.508-3, falleció el 22 de octubre de 2014. c) Que por resolución exenta N° 51148 de 28 de julio de 2016 se concede, con beneficio de inventario, la posesión efectiva de los bienes quedados al Código: XBDFXBQLMTB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 fallecimiento de Ilda Nora Osorio Marambio, RUN. 858.508-3, a los siguientes herederos: i) Luciana Basconselo Osorio (hija); ii) Humberto del Tránsito Basconselo Osorio (hijo); iii) Hilda Adriana Basconselo Osorio (hija); iv) Eva Aurora Basconselo Osorio (hija); v) Raúl Alberto Gutiérrez Delgado, en representació

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 1 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 29 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-8836-2021 CARATULADO : GUTI RREZ/SERVICIO DE REGIÉ Santiago, veintinueve de Agosto de dos mil veintid só VISTOS: Walter Rosales Bravo, abogado, domiciliado en Compañía N° 1390, oficina 311, Santiago, en representación convencional de César Eugenio Gutiérrez Osorio, carpintero, domicil

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