1° Juzgado de Letras de San Antonio

H. MOTORES S.A./INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO SAN ANTONIO

Rol

I-7-2023

Fecha

6 de mayo de 2023

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos a probar los siguientes: 1.- Efectividad que la Inspección del Trabajo de San Antonio incurrió en un error de hecho al imponer las multas que se reclaman. 2.- Efectividad que las multas que se reclaman se encuentran mal cursadas. SEXTO: Que, la reclamante ofreció y rindió en la audiencia única de contestación, conciliación y prueba, la siguiente prueba: I.- Documental: 1.- Resolución de multa N°148/22/32 de fecha 22 de septiembre de 2022. 2.- Correo electrónico de fecha 17 de febrero de 2023, enviado por Cristian Pávez del Rio al correo electrónico lalvarez@hmotores.cl; con el asunto: Resolución de Multa N°1248/2022/32 de fecha 22/09/2023. 3.- Anexo de contrato de trabajo de fecha 15 de septiembre de 2022, celebrado entre H Motores y Waldo Benavides Huanquiao. 4.- Anexo de contrato de trabajo de fecha 15 de septiembre de 2022, celebrado entre H Motores y Waldo Benavides Huanquiao. 5.- Anexo de contrato de trabajo de fecha 15 de septiembre de 2022, celebrado entre H Motores y Waldo Benavides Huanquiao. 6.- Anexo de contrato de trabajo de fecha 15 de septiembre de 2022, celebrado entre H Motores y Romina Orrego Tobar. 7.- Anexo de contrato de trabajo de fecha 15 de septiembre de 2022, celebrado entre H Motores y Romina Orrego Tobar. 8.- Anexo de contrato de trabajo de fecha 15 de septiembre de 2022, celebrado entre H Motores y Lorenzo Ríos Opazo. 9.- Anexo de contrato de trabajo fecha 15 de septiembre de 2022, celebrado entre H Motores y Carolina Sabugo Neira. 10.- Anexo de contrato de trabajo de fecha 15 de septiembre de 2022, celebrado entre H Motores y Carolina Sabugo Neira. 11.- Anexo de contrato de trabajo de fecha 15 de septiembre de 2022, celebrado entre H Motores y Gabriela Marambio. 12.- Anexo de contrato de trabajo de fecha 15 de septiembre de 2022, celebrado entre H Motores y Carolina Sabugo Neira. 13.- Anexo de contrato de trabajo de fecha 15 de septiembre de 2022, celebrado entre H Motores y Juan Armero Muñoz. 14.- Anexo de contrato

Fundamentos

fundamentos de hecho y derecho que pasa a exponer. Sostiene que con fecha 4 de agosto de 2022 se ingresa por el módulo de atención de público, denuncia en contra de la reclamante por remuneraciones, indicándose que no se ha reajustado el salario mínimo, que se adeuda bono de producción y que los trabajadores no reciben un detalle de comisiones. Aduce que en virtud de dicha denuncia, se genera la comisión 0504/2022/413, asignada al fiscalizador Aristóteles Pacheco Peralta, quien con fecha 13 de septiembre de 2022 realiza visita inspectiva en dependencias de la empleadora, ubicada en Vicuña Mackenna N°45, comuna de San Antonio, en donde es atendido por el señor Eduardo Valdenegro, jefe de sucursal, a quien hace entrega de Formulario FI-1 “Notificación de Inicio de Fiscalización”, y se le informa en relación a la materia a fiscalizar. Expresa que en el curso de la visita inspectiva, se realiza revisión de documentación laboral, específicamente los contratos de trabajo, comprobantes de pago de remuneraciones, registro de asistencia y planilla de cotizaciones previsionales del periodo marzo a septiembre de 2022, detectando el fiscalizador que En materia de remuneración, no se acredita la entrega de comprobante de pago de remuneraciones y anexo respecto de las comisiones devengadas; asimismo, observa que el empleador no paga el ingreso mínimo mensual. Refiere que, respecto del registro de asistencia, detecta que este no es llevado por los trabajadores comisionistas, no estableciendo su contrato que se encuentran exceptuados de la jornada ordinaria de trabajo. Aduce que de la revisión de los contratos de trabajo, detecta que estos no tienen las cláusulas mínimas del artículo 10 del Código del Trabajo, y que finalmente requerida la carta conductora de entrega de Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, que según contrato fue entregada a los trabajadores, esta no fue exhibida. Manifiesta que todas las infracciones constatadas fueron registradas por el fiscalizador en el Formulario FI-3, otorgándole plazo de corrección de 2 días respecto de aquellas materias que aplica tal beneficio, consignándose en el mismo formulario que la no entrega de comprobante de remuneraciones y la no exhibición de documentos, referente al comprobante de entrega del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, no admite corrección. Sostiene que al finalizar el procedimiento, según se consigna en informe emitido por el funcionario, la fiscalizada acredita corrección; no obstante con fecha 22 de septiembre de 2022 se cursa la multa 1248/22/32 respecto de aquellas infracciones constatadas en el procedimiento inspectivo y que no admiten corrección, sancionando por infracción a los artículos 31 y 32 del DFL N°2 de 1967 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, por no exhibir toda la documentación necesaria para efectuar las labores de fiscalización y por infracción al artículo 54 el Código del Trabajo, por no entregar comprobante de pago de remuneraciones, de a

Fallo

SE DECLARA: I.- Que, se hace lugar a la reclamación judicial interpuesta por Hmotores S.A, en contra de la resolución de multa Nº1248/22/32 dictada por la Inspección Provincial del Trabajo de San Antonio, solo en cuanto se deja sin efecto la multa N°1 impuesta en virtud de dicha resolución. II.- Que cada parte pagará sus costas. Notifíquese a las partes, en virtud de lo dispuesto en el artículo 457 del Código del Trabajo y para el caso que no asistan, hágase efectivo el apercibimiento dispuesto en su inciso segundo. Dese lectura al fallo por el ministro de fe del tribunal y otórguese copia a la parte que lo solicite, sin perjuicio de ello, hágase también vía correo electrónico a los apoderados de las partes. Anótese, comuníquese y regístrese. Archívese cuando en derecho corresponda. RIT I-7-2023 RUC 23-4-0464820-9 Dictada por PALOMA FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, Jueza Titular. En San Antonio, a seis de abril de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución precedente.

Texto Completo (Preview)

San Antonio, seis de mayo de dos mil veintitrés VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que mediante reclamo de fecha 6 de marzo de 2023, comparece Carlos Patricio Maldonado Garrido, abogado, en representación de H. MOTORES S.A., sociedad del giro de su denominación, RUT 76.124.915-0, ambos con domicilio en avenida Libertad N°1405, oficina 1203, torre Coraceros, Viña del Mar, señalando que encontrán

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