BESELER/
Rol
V-163-2022
Fecha
26 de agosto de 2022
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, con fecha 9 de mayo de 2022, compareció JORGE CARLOS BESELER VALDIVIA, chileno, casado, abogado, domiciliado en calle Huérfanos 1160, oficina 611, Santiago, y refirió que en terrenos abiertos e incultos de la comuna de Camarones, provincia de Arica, Región de Arica y Parinacota, encontró sustancias concesibles, por lo que solicitó un pedimento que denominará “TALTAPE 11”. Agregó que el punto medio de la cara superior de la concesión que solicitó, está definido por las coordenadas UTM: Norte 7.899.500,00 metros y Este 442.500,00 metros referidas al Datum La Canoa de 1956 Elipsoide Internacional de 1924, Zona 19. Asimismo, señaló que dichas coordenadas corresponden a la intersección de las diagonales de un cuadrado, cuyos lados de orientación Norte-Sur miden 1.000 metros y los lados de orientación Este-Oeste miden 1.000 metros conteniendo una superficie de 100 hectáreas. Previas citas legales, solicitó que se acoja la solicitud de folio 1; se disponga la inscripción y publicación del pedimento, y a la vez, se ordene al señor Secretario que le otorgue copia autorizada del pedimento y certificado del día y hora de su presentación al tribunal y de la resolución que ordena inscribir y publicar, según el artículo 50 del Código de Minería. SEGUNDO: Que el pedimento minero se inscribió con fecha 17 de mayo de 2022, a fojas 975 y siguientes, bajo el Nº 490, del año 2022, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Arica. TERCERO: Que la inscripción del pedimento antes referido se publicó con fecha 6 de junio de 2022, en el Boletín Oficial de Minería del Diario Oficial de la República de Chile. CUARTO: Que, a folio 10, mediante ordinario N° 0515, de fecha 18 de agosto de 2022 el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió el correspondiente informe, consignando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano se encuentran conforme a las disposiciones legales vigentes; y, G que la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, y ésta queda comprendida dentro del terreno pedido. QUINTO: Que las coordenadas UTM referidas a los vértices del perímetro de la cara superior de la concesión de exploración denominada “TALTAPE 11” son: VERTICE NORTE (METROS) ESTE (METROS) Punto Medio 7.899.500,00 442.500,00 V1 7.900.000,00 442.000,00 V2 7.900.000,00 443.000,00 V3 7.899.000,00 443.000,00 V4 7.899.000,00 442.000,00 SEXTO: Que la petición cumple con los requisitos legales puesto que fue formulada dentro del plazo, se ha acreditado con los respectivos comprobantes el pago de la tasa de pedimento, patente proporcional y se ha cumplido con la presentación de los demás antecedentes exigidos por el artículo 55 del Código de Minería. Y visto además lo dispuesto en los artículos 43, 48, 55 y 87 del Código de Minería,
Fallo
SE RESUELVE: Que se APRUEBA el plano del pedimento y se declara constituida la concesión de exploración denominada “TALTAPE 11”, con una superficie total de 100 hectáreas en favor de JORGE CARLOS BESELER VALDIVIA, peticionario de autos, ya individualizado. Publíquese esta sentencia en extracto e inscríbase dentro del plazo legal. Hágase entrega al interesado del original y una copia del plano de la presente sentencia a fin de que dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento del Código de Minería. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívense estos antecedentes si no se apelare. Rol V-163-2022 Dictada por GONZALO BRIGNARDELLO CRUZ, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Arica. Autoriza MANUEL ALVAREZ OSSANDON, Secretario Subrogante. En Arica, a veintiséis de Agosto de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Jlv P LJG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 03 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-08-26T10:23:41-0400
Texto Completo (Preview)
FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Arica CAUSA ROL : V-163-2022 CARATULADO : BESELER/ Arica, veintiséis de Agosto de dos mil veintidós VISTO y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, con fecha 9 de mayo de 2022, compareció JORGE CARLOS BESELER VALDIVIA, chileno, casado, abogado, domiciliado en calle Huérfanos 1160, oficina 611, Santiago, y refirió que en
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