INVERSIONES VISTA HERMOSA LIMITADA/ZERENE
Rol
C-1769-2021
Fecha
25 de agosto de 2022
Materia
MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 5 de julio de 2021 comparece el abogado don Eduardo Alonso Orellana Medel, en representación de Inversiones Vista Hermosa Limitada, persona jurídica del giro de su denominación, Rut N°79.947.520-0, representada legalmente por doña Andrea Casandra Castillo Castillo, chilena, soltera, corredora de propiedades, Rut N°13.428.999-6, ambos con domicilio para estos efectos en calle Manuel Bulnes Nro. 541, Of. Nro. 505, comuna y ciudad de Temuco, quien viene en deducir demanda de término del contrato de arrendamiento por no pago de rentas en contra de doña Michelle Jeannette Zerene Menard, chilena, soltera, diseñadora de vestuario, Rut N°17.726.495-4, domiciliada en calle Torremolinos Nro. 320, Dpto. Nro. 717, comuna y ciudad de Temuco, en base a los argumentos de hecho y derecho que en su libelo expone. Con fecha 19 de agosto de 2021 se notificó personalmente a la demandada de la demanda, practicándose igualmente la primera reconvención de pago. Con fecha 02 de septiembre de 2021 tuvo lugar la audiencia de contestación, conciliación y prueba decretada en autos, con la comparecencia de la parte demandante y demandada. La demandante ratificó la demanda en todas sus partes. Se practicó la segunda reconvención de pago. La demandada contestó la demanda por medio de minuta escrita. Se llamó a las partes a conciliación, la que no se produjo. Finalmente se recibió la causa a prueba, con lo que se puso término a la audiencia. Con fecha 11 de agosto de 2022, se citó a las partes a oír sentencia.- CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 5 de julio de 2021 el abogado don Eduardo Alonso Orellana Medel, en representación de Inversiones Vista Hermosa Limitada, persona jurídica del giro de su denominación, Rut N°79.947.520-0, representada legalmente por doña Andrea Casandra Castillo Castillo, chilena, soltera, corredora de propiedades, Rut N°13.428.999-6, ambos con domicilio para estos efectos en calle Manuel Bulnes Nro. 541, Of. Nro. 505, comuna y ciudad de Temuco, dedujo demanda de término del contrato de arrendamiento por no pago de rentas en contra de doña Michelle Jeannette Zerene Menard, chilena, soltera, diseñadora de vestuario, Rut N°17.726.495-4, domiciliada en calle Torremolinos Nro. 320, Dpto. Nro. 717, comuna y ciudad de Temuco, en base a los argumentos de hecho y derecho que expone en su libelo, al siguiente tenor: Código: XZNXXBBXDZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1769-2021 Foja: 1 “1. Que, mediante contrato de fecha 29 de agosto de 2017, celebrado entre las partes ante el Notario Público de Temuco don Carlos Alarcón Ramírez, la demandada recibió en arriendo el Departamento No. 717, Estacionamiento No. 1 y Bodega No. 25, todos ubicados en calle Torremolinos No. 320, comuna y ciudad de Temuco, de propiedad de mi representada. 2. Relación clausulas del contrato de arrendamiento celebrado entre las partes y deudas vigentes de la arrendataria para con mi mandante. • DECIMO: “La renta mensual del Departamento será la suma de CUATROCIENTOS MIL PESOS y la renta mensual del estacionamiento y bodega será la suma de SESENTA MIL PESOS. A mayor abundamiento, la arrendataria pagará mensualmente la renta total de CUATROCIENTOS SESENTA MIL PESOS. Dichas sumas incluyen los gastos comunes que le corresponden al Departamento, estacionamiento y bodega en el condominio. La arrendataria estará obligada a pagar la renta anticipadamente, dentro de los primeros cinco días de cada mes, mediante deposito o transferencia electrónica en la cuenta corriente número uno siete seis guion cero dos cinco uno siete guion cero cero, del Banco de Chile, cuyo titular es la Sociedad INVERSIONES VISTA HERMOSA LIMITADA, rol único tributario número setenta y nueve millones novecientos cuarenta y siete mil quinientos veinte guion cero. Una vez realizado el deposito o transferencia, se deberá enviar comprobante vía email, a la siguiente dirección de correo electrónico qapartamentos@gmail.com. Se deja constancia que la boleta del deposito será considerado como recibo suficiente del pago de la renta”. • UNDECIMO: “La renta de arrendamiento será cancelada mes por adelantado y se reajustará, cada 12 meses según IPC, para efectos de este contrato”. Conforme a lo expresado anteriormente, la renta inicial de arrendamiento era de $460.000 (cuatrocientos sesenta mil pesos), la cual soportaría un reajuste anual (12 meses) conforme a las variaciones del IPC. En este sentido y conforme al cálculo efectuado por esta p
Fallo
POR TANTO, de acuerdo a lo establecido en los artículos 1545, 1915, 1938, 1942 y 1977 del Código Civil, 680 del Código de Procedimiento Civil, artículo 1, 6, 7, 8, 10, 15, 21 y siguientes de la Ley 18.101, y demás normas legales pertinentes; RUEGO A S.S., tener por interpuesta demanda de terminación de contrato por no pago de rentas, en contra de doña Michelle Jeannette Zerene Menard, ya individualizada, someterla a tramitación, ordenar que se practiquen las reconvenciones legales, por las sumas indicadas en el cuerpo de esta demanda, siendo la primera con la notificación de la demanda y la segunda en la audiencia de estilo y, en definitiva acogerla en todas sus partes, declarando y resolviendo: 1. Que, se encuentra terminado el contrato de arriendo singularizado en lo principal, por no pago de las rentas pactadas. 2. Que, la demandada debe pagar las rentas de arrendamiento ya señaladas (meses de mayo y junio de 2021) y las que se devenguen durante la tramitación del juicio y hasta que se efectúe la restitución integra de los inmuebles dados en arrendamiento y el pago respectivo, más los reajustes indicados en el artículo 21 de la Ley 18.101; 3. Que, la demandada debe pagar los saldos insolutos respecto de las rentas devengadas desde agosto de 2018 a abril de 2021, por la suma de $762.414, conforme a las variaciones que experimentó la renta conforme a las variaciones del IPC, en los periodos de agosto 2018, agosto 2019 y agosto 2020, más los reajustes, que procedan en su porc
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C-1769-2021 Foja: 1 FOJA: 41 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-1769-2021 CARATULADO : INVERSIONES VISTA HERMOSA LIMITADA/ZERENE Temuco, veinticinco de Agosto de dos mil veintid só VISTOS: Con fecha 5 de julio de 2021 comparece el abogado don Eduardo Alonso Orellana Medel, en representación de Inversiones Vista Hermosa Limitada, persona jurídic
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