ÁVALOS/
Rol
V-18-2022
Fecha
25 de agosto de 2022
Materia
DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Con fecha 19 de enero de 2022, comparece don Patricio Mardones Fuenzalida, abogado, domiciliado en calle Agustinas N° 1028, oficina 511, comuna de Santiago, en representación de doña Luisa Adriana Avalos Reyes, chilena, Gestora de negocios, separada de bienes, cédula de identidad N° 5.395.528-2, domiciliada en Avenida El Bosque Norte N° 107, comuna de Las Condes, y solicita se le conceda la autorización judicial para donar por mera liberalidad a doña Daniela Constanza Castro Jorquera, chilena, independiente, soltera, cédula nacional de identidad N° 21.131.348-K, la nuda propiedad del departamento N° 1605, del décimo sexto piso, el estacionamiento 128 y la bodega 139, ambos del primer subterráneo, todos del Edificio Plaza Los Sacramentos, ubicado en calle Santa Isabel N° 951, comuna de Santiago, región Metropolitana. Conservando para sí misma el usufructo de los inmuebles ya individualizados. De igual forma, indica que el monto de su patrimonio es absolutamente suficiente para proceder con la materialización de la donación objeto de esta solicitud, lo cual no le causa menoscabo alguno a su patrimonio. Previas citas legales, solicita se acoja su solicitud, Con fecha 28 de marzo de 2022 se rindió información sumaria de testigos, de don Víctor Hugo Miller Huenuanca, cédula de identidad N° 15.576.037-0, y doña María Paz Fuenzalida Gutiérrez, cédula de identidad N° 13.269.918-6, quienes exponen, que la donación que pretende hacer el solicitante no vulnera derechos hereditarios de sus legitimarios ni de terceros, así como tampoco afectará a su patrimonio. Con fecha 07 de junio de 2022 consta acompañado Certificado emitido por el Servicio de Impuestos Internos, XIX Dirección Regional, Santiago Norte, que da cuenta de la exención del impuesto a la donación solicitada. Código: JECEXBDYNRX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Con fecha 14 de julio de 2022, se trajeron los autos para fallo.
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que, el artículo 1401 del Código Civil dispone en sus incisos segundo y tercero que “Se entiende por insinuación la autorización del juez competente, solicitada por el donante o donatario. El juez autorizará las donaciones en que no se contravenga a ninguna disposición legal”. A su vez el artículo 889 del Código de Procedimiento Civil, establece los requisitos específicos que se deben cumplir para acceder a la solicitud de donación. Segundo: Que, a fin de acreditar sus asertos, la solicitante acompañó los siguientes documentos: 1.- Copia de inscripción de la propiedad inscrita a fojas 11.540, número 18.380 correspondiente al Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 2009 2.- Certificado de nacimiento de doña Daniela Constanza Castro Jorquera. 3.- Listado de propiedades asociados a la solicitante emitido por el Servicio de Impuestos Internos. 4.- Certificado de exención de impuesto a la donación emitido por el Servicio de Impuestos Internos, XIX Dirección Regional, Santiago Norte, Tercero: Que la naturaleza administrativa de las gestiones no contenciosas, como la iniciada en autos, presupone que los hechos invocados por los peticionarios sean claros, indubitados y perfectamente determinados, de modo que el tribunal solo le corresponda acreditar el cumplimiento de las formalidades de la petición, indicadas al motivo primero que antecede. Cuarto: Que del análisis de los documentos reseñados precedentemente, así como el comprobante de pago de impuesto acompañado en autos y la información sumaria rendida, resultan a juicio de esta sentenciadora suficientemente acreditados los presupuestos legales, teniendo en especial consideración que se han señalado las especies que se donaran y la persona sobre la cual recaerá dicha donación, así como también, se ha acreditado la solvencia del solicitante, estimándose que dicha actuación no perjudica el derecho de los legitimarios. Código: JECEXBDYNRX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Y vistos además lo dispuesto en los artículos 1386 y siguientes del Código Civil, y artículos 817 y siguientes y 889 y 890 del código de procedimiento civil,
Fallo
se resuelve: Que se acoge la solicitud de fecha 19 de enero de 2022, en consecuencia se autoriza doña Luisa Adriana Avalos Reyes, chilena, Gestora de negocios, separada de bienes, cédula de identidad N° 5.395.528-2, domiciliada en Avenida El Bosque Norte N° 107, comuna de Las Condes, para que done por mera liberalidad a doña Daniela Constanza Castro Jorquera, chilena, independiente, soltera, cédula nacional de identidad N° 21.131.348-K, la nuda propiedad del departamento N° 1605, del décimo sexto piso, el estacionamiento 128 y la bodega 139, ambos del primer subterráneo, todos del Edificio Plaza Los Sacramentos, ubicado en calle Santa Isabel N° 951, comuna de Santiago, región Metropolitana. Conservando para sí misma el usufructo de los inmuebles ya individualizados. Regístrese DICTADA POR DOÑA CLAUDIA DONOSO NIEMEYER, JUEZ TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veinticinco de Agosto de dos mil veintid só Código: JECEXBDYNRX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Código: JECEXBDYNRX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-08-25T11:09:38-0400
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 20 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 18 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-18-2022 CARATULADO : VALOS/Á Santiago, veinticinco de Agosto de dos mil veintid só Vistos: Con fecha 19 de enero de 2022, comparece don Patricio Mardones Fuenzalida, abogado, domiciliado en calle Agustinas N° 1028, oficina 511, comuna de Santiago, en representación de doña Luisa Adriana Ava
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