Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción

BASCUR/FERNANDEZ VIAL SOCIEDAD ANÓNIMA DEPORTIVA PROFESIONAL

Rol

M-161-2023

Fecha

4 de mayo de 2023

Materia

Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos contenidos en la demanda, por lo cual se dicta sentencia inmediatamente. SENTENCIA (solo parte resolutiva): En Concepción a cuatro de mayo de dos mil veintitrés: Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 63, 161 162, 168, 172, 173 del Código del Trabajo 446 y siguientes del mismo cuerpo legal, se resuelve: I.- Qué se hace lugar a la demanda interpuesta por Doña CARLA MELISSA BASCUR DAZA en contra de FERNANDEZ VIAL SOCIEDAD ANÓNIMA DEPORTIVA PROFESIONAL ambos ya individualizados declarándose su despido injustificado y nulo condenándose en consecuencia a la demandada a pagarle las siguientes prestaciones: 1) $739.583.- por concepto de remuneración del mes de octubre 2022 2) $739.583.- por concepto de remuneración del mes de noviembre del año 2022 3) $394.432.- por concepto de remuneración 16 días trabajados del mes de diciembre del año 2022 4) $739.583.- por concepto de indemnización sustitutiva aviso del previo. 5) $1.479166.- por concepto indemnización por 02 años de servicio. 6) $739.583.- por concepto de recargo del 50% de la indemnización por años de servicio. 7) $369.780.- por concepto de feriado legal. 8) $443.736.- por concepto de feriado proporcional. 9) Las cotizaciones en AFP Hábitat, Fonasa y AFC respecto de la remuneración de los meses de octubre y noviembre y 16 días del mes de diciembre a razón de $739.583.- mensuales 10) Las remuneraciones que se deben entre la fecha del despido el 16 de diciembre 2022 y la convalidación del mismo con el pago de las cotizaciones precedentemente indicadas a razón de $739.583.- mensuales. II.- Que se condena en costas a la demandada regulándose las personales en la suma de $400.000.-. III.- Las sumas que se ordenan pagar deberán serlo con los intereses y reajustes establecidos en los artículos 63 y 173 del Código Del Trabajo según corresponda. Las partes se entienden legalmente notificadas en este acto de todo lo que se ha resuelto. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dirigió don FER

Fallo

Se declara frustrada atendida la incomparecencia de la demandada No se recibe la causa a prueba para resolver, atendida la facultad en el artículo 453 N°1 inciso séptimo del Código del Trabajo que permite tener por admitido tácitamente los hechos contenidos en la demanda, por lo cual se dicta sentencia inmediatamente. SENTENCIA (solo parte resolutiva): En Concepción a cuatro de mayo de dos mil veintitrés: Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 63, 161 162, 168, 172, 173 del Código del Trabajo 446 y siguientes del mismo cuerpo legal, se resuelve: I.- Qué se hace lugar a la demanda interpuesta por Doña CARLA MELISSA BASCUR DAZA en contra de FERNANDEZ VIAL SOCIEDAD ANÓNIMA DEPORTIVA PROFESIONAL ambos ya individualizados declarándose su despido injustificado y nulo condenándose en consecuencia a la demandada a pagarle las siguientes prestaciones: 1) $739.583.- por concepto de remuneración del mes de octubre 2022 2) $739.583.- por concepto de remuneración del mes de noviembre del año 2022 3) $394.432.- por concepto de remuneración 16 días trabajados del mes de diciembre del año 2022 4) $739.583.- por concepto de indemnización sustitutiva aviso del previo. 5) $1.479166.- por concepto indemnización por 02 años de servicio. 6) $739.583.- por concepto de recargo del 50% de la indemnización por años de servicio. 7) $369.780.- por concepto de feriado legal. 8) $443.736.- por concepto de feriado proporcional. 9) Las cotizaciones en AFP Hábitat, Fonasa y AFC respect

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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN, CONTESTACIÓN, Y PRUEBA, PROCEDIMIENTO MONITORIO (Audiencia efectuada de manera presencial) FECHA 04 de mayo de 2023 Registro de Audio en remoto SALA 7 RUC 23-4-0463747-9 RIT M-161-2023 MAGISTRADO FERNANDO ANDRES STEHR GESCHE ADMINISTRATIVO DE ACTAS Ignacio Chaparro H. HORA DE INICIO 11:16 horas HORA DE TERMINO 11:25 horas Nº REGI

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