2º Juzgado de Letras de Calama

ALBEMARLE LTDA./

Rol

V-586-2022

Fecha

26 de agosto de 2022

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 20 de mayo de 2022, siendo las 13:26 horas, Cristian Andrés Carrillo Gajardo, chileno, divorciado, abogado, cédula de identidad Nº 16.019.043-4, en representación de ALBEMARLE LIMITADA, sociedad chilena del giro minero no metálico, Rut 85.066.600-8, ambos domiciliados en Avenida Isidora Goyenechea Nº 3.162, oficina 202, comuna de Las Condes, Santiago, solicitó la constitución de una concesión minera de exploración, de sustancias concesibles, en terrenos de una superficie total de 400 hectáreas, a la que denominó “LILA 3 C”, cuyo punto medio se sitúa en la Provincia de El Loa, comuna de San Pedro de Atacama, Región de Antofagasta, y tiene las siguientes coordenadas U.T.M. AL NORTE: 7.373.500,00 metros, AL ESTE: 567.500,00 metros. SEGUNDO: Que el referido pedimento fue inscrito con fecha 26 de mayo de 2022, a fojas 1954 bajo el Nº 1138, en el registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama, correspondiente al año 2.022. TERCERO: Que con fecha 06 de junio de 2022, el pedimento minero se publicó en el Boletín Oficial de Minería, en la edición N° 43.271, CVE 2138473, el cual se encuentra agregado a la carpeta electrónica. CUARTO: Que la superficie pedida en concesión es un rectángulo de 1.000 metros en sentido norte-sur, por 4.000 metros en sentido este-oeste, y las coordenadas Universales Transversales de Mercator (U.T.M.) de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior de la concesión de exploración en trámite son: VERTICES NORTE (mts.) ESTE (mts.) P. M. 7.373.500,00 567.500,00 V-1 7.374.000,00 565.500,00 V-2 7.374.000,00 569.500,00 V-3 7.373.000,00 569.500,00 V-4 7.373.000,00 565.500,00 QUINTO: Que, mediante ordinario N° 3732 de fecha 22 de agosto de 2022, el Servicio Nacional de Geología y Minería, emitió el correspondiente informe, sin observaciones, señalando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes; agregando que la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, concluyendo que ésta queda comprendida dentro del terreno pedido. Código: XLKXXBDREXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 SEXTO: Que no se ha incurrido en causal alguna de caducidad ni en vicios que obsten a la constitución de la concesión. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1º, 22, 34 y siguientes, 55, 57, 85, 86, 87 y 89 del Código de Minería; y 42 del Reglamento del cuerpo legal citado, resuelvo: I.- Declarar CONSTITUIDA la concesión de exploración “LILA 3 C”, sobre una superficie total de 400 hectáreas, a favor de ALBEMARLE LIMITADA, antes individualizada, y APROBAR el plano. II.- Publíquese esta sentencia en extracto conforme al artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. III.- Una vez certificada -a petición de la interesada- la ejecuto

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Foja: 1 FOJA: 9 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Calamaº CAUSA ROL : V-586-2022 CARATULADO : ALBEMARLE LTDA./ Calama, veintis is de Agosto de dos mil veintid sé ó VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 20 de mayo de 2022, siendo las 13:26 horas, Cristian Andrés Carrillo Gajardo, chileno, divorciado, abogado, cédula de identidad Nº 16.019.043-4, en repre

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