16º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/ORTIZ

Rol

C-1169-2022

Fecha

22 de agosto de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

antecedentes de hecho y

Fundamentos

fundamentos de derecho se alados en la excepci n anterior; 2.-ñ ó Indica que el mandato en virtud del cual el mandatario suscribi el pagar enó é representaci n del deudor mandante adolece de un vicio de nulidad que loó invalida, por lo que el pagar no empece al deudor, invocando los art culosé í 2116 y 2124 del C digo Civil, en cuanto el mandato debe tener por objetoó una o m s cosas determinadas que se trata de dar, hacer o no hacer y 3.-á no consta en autos la personer a del apoderado que suscribi el pagar paraí ó é representar a Banco de Cr dito de Inversiones, puesto que de losé documentos acompa ados no consta la personer a de donñ í Carlos Alejandro Marconi Vargas, quien suscribi el pagar de autos en representaci n deó é ó Banco de Cr dito e Inversiones, para representar a esta instituci n, lo cualé ó debe ser acreditado mediante una copia autorizada del mandato especial otorgado por Banco de Cr dito e Inversiones a dicha persona, lo que no haé ocurrido. Quinto. Que, al evacuar el traslado conferido respecto de la excepci n del numeral d cimo cuarto, la ejecutante solicita el rechazo deó é dicha excepci n, indicando que el mandatario no ha excedido las facultadesó contenidas en el mandato otorgado, por cuanto, ha sido el mismo demandado, el que al suscribir el contrato se alado, ha dado su anuencia añ que el Banco, actuando a nombre y representaci n del cliente, acepte letrasó de cambio, suscriba pagar s y reconozca deudas en beneficio del Banco.é Asimismo, se ala que de acuerdo lo dispuesto en el art culo 434 N 4ñ í ° del C digo de Procedimiento Civil, la sola liberaci n del protesto no leó ó Código: GYYSXXXQDTY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1169-2022 Foja: 1 quita m rito ejecutivo a los pagar s debido a que stos fueron suscritos anteé é é Notario. Sexto. Que, la ejecutante al evacuar el traslado conferido respecto de la excepci n del numeral s ptimo, solicita se tengan por expresamenteó é reproducidos lo se alado en la excepci n anterior, ya que el pagar deñ ó é autos, as como el mandato contenido en el Contrato de Productos yí Servicios Bancarios son absolutamente v lidos.á Expone que el mandato de don Carlos Alejandro Marconi Vargas, el suscriptor del pagar se encuentra acompa ado en los presentes autosé ñ mediante escritura p blica de fecha 23 de noviembre de 2018, otorgada enú la Cuadrag sima Notar a de Santiago de don Alberto Mozo Aguilar, por loé í que tampoco son efectivas las alegaciones del demandado. S ptimo.é Que, el ejecutante, a fin de acreditar sus dichos, acompañó a los autos los siguientes documentos: - Pagar suscrito por la suma de $14.477.169.-é - Contrato de Productos y Servicios Bancarios suscrito por un representante de Banco de Cr ditos e Inversiones y doné Pedro Armando Ortiz Cerda - Copia de escritura con firma electr nica avanzada de fecha 23 deó noviembre de 2018, Repertorio N 8.566-2018 otorgada por la 40º ° Notar a de Santiago, ante el

Fallo

se declararon admisibles las excepciones y, con su m rito, se recibi la causa a prueba.é ó Con fecha 12 de julio de 2022, encontr ndose la causa en estado, seá cit a las partes a o r sentencia.ó í Código: GYYSXXXQDTY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1169-2022 Foja: 1 Considerando. Primero: Que, don Octavio Calle vila, como mandatario judicial yÁ en representaci n de Banco de Cr dito e Inversiones, representado a su vezó é por su Gerente General don Eugenio Von Chrismar Carvajal, deduce demanda ejecutiva en contra de don Pedro Armando Ortiz Cerda, todos ya individualizados. Funda su demanda se alando que con fecha 23 de julio de 2020, donñ Carlos Marconi Vargas, suscribi pagar a la orden del Banco de Cr dito eó é é Inversiones, N D33499950219, por un capital original de $14.477.169.-,° pagadero en 60 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $340.490.-, con vencimiento la primera de ellas el d a 5 de octubre de 2020 y las restantesí los d as 5 de cada mes. La tasa de inter s pactada fue del 1,13% mensualí é vencido. Alega que el documento dej de ser pagado al vencimiento de suó cuota N 14, correspondiente al d a 5 de noviembre de 2021, por lo que elº í saldo del capital adeudado es de $11.340.449.- m s intereses, y que resultaá de dividir el capital original ($14.477.169) por el plazo pactado (60 cuotas mensuales), lo que da un valor para cada una de las cuotas de $241.286.- las que multiplicadas por la c

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C-1169-2022 Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-1169-2022 CARATULADO : BANCO DE CR DITO E INVERSIONES/ORTIZÉ Santiago, veintid s de Agosto de dos mil veintid só ó VISTOS. Con fecha 15 de febrero de 2022 comparece don Octavio Calle vilaÁ , abogado, domiciliado en Agustinas 1291, 6 piso, oficina H, comuna° de Santiago, como ma

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