10º Juzgado Civil de Santiago

VILLANUEVA/

Rol

V-155-2021

Fecha

19 de agosto de 2022

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En folio 1, comparece JORGE EDUARDO VILLANUEVA ZAMORANO, domiciliado en pasaje Punta Carrizal N°02579, villa Don Ramón, comuna de Puente Alto, quien viene en solicitar se proceda a realizar Nueva Resolución y Publicación de Resolución que concede Posesión Efectiva Intestada de Edulia de Las Mercedes Zamorano Cabello, en reemplazo de la decretada Resolución exenta del Director Regional de la Región Metropolitana del Registro Civil N° 6710 del 11 de marzo de 2011, inscrita en el Registro Nacional de Posesiones Efectivas bajo el N° 13721 del año 2011 y publicada el 15 de marzo de 2011 en el Diario Oficial, en la que se dé cuenta de la eliminación de Marta Isabel Villanueva Zamora como heredera y propietaria de los bienes que figuran en el inventario. Basa su petición en que la causante doña Edulia de Las Mercedes Zamorano Cabello tuvo 5 hijos, a saber, Manuel Germán, María Cecilia, Jorge Eduardo, Marta Isabel y Marisol Edulia, todos Villanueva Zamorano. Al fallecimiento de esta el 10 de julio de 2010 sus herederos vivos eran Manuel Germán, María Cecilia y el, pues Marisol Edulia falleciendo 3 meses antes que la causante, por lo que sucedió en representación de ella, su hija. En cuanto a Marta Isabel esta falleció pocos días después de nacer, sin embargo el Servicio de Registro Civil e Identificación la incluyó por error como heredera, en la resolución exenta N°6710 del 11 de marzo de 2011 y publicada el 15 de marzo de 2011. Continua detallando que el 9 de enero de 2015 quedó inscrita en el Registro de propiedad del Conservador de Santiago, a fojas 2206 N°3123 del año 2015 tal resolución de posesión efectiva. A fojas 2206 N° 3124 del año 2015 quedó inscrita la especial de herencia de inmueble rol avalúo fiscal 2292-27, La Florida y, a Fojas 2207 N° 3125 del año 2015, la inscripción especial de herencia de inmueble rol avalúo fiscal 2196-24. Señala que de esta manera en todas las inscripciones figura erróneamente Marta Isabel Villanueva Zamorano.29 Código: NWSH

Fundamentos

CONSIDERANDO: Que el solicitante ha fundado su solicitud en el hecho de haberse cometido un error al tramitarse la posesión efectiva intestada de su madre Edulia de Las Mercedes Zamorano Cabello, incluyéndose en esta a una de sus hermanas que falleció sin descendencia, motivo por el cual y de acuerdo a las disposiciones de la Ley N°19.903, debe solicitar la rectificación de aquella posesión efectiva en sede judicial. Que, en conformidad a los antecedentes acompañados por el solicitante, así como de los informes evacuados por Conservador de Bienes Raíces de Santiago y el Servicio de Registro Civil e Identificación, ha quedado fehacientemente acreditado que doña Marta Isabel Villanueva Zamorano falleció 3 días después de nacer, el día 29 de junio de 1959 y en consecuencia no debía ser incluida en la posesión efectiva de doña Edulia de Las Mercedes Zamorano Cabello, fallecida el 10 de julio de 2010. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 10 de la ley N°19.903, la corrección por errores manifiestos procede en el caso de que se omita la mención de un heredero, más no para el caso en comento, en que el Servicio procede de oficio a incluir un heredero, y habiéndose inscrito ante el Conservador de Bienes Raíces la resolución que concede la posesión efectiva original, su modificación sólo procede por la vía judicial, en virtud de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley N° 19.903. Y vistos además los artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y las disposiciones pertinentes de la Ley N°19.903,

Fallo

se resuelve: Que, se acoge la solicitud incoada en folio 1 de estos autos, rectificándose la posesión efectiva quedada al fallecimiento Edulia de Las Mercedes Zamorano Cabello, concedida el 11 de marzo de 2011, eliminándose de esta a la heredera Marta Isabel Villanueva Zamorano, por haber fallecido esta con anterioridad a la causante , sin dejar herederos Notifíquese, regístrese y una vez ejecutoriada, dese copia. Código: NWSHXXZWTJY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Rol V-155-2021. Dictada por doña Karina Portugal Cuevas, Juez Suplente del décimo Juzgado Civil de Santiago. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diecinueve de Agosto de dos mil veintid só Código: NWSHXXZWTJY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-08-19T17:48:07-0400

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 10 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-155-2021 CARATULADO : VILLANUEVA/ Santiago, diecinueve de Agosto de dos mil veintid só VISTOS: En folio 1, comparece JORGE EDUARDO VILLANUEVA ZAMORANO, domiciliado en pasaje Punta Carrizal N°02579, villa Don Ramón, comuna de Puente Alto, quien viene en solicitar se proceda a realizar Nueva Resolución y Pu

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