12º Juzgado Civil de Santiago

OLGUÍN/IUSTRE MUNICIPALIDAD DE MAIPU

Rol

C-9628-2021

Fecha

19 de agosto de 2022

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, a folio 1 de autos, comparece do a TERESA MARIANA SOLEDADñ OLGUIN SALAZAR, pensionada, domiciliada en calle La Candelaria N 2.361, Casa° 15, Poblaci n San Luis, comuna de Maip , quien interpone demanda de prescripci nó ú ó extintiva de la acci n de cobro de derechos de aseo municipal en contra de la ILUSTREó MUNICIPALIDAD DE MAIPU, persona jur dica de derecho p blico, representadaí ú legalmente por su alcalde, don TOMAS VODANOVIC ESCUDERO, ambos con domicilio en Avenida Cinco de Abril N 260, Maip , Santiago.° ú Fundamentando su demanda se ala que es residente y due a del inmuebleñ ñ ubicado en calle La Candelaria N 2.361, Casa 15, Poblaci n San Luis, comuna de° ó Maip .ú Indica que respecto de esta propiedad, existir an derechos de aseo que seí encuentran pendientes de pago, desde 30 de Abril del 2001 al 30 de Noviembre del 2005, seg n consta en documento denominado Informe de Deuda Derechos de Aseo .ú “ ” En dicho documento, constar a adem s que existe un per odo de derechos deí á í aseo pendientes de pago, que abarca desde el 30 de Abril del 2001 al 30 de Noviembre del 2005, respecto del cual, ha transcurrido un plazo superior al establecido por la ley para que se declare la prescripci n de la acci n de cobro de dichos derechos de aseoó ó municipal, con sus respectivos reajustes, intereses y multas. Apoya jur dicamente su petici n en lo ordenado en los art culos 2493, 2514, 2515í ó í del C digo Civil, los que reproduce en lo pertinente. ó En consecuencia, en virtud de lo que viene relatando y normas que cita, solicita tener por entablada demanda en procedimiento ordinario, de declaraci n de prescripci nó ó extintiva, en contra de la Ilustre Municipalidad de Maip , representada legalmente porú su alcalde, don Tom s Vodanovic Escudero, y en definitiva, se declare la prescripci ná ó extintiva de las acciones de cobro de derechos de aseo municipal impagos, m s susá respectivos reajustes, intereses y eventuales multas respecto de la propiedad ubicada call

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 de autos ha comparecido do a TERESA MARIANAñ SOLEDAD OLGUIN SALAZAR, quien interpuso demanda de prescripci n extintiva enó contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MAIPU, representada legalmente por su Alcalde, don Tom s Vodanovic Escudero, todos previamente individualizados, ená raz n de los antecedentes de hecho y de derecho se alados en lo expositivo de laó ñ presente sentencia, solicitando, en definitiva, que se declare la prescripci n de lasó acciones destinadas a obtener el pago de la deuda que mantendr a por concepto deí derechos de aseo domiciliario, referentes al per odo comprendido entre el 30 de abril deí 2001 al 30 de noviembre del 2005, ascendente a la suma de $228.435.-, respecto de la propiedad ubicada en calle La Candelaria N 2.361, Casa 15, Poblaci n San Luis,° ó comuna de Maip .ú Que, asimismo, y seg n consta a folio 7, compareci el municipio demandado,ú ó allan ndose a la acci n deducida en su contra.á ó SEGUNDO: Que, a fin de acreditar sus asertos, la demandante aparej aló proceso, con la debida ritualidad procesal y sin objeciones de la contraria, los siguientes documentos: a) Informe de deuda de derechos de aseo domiciliario, emitido por la Ilustre Municipalidad de Maip , de fecha 05/10/2021, en el que consta una deuda por esteú concepto por el periodo comprendido entre el 30 de abril de 2001 al 30 de noviembre del 2005 y que afecta al inmueble emplazado en calle La Candelaria N 2.361. ° b) Certificado de aval o fiscal de la propiedad singularizadaú precedentemente. c) Certificado de residencia N 999, emitido por la Junta de Vecinos Villa° “ San Luis N 4 , que da cuenta que do a Teresa Mariana Soledad Olgu n Salazar reside° ” ñ í en calle La Candelaria N 2.361° d) Copia con vigencia al d a 01 de octubre de 2021, del Registro deí Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago del a o 1991, de fojas 41.236,í ñ n mero 38.409 y en que se se ala que do a Teresa Mariana Soledad Olgu n Salazar, esú ñ ñ í RIT« » Foja: 1 due a de la propiedad ubicada en calle La Candelaria N 2.361, casa 15, Poblaci n Sanñ ° ó Lu s de la comuna de Maip .í ú TERCERO: Que, del an lisis de los documentos acompa ados en el motivoá ñ segundo que antecede, apreciados conforme a las reglas contenidas en los art culos 342 yí siguientes del C digo de Procedimiento Civil y art culos 1700 y siguientes del C digoó í ó Civil, permiten dar por acreditado que la propiedad ubicada calle La Candelaria N 2.361, Casa 15, Poblaci n San Luis, comuna de Maip , de la cual la demandante es° ó ú due a y actual ocupante, mantiene una deuda por concepto de derechos de aseoñ domiciliario con la Ilustre Municipalidad de Maip , por el per odo que media entre elú í 30 de abril de 2001 al 30 de noviembre del 2005, ascendente a la suma de $228.435, solicitando por esta v a que se declare su prescripci n.í ó Que, en tales condiciones se desprende indubitadamente la existencia de la deuda que la demandante mantiene a favor de la Ilustre Munic

Fallo

Por estas consideraciones y vistos adem s, lo prevenido en los art culos 144,á í 160,170, 341 y siguientes; art culos 434 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil;í ó art culos 23 y siguientes del D.L. 3.063 Ley de Rentas Municipales; art culos 2.521,í í RIT« » Foja: 1 2518, 2.325 del C digo Civil y lo dispuesto en la Constituci n Pol tica de la Rep blicaó ó í ú art culos 19 N 20 y 118; y dem s normas legales pertinentes:í ° á SE RESUELVE: I. Que, se acoge la demanda deducida en lo principal de folio 1, en cuanto se declaran prescritas las acciones que mantiene la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MAIPU para perseguir el cobro de derechos de aseo domiciliario, por el periodo comprendido entre el 30 de Abril del 2001 al 30 de Noviembre del 2005, ambas fechas inclusive, respecto de la propiedad emplazada en calle La Candelaria N 2.361, Casa 15,° Poblaci n San Luis, comuna de Maip ó ú II. Que no se condena en costas a la demandada, por haberse allanado a la demanda. ROL 9628-2021 REG STRESE, NOTIF QUESE Y EN SU OPORTUNIDAD, ARCH VESE.Í Í Í DICTADA POR DO A MAR A SOF A GUTI RREZ BERMEDO, JUEZÑ Í Í É TITULAR// Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diecinueve de Agosto de dos mil veintid só Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 03 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de inviern

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 8 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 12 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-9628-2021 CARATULADO : OLGU N/IUSTRE MUNICIPALIDAD DE MAIPUÍ Santiago, diecinueve de Agosto de dos mil veintid só VISTOS: Que, a folio 1 de autos, comparece do a TERESA MARIANA SOLEDADñ OLGUIN SALAZAR, pensionada, domiciliada en calle La Candelaria N 2.361, Casa° 15, Poblaci n San Lui

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